Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2005 (15/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 292593 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de mayo de 2005 su discusión y recepción de observaciones y reco- mendaciones. El Equipo Técnico revisa las observaciones y recomendaciones realizadas por los miembros del Con-sejo de Coordinación Local Distrital, procediendo a la modificación del proyecto de Presupuesto Participativo del distrito para el año 2006 en los aspectos quecorrespondan. El Equipo Técnico deberá presentar adjunto, un infor- me detallado de las modificaciones efectuadas, así comolos motivos que sustenten, la no inclusión de las observaciones o recomendaciones del Consejo de Coordinación Local Distrital, que no han podido ser to-madas en cuenta en la modificación del Proyecto de Presupuesto Participativo. El Alcalde somete nuevamente a consideración del Consejo de Coordinación Local Distrital el Proyecto de Presupuesto Participativo del distrito, con las observa- ciones recogidas y no recogidas para su concertación ymanifestación del consenso de su conformidad, de acuer- do con lo dispuesto en el artículo 104º de la Ley Orgáni- ca Municipalidades Nº 27972. Artículo 25º.- Proceso ante el Concejo Municipal Una vez concertado el "Documento del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006" ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, el Alcalde lo pondrá a consi- deración del Concejo Municipal, para su conocimiento einclusión de los acuerdos en el Presupuesto Institucio- nal del Año 2006 y su aprobación de acuerdo a las nor- mas vigentes. Artículo 26º.- Firmas de acuerdo Los resultados de los talleres distritales y zonales así como los estudios de preinversión de los proyectos priorizados se registran en actas, que serán firmadas por todos los participantes a fin de garantizar la adop-ción y la formalización de los acuerdos. Artículo 27º.- Elección del Comité de Vigilancia y Control En el Primer Taller de Trabajo los Agentes Partici- pantes de manera autónoma, eligen de entre sus repre-sentantes a los miembros del Comité de Gestión, Vigi- lancia y Control del Presupuesto del Presupuesto Parti- cipativo 2006. Artículo 28º.- Numero de Miembros del Comité de Vigilancia y Control El número de miembros del Comité de Vigilancia y Control será de tres (3) agentes participantes por cada zona de desarrollo del distrito, debidamente inscritos enel Libro de Registro de Agentes Participantes. Artículo 29º.- Composición del Comité de Vigilan- cia y Control El Comité de Vigilancia y Control estará constituido por los representantes de organizaciones socialesdebidamente inscritos y que se adecuen a la presente norma. Artículo 30º.- Elección y vigencia del Comité de Vigilancia y Control La Elección de los miembros del Comité de Vigilancia y Control se efectuará de acuerdo a las normas que para tal fin establezcan los agentes participantes, en el primer taller, siendo su vigencia hasta diciembre del año siguien-te a su elección, y no existiendo reelección inmediata. Artículo 31º.- Conformación interna Para su mejor trabajo, al Comité de Vigilancia y Con- trol se le otorga la facultad de establecer su organización interna para el cumplimiento de las funciones encomen-dadas. Artículo 32º.- Funciones del Comité de Vigilancia y Control Las funciones que deberá realizar el Comité de Vigilan- cia y Control son las siguientes: a. Realizar el seguimiento de los acuerdos y resulta- dos del proceso de formulación del PresupuestoParticipativo. b. Solicitar y recibir información de la Municipalidad de Ate sobre la ejecución del Presupuesto Participativo.c. Elaborar informes y Actas sobre el seguimiento e información del Presupuesto Participativo para su difu- sión d. Realizar denuncias de en caso de encontrar prue- bas de presuntos delitos en la ejecución del Presupues- to Participativo DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Celebración de Convenios El Alcalde queda autorizado para que celebre conve- nios con las Instituciones Públicas y privadas que per-mitan garantizar la probidad, legalidad y transparencia del proceso de formulación del Presupuesto Participati- vo. Segunda.- Facultad Reglamentaria El Alcalde queda facultado para dictar, mediante De- creto de Alcaldía las normas complementarias y regla- mentarias a la presente Ordenanza. Tercera.- Aplicación Supletoria de Normas Cualquier norma relacionada al Proceso de Programación Participativa, aprobada por el Ministeriode Economía y Finanzas u otro Organismo del Estado posterior a la presente Ordenanza se aplicará en forma supletoria. Para los casos no previstos en la presente Ordenan- za, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga las acciones complementarias, parael cumplimiento de la presente Ordenanza, las cuales se enmarcarán en el Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 y demás dispositivos pertinentes. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 09174 Modifican Reglamento Interno del Co- mitØ de Gestión del Proyecto Espe-cial - PROMURBAM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012 Ate, 22 de abril de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 071-05-GDU/MDA de la Geren- cia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 686-05-GAJ/ MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el ProveídoNº 1089-05-GGM/MDA de la Gerencia General Munici- pal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 049-02 de fecha 22 abril del 2002, se aprobó el Reglamento Interno del Comité de Gestión del Proyecto Especial - PROMURBAM, conforme de las disposiciones de la LeyNº 23853 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 351-03 de fecha 17 de marzo del 2003 se designó a los nuevosintegrantes del Comité de Gestión del Programa Munici- pal Urbano Ambiental PROMURBAM; modificándose la Resolución de Alcaldía Nº 738-02; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalida- des, entró en vigencia a partir del 28 de mayo del 2003; derogando la Ley Nº 23853; Que, es necesario adecuar las disposiciones del Reglamento Interno del Comité de Gestión de PROMURBAM con la Ley Nº 27972 y actualizar la de-signación de los integrantes de dicho Comité; Que, mediante Informe Nº 247-05-GAJ/MDA la Geren- cia de Asuntos Jurídicos indica que el Reglamento Inter-