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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2005 (19/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G37/G37/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 19 de mayo de 2005 Procuradores Públicos. Asimismo, el artículo 2º del refe- rido texto legal señala que los Procuradores Públicostienen la plena representación del Estado en juicio y ejer- citan su defensa en todos los procesos y procedimien- tos en los que actúe como demandante, demandado,denunciante o parte civil; Que, conforme a lo establecido por el Decreto Ley Nº 17667, para el inicio de acciones legales por partede los Procuradores Públicos en representación del Estado, requieren ser autorizados mediante Resolu- ción Ministerial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 081-2003- JUS se designó al doctor Máximo Elías Herrera Boni- lla, como Procurador Público Ad Hoc, para que asumala representación y defensa de los derechos e intere- ses del Estado, en los procesos judiciales iniciados y por iniciarse relacionados al Proyecto Especial de In-fraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NA- CIONAL; Que, mediante Resolución Suprema Nº 126-2003- JUS se ampliaron las facultades conferidas al doctor Máximo Elías Herrera Bonilla mediante Resolución Su- prema Nº 081-2003-JUS, para que en su calidad deProcurador Público Ad Hoc, asuma la representación y defensa del PROVÍAS NACIONAL, en los procesos y procedimientos en que se ventilen sus derechos eintereses; Que, mediante Resolución Suprema Nº 050-2004-JUS se ampliaron las facultades conferidas al Procurador Públi-co Ad Hoc del Proyecto Especial de Infraestructura de Trans- porte Nacional - PROVÍAS NACIONAL mediante Resolu- ción Suprema Nº 081-2003-JUS, para que asuma adicio-nalmente la representación y defensa del Proyecto Espe- cial de Infraestructura de Transporte Departamental - PRO- VÍAS DEPARTAMENTAL y del Proyecto Especial de Infra-estructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, en los procesos y procedimientos en los que se ventilen sus dere- chos e intereses; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, las Leyes Nºs. 27779 y 27791, y el Decreto SupremoNº 041-2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público Ad Hoc a cargo de los asuntos judiciales de PROVÍAS NACIO-NAL, PROVÍAS DEPARTAMENTAL y PROVÍAS RURAL, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales contrala empresa VANGUARDIA TECNOLÓGICA S.R.L., para el cobro de S/. 29,336 nuevos soles, más los intereses correspondientes, por los hechos descritos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial así como de los antecedentes del caso men-cionado al Procurador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09287 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G64/G65 /G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/GF3/G64/G69/G67/G6F/G20/G43/G6F/G6D/G2D/G70/G61/G72/G74/G69/G64/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G49/G62/G65/G72/G69/G61/G2C/G20/G4C/GED/G6E/G65/G61/G73/G41/GE9/G72/G65/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G79/G20/G42/G72/G69/G74/G69/G73/G68/G20/G41/G69/G72/G77/G61/G79/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 059-2005-MTC/12 Lima, 4 de mayo del 2005 Vista, la solicitud de IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, sobre ampliación de la aprobación del Acuerdo de Cooperación Comercial de Código Compartido suscri- to con BRITISH AIRWAYS, para el Servicio de TransporteAéreo Regular Internacional de pasajeros, carga y co- rreo;CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 048-2001-MTC/ 15.16 del 13 de marzo de 2001, se autorizó el Acuerdo de Cooperación Comercial entre IBERIA, LÍNEAS AÉ-REAS DE ESPAÑA y BRITISH AIRWAYS, para operar en la modalidad de Código Compartido, el Servicio de Trans- porte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga ycorreo entre LONDRES - MADRID - LIMA y vv., con seis (6) frecuencias semanales; Que, posteriormente, con Resolución Directoral Nº 158-2001-MTC/15.16 del 26 de octubre del 2001, Resolución Directoral Nº 060-2002-MTC/15.16 del 10 de abril del 2002, Resolución Directoral Nº 276-2002-MTC/12 del 3 de diciembre del 2002, Resolución Di- rectoral Nº 052-2004-MTC/12 del 22 de abril del 2004 y Resolución Directoral Nº 019-2005-MTC/12 del 26de enero del 2005, se autorizó la ampliación del plazo de ejecución del Acuerdo de Cooperación Comercial entre IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA yBRITISH AIRWAYS, para operar en la modalidad de Código Compartido, el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correoentre LONDRES - MADRID - LIMA y vv., con ocho (8) frecuencias semanales; Que, con Documento de Registro Nº 018020 del 17 de marzo del 2005, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA, solicitó la ampliación del plazo de ejecución del Acuerdo de Código Compartido suscrito conBRITISH AIRWAYS para operar el Servicio de Trans- porte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, car- ga y correo, con ocho (8) frecuencias semanales; Que, IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA cuenta con Permiso de Operación para prestar Servicio de Trans- porte Aéreo Regular Internacional de pasajeros, carga ycorreo, Renovado según Resolución Directoral Nº 172- 2003-MTC/12 del 12 de junio del 2003, modificado me- diante Resolución Directoral Nº 0166-2004-MTC/12 del25 de octubre de 2004 y rectificada por Resolución Direc- toral Nº 0179-2004-MTC/12 del 18 de noviembre del 2004, autorizándola a servir la ruta MADRID - LIMA y vv, hastaocho (8) frecuencias semanales y con derechos de tráfi- co de Tercera y Cuarta Libertad del Aire; Que, el Departamento de Medio Ambiente, Transpor- te y Regiones del Gobierno del Reino Unido ha designa- do a BRITISH AIRWAYS a fin de operar con derechos de tráfico entre LONDRES - LIMA vía MADRID y ha apro-bado el Código Compartido suscrito con IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA; Que, asimismo, la Dirección General de Aviación Civil de España, ha concedido autorización a IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA para que hasta el 29 de octubre del 2005 realice las operaciones proyecta-das; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aero- náutica Civil del Perú, Ley Nº 27261; y, con la opiniónfavorable de las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación del plazo de ejecución del Acuerdo de Código Compartido suscrito en- tre IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPAÑA y BRITISH AIRWAYS, para prestar el servicio de transporte aéreo re-gular internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta LONDRES - MADRID - LIMA y vv., con ocho (8) frecuen- cias semanales. El plazo de vigencia de la presente autori-zación es a partir del 27 de marzo del 2005, día siguiente al vencimiento de la Resolución Directoral Nº 019-2005-MTC/ 12, hasta el 29 de octubre del 2005. Artículo Segundo.- La autorización indicada en el Artículo Primero se sujetará a las siguientes condicio- nes: 1. La presente autorización comprende la explota- ción por parte de IBERIA, LÍNEAS AÉREAS DE ESPA-ÑA, de los derechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire entre LIMA - MADRID y vv.; y, por parte de BRITISH AIRWAYS sólo la comercialización de losderechos de tráfico de Tercera y Cuarta Libertad del Aire en la ruta LONDRES - LIMA, vía MADRID, sin derechos de tráfico hacia/desde LIMA.