Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2005 (10/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, martes 10 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y BREINER MORDAZA RONCAL o BREYNER MORDAZA RONCAL, obtuvieron las Inscripciones PAR Nº 80363089, Nº 80558971 y Nº 80653297 respectivamente, acreditando su identidad con declaracion jurada de dos testigos calificados; Que, los referidos ciudadanos realizaron dichas inscripciones en el Registro Provisional de Identidad, el cual fue creado al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 837, pudiendo inscribirse en el mencionado Registro, aquellos ciudadanos que carecieran de un documento de identidad como consecuencia de la desaparicion, destruccion o inhabilitacion de los Libros de Actas de las Oficinas de Registros de Estado Civil por hechos fortuitos o actos delictivos vinculados a la accion subversiva; Que, posteriormente los ciudadanos MORDAZA WILMER MORDAZA MORDAZA o WILMER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y BREINER MORDAZA RONCAL o BREYNER MORDAZA RONCAL, solicitaron rectificacion de sus inscripciones, para lo cual adjuntaron como documentos sustentatorios las Partidas de Nacimiento correspondientes; Que, se establece la presuncion que los ciudadanos MORDAZA citados, obtuvieron sus inscripciones mediante declaracion de datos falsos, por cuanto estas se efectuaron teniendo como documento de sustento las declaraciones juradas de testigos calificados, a pesar de contar con Partidas de Nacimiento; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA WILMER MORDAZA MORDAZA o WILMER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y BREINER MORDAZA RONCAL o BREYNER MORDAZA RONCAL y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA WILMER MORDAZA MORDAZA o WILMER MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y BREINER MORDAZA RONCAL o BREYNER MORDAZA RONCAL y los que resulten responsables, por la comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase.

13 de MORDAZA del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor fiscalizadora, asi como del MORDAZA de depuracion inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion del MORDAZA de veracidad de las declaraciones y dada la simplificacion administrativa para el procedimiento registral, solicito ante el Registro tramite de duplicado de su respectiva inscripcion, la misma que fue materia de enmienda en forma fraudulenta, realizada sin contar con el sustento de ley, haciendo introducir de esta forma datos falsos en instrumento publico, con la intencion de obtener el Documento Nacional de Identidad conteniendo informacion falsa; Que, la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central, mediante Resolucion Nº 236-2004-GP/ SGDAC-RENIEC, dispuso la exclusion definitiva de la Inscripcion que fue materia de enmienda fraudulenta, en salvaguarda de la seguridad juridica del Registro; Que, dada la forma y circunstancias como se han presentado los hechos, se establece la presuncion razonada de la actuacion dolosa de personas no autorizadas en el archivo magnetico del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, los mismos que habrian incurrido en la comision del delito contra el Patrimonio - Delitos Informaticos - senalados en los articulos 207º-A, 207º-B y 207ºC del Codigo Penal vigente, asimismo, el comportamiento realizado por la ciudadana mencionada en el primer considerando de la presente Resolucion, constituye indicio razonable de la comision del presunto delito contra la Fe Publica en la modalidad de Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica - Falsedad Ideologica y contra el Patrimonio - Delitos Informaticos - en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase.

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08805

MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08806

RESOLUCION JEFATURAL Nº 525-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005

RESOLUCION JEFATURAL Nº 526-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005

VISTO: El Oficio Nº 12527-2004/GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 553-2004-GP/SGDAC/HYC RENIEC, el Informe Nº 360-2005-GAJ/RENIEC de fecha

VISTO: el Oficio Nº 157-2005/GP/RENIEC, los Informes Nºs. 752, 757 y 762-2004-GP/SGDAC/HYC

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