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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2005 (16/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G39/G32/G36/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 16 de mayo de 2005Aprobación E valuación Previa Dependencia Autoridad Autoridad que Denominación Derecho Automática Con aplic. Con aplic. donde se que Resuelve el Nº del Requisitos de Silen. Adm. Silen. Adm. inicia el Aprueba el Recurso Procedimiento Pago Positivo Negativo Trámite Trámite Administrativo solicitud los informes favorables de las entidades competentes. - Copia del recibo de pago por derecho de trámite. 22 Renovación del Certificado de Categorización y /o - Solicitud dirigida al Director Regional indicando la información De 1 y 2 tenedores Automático 05 Días 30 Días Mesa de Director Director Clasificación de los Restaurantes requerida en el Art. 113º de la Ley Nº 27444, adjuntando: 1,50% UIT Partes de Turismo Regional de - Declaración Jurada del titular del restaurante, de no haber efec- Comercio Ext. Base Legal: tuado modificaciones a la infraestructura, renovando su com- y Turismo D.S. Nº 025-2004-MINCETUR, Art. 12 del 10/11/04 promiso de cumplir los requisitos que sustentaron la categoría y/o calificación otorgada. De 3 y 5 tenedores 20 Días Mesa de Director de Director - Recibo de pago por derecho de trámite. 3,00% UIT Partes Turismo Re gional de Comercio Ext. 23 Calificación Especial de Restaurantes Turísticos - Solicitud dirigida al Director Regional indicando la información 2,50% UIT 20 Días Mesa de 1 a 4 MINCETUR (de 1 a 5 tenedores) requerida en el Art. 113º de la Ley Nº 27444, adjuntando: Partes Tenedores - Fotocopia simple del RUC. Director de Base Legal: - Fotocopia simple de la Licencia de Funcionamiento. Turismo D.S. Nº 025-2004-MINCETUR, Art. 16 del 10/11/04 - Información Técnica de Conformidad con el Reglamento per- 5 Tenedores tinente, que indique que el restaurante cumpla con las condi- Director Reg. ciones para ser calificado como restaurante turístico, con ca- Comercio Ext. rácter de Declaración Jurada. y Turismo - Recibo de pago por derecho de trámite. 24 Actualización de la información contenida en la - Solicitud dirigida al Director Regional indicando la información 2,00% UIT 15 Días Mesa de Director de Director Declaración Jurada de las Agencias de Viajes y requerida en el Art. 113º de la Ley Nº 27444, adjuntando: Partes Turismo Re gional de Turismo - Fotocopia simple del RUC. Comercio Ext. - Fotocopia simple de la Licencia de Funcionamiento. y Turismo Base Legal: - Declaración Jurada modificando los datos contenidos. D.S. Nº 026-2004-MINCETUR, Art. 11 del 11/11/04 - Recibo de pago por derecho de trámite. 25 Calificación de Actividades y/o Eventos - Solicitud en original y copia dirigida al Director Regional, indicando 3 ,00% UIT 20 Días Mesa de Director Director Regionales de Interés Turístico. generales de ley con una anticipación de treinta (30) días si es inter- Partes de Turismo Regional de nacional o quince (15) días si es nacional a la apertura del evento. Comercio Ext. Base Legal: - Declaración Jurada acreditando tener asegurado el financia- y Turismo Direct.Nº 001-93-MITINCI-VMTINCI del 16/08/93 miento del Evento y haber tomado las medidas de seguri- R.V.M.023-93-MITINCI-VMTINCI del 05/09/93 dad pertinentes. - Plan de Trabajo del evento indicando su categoría (Nacional o Internacional) - Sustentación técnica del evento precisando su contribución al Desarrollo Turístico- Constancia de pago por derecho de trámite. 26 Atención de quejas y reclamos por infracción - Solicitud en original y copia dirigida al Director Regional 3,00% UIT 30 Días Mesa de Director de Director de las empresas prestadoras de servicios de Comercio Exterior y Turismo, que incluya la siguiente Partes Turismo Re gional de turísticos, delegados por el MINCETUR (no inmersas información: Comercio Ext. en las Normas de protección al consumidor) - Domicilio del denunciante o su representante. y Turismo - Nombre de la persona natural o jurídica contra Base Legal: quien se presenta la denuncia. D. Ley 25831 del 10/11/92 - Domicilio donde debe ser notificado el denunciado.Reglamento de las actividades turísticas vigentes. - Exposición suscinta de los hechos que fundamentan la reclamación. - Documentos probatorios de las infracciones - Constancia de pago por derecho de trámite (1) El funcionario competente denegará la entrega de información que afecte la intimidad personal y la que expresamente sea exc luida por ley o por razones de seguridad nacional. (2) La entrega de información será realizada en un plazo no mayor de 5 días hábiles, posterior al pronunciamiento.(3) Los recursos impugnativos corresponden a cualesquiera de los procedimientos contemplados en el TUPA, como también a los que se generen como consecuencia de la función de supervisión y fiscalización. (4) Este procedimiento es válido sólo en las DIRCETURs, donde es factible se realicen operaciones aduaneras(5) Además de presentar los requisitos señalados, deberán presentar dentro de los 30 días posteriores a la culminación de la fe ria, un informe de evaluación de acuerdo a los formatos establecidos. (6) Procedimiento válido sólo en aquellas DIRCETURs que cuentan con el Convenio suscrito con el Colegio de Notarios o con algún Notario de la región para brindar este servicio. (7) Las denuncias deberán ser trasladadas a la sede central del MINCETUR, en un plazo no mayor de 3 (tres) días útiles contados a partir de la fecha de recepción.