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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2005 (11/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G33/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de mayo de 2005 Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Artículo Primero se sujetará a las siguientes condicio- nes: 1. La presente autorización comprende la explota- ción por parte de LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA y la comercialización por parte de TRANSAMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ, de los dere- chos de tráfico de Tercera, Cuarta y Quinta Libertad del Aire en las rutas PANAMÁ - SAN JOSÉ Y VV., SAN JOSÉ- PANAMÁ - LIMA Y VV. , LIMA - SANTIAGO Y VV., SAN JOSÉ - SANTIAGO DE CHILE Y VV. , SAN JOSÉ - LIMA y VV., SAN JOSÉ - LIMA - BUENOS AIRES Y VV. y; laexplotación por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERÚ y la comercialización por parte de LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S.A. - LACSA delos derechos de tráfico de Tercera, Cuarta y Quinta Li- bertad del Aire en las rutas SAN JOSÉ - LIMA y VV., PANAMÁ - LIMA Y VV., SAN JOSÉ - PANAMÁ Y VV., SANJOSÉ - PANAMÁ - LIMA Y VV., LIMA - SANTIAGO Y VV.; 2. En la publicación y comercialización de los servi- cios materia del Acuerdo de Código Compartido que seautoriza, ambos transportadores deberán hacer men- ción expresa al público usuario, que se trata de vuelos de código compartido de forma tal que no se induzca aerror al consumidor, especialmente en cuanto a las características del servicio, el precio y las condiciones de venta. Artículo Tercero.- Ambas empresas de transporte aéreo se encuentran obligadas a presentar mensualmen-te a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a las operacio- nes de código compartido que se autorizan por la presen-te Resolución. Artículo Cuarto.- La presente autorización queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil;Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; así como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolución Di-rectoral tanto por parte de TRANS AMERICAN AIRLI- NES S.A. - TACA PERÚ y de LÍNEAS AÉREAS COSTA- RRICENSES S.A. - LACSA, así como a las demásdisposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Dirección General. Artículo Quinto.- La presente autorización será re- vocada, previa comunicación a ambas empresas trans- portadoras, cuando incumplan las obligaciones conteni- das en la presente Resolución Directoral; o renuncie, sesuspenda, se revoquen o caduquen, las respectivas autorizaciones administrativas. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorización, será sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sancio- nes de la Ley de Aeronáutica Civil. Artículo Sexto.- En la presente autorización, ambas empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio delas obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Regístrese, comuníquese y publíquese,ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 08826 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G41/G65/G72/G6F/G2D /G70/G6F/G73/G74/G61/G6C/G20/G2D/G20/G41/G6C/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G43/G2E/G41/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G61/GE9/G72/G65/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G2D/G6C/G61/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73/G2C/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G79/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 056-2005-MTC/12 Lima, 28 de abril de 2005 Vista la solicitud de AEROPOSTAL - ALAS DE VENE- ZUELA C.A., sobre Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasaje-ros, carga y correo.CONSIDERANDO: Que, con Documento de Registro Nº 2004-006599 del 20 de abril del 2004, precisada mediante Documentode Registro Nº 028712 del 21 de mayo del 2004, AERO- POSTAL - ALAS DE VENEZUELA C.A., solicitó la Reno- vación de su Permiso de Operación para prestar unServicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, otorgado mediante Resolu- ción Directoral Nº 060-99-MTC/15.16 del 8 de abril de1999, modificada por Resolución Directoral Nº 110-2001- MTC/15.16 del 25 de julio del 2001 y Resolución Directo- ral Nº 241-2002-MTC/12 del 24 de octubre del 2002; Que, según los términos del Memorándum Nº 0301- 2004-MTC/12.AL emitido por la Asesoría Legal, de con- formidad con el artículo 176º del Reglamento de la Leyde Aeronáutica Civil, corresponde tramitar los documen- tos anteriormente señalados como de solicitud de Per- miso de Operación de Aviación Comercial: TransporteAéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y co- rreo; Que, según los términos del Memorándum Nº 301- 2004-MTC/12.AL y Memorándum Nº 0401-2004-MTC/ 12.AL emitidos por la Asesoría Legal; Memorándum Nº 258-2004-MTC/12 y Memorándum Nº 078-2005-MTC/12 emitidos por la Asesoría de Política Aérea; y Memo- rándum Nº 783-2005-MTC/12.04 emitido por la Direc- ción de Seguridad Aérea; se considera pertinente aten-der lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y, demás disposiciones legalesvigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de la República de Venezuela ha autorizado a AEROPOSTAL ALAS DEVENEZUELA C.A., para realizar servicios de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y co- rreo; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, "la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revo-car los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la ex- pedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones jura- das y la presentación de documentos por parte del inte-resado, tomándolos por ciertos, verificando posterior- mente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones lega- les vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a AEROPOSTAL - ALAS DE VENEZUELA C.A., de conformidad con la Decisión 582 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones,Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) años, contados a partir del díasiguiente a la publicación de la presente Resolución Di- rectoral en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las si- guientes características: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Servicio de Transporte Aéreo Regular de pasajeros, carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Internacional.RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCO- MERCIALES: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - CARACAS - LIMA y vv., hasta siete (7) frecuencias semanales.