Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2005 (16/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2005 TITULO II AMBITO DE APLICACION

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y Multas Administrativas
ORDENANZA Nº 341-MSB San MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: Visto; en la XII-2005 Sesion Ordinaria Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 020-2005-MSB-CER y Dictamen Nº 038-2005-MSB-CAL de la Comision de Economia y Rentas y Comision de Asuntos Legales, respectivamente. De conformidad a lo dispuesto en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con dispensa del tramite de aprobacion de Actas, se aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y MULTAS ADMINISTRATIVAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- CONTENIDO DEL REGLAMENTO El presente reglamento establece las normas, procedimientos, requisitos y condiciones para el fraccionamiento de las deudas tributarias y multas administrativas, que tengan pendiente de pago los contribuyentes de la Municipalidad de San Borja. Articulo 2º.- DEFINICIONES: Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por: Deuda Tributaria.- La constituida por el impuesto predial, arbitrios, multas tributarias y los reajustes e intereses generados por los mismos, que se encuentren pendientes de pago. Multas Administrativas.- Es la sancion pecuniaria que se impone al verificarse la comision de cualquier infraccion tipificada en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 317-MSB. Deuda Materia de Fraccionamiento.- Deuda por concepto de impuesto predial, arbitrios o multa administrativa, contenida en el fraccionamiento, aprobado conforme a lo establecido en el presente Reglamento. Solicitud de Fraccionamiento.- Formato proporcionado por la Administracion Municipal, utilizado por el deudor para comunicar su intencion de fraccionar el pago de las deudas indicadas en el. Garantia.- Documento entregado por el deudor, que sirve para asegurar el pago de la deuda tributaria o multa administrativa, en caso de incumplimiento de los terminos del fraccionamiento otorgado. Interes de Fraccionamiento.- Es el interes aplicable a cada cuota de amortizacion. Cuando se mencione un articulo o titulo sin indicar la MORDAZA legal a la que corresponde, se entenderan referidos al presente Reglamento. Asimismo cuando el presente Reglamento senale plazos en dias, se entenderan referidos a dias habiles.

Articulo 3º.- DEUDORES QUE PUEDEN ACOGERSE AL FRACCIONAMIENTO. Podran acogerse al fraccionamiento, las personas naturales o juridicas que tengan pendiente de pago importes correspondientes al impuesto predial, arbitrios o multas administrativas; a las cuales se les debera incluir, los intereses moratorios a que se refiere el articulo 33º del Codigo Tributario. TITULO III APROBACION DEL FRACCIONAMIENTO Articulo 4º.- CONDICIONES GENERALES PARA APROBAR LA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO a. No registrar otro fraccionamiento de la misma naturaleza. b. No registrar otro fraccionamiento de distinta naturaleza respecto del cual exista una o mas cuotas vencidas e impagas. c. No haber tenido un fraccionamiento anterior respecto del cual se hubiera declarado la perdida del beneficio. d. Haber presentado solicitud de desistimiento de la pretension de los recursos impugnatorios o solicitudes no contenciosas en tramite, referidos a la deuda incluida en la solicitud de fraccionamiento. e. Subsanar las infracciones que hayan dado lugar a la imposicion de la multa materia del fraccionamiento, de ser susceptibles de subsanacion. f. Cancelar las costas y gastos del procedimiento de cobranza coactiva en caso este se hubiese iniciado. g. Formalizar las garantias ofrecidas, de acuerdo a lo establecido en el Titulo V del presente Reglamento. Articulo 5º.- MONTO MINIMO A FRACCIONAR La deuda materia de fraccionamiento no debera ser menor al diez por ciento (10%) de la UIT vigente a la fecha en que se presente la solicitud. Articulo 6º.- DOCUMENTOS E INFORMACION QUE DEBERA PROPORCIONARSE CON LA SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO. Los deudores tributarios y no tributarios que deseen acogerse al beneficio normado en el presente reglamento deberan exhibir: a. Declaracion Jurada de Actualizacion de Datos. b. MORDAZA certificada por fedatario del documento de identidad del deudor. c. Copias certificada por Fedatario del recibo de luz, agua o telefono correspondiente al mes anterior de la fecha en que se presenta la solicitud, que confirme el domicilio fiscal. d. En caso de representacion debera presentarse: poder simple vigente y suficiente que acredite la calidad de representante. e. Para el caso de personas juridicas debera presentarse ademas MORDAZA de la ficha RUC y MORDAZA certificada por fedatario de la inscripcion en Registros Publicos de la representacion legal. f. Presentar el recibo cancelado por concepto de cuota inicial. g. Numero telefonico del domicilio fiscal. h. Correo electronico. i. Otorgar las garantias requeridas en el presente Reglamento, cuando corresponda. Articulo 7º.- LUGAR DE MORDAZA Las solicitudes y sus anexos deberan presentarse en la Jefatura de Servicios y Orientacion al Contribuyente. Articulo 8º.- APROBACION DEL FRACCIONAMIENTO La Municipalidad previo pago de la primera cuota del fraccionamiento y de las costas y gastos del procedi-

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