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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2005 (25/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G33/G31/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 25 de mayo de 2005 Oficina de Archivo General y Registros Académicos, Oficina de Personal, Oficina de Contabilidad y Presu-puesto, Oficina de Tesorería, ADUNAC e interesados,para conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO ARROYO VIALE Rector 09618 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSUCODE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G6F/G64/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G75/G62/G61/G73/G74/G61/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G2D/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE Jesús María, 24 de mayo de 2005 VISTA la propuesta presentada por la Comisión encargada de la implementación de la modalidad es-pecial de selección de Subasta Inversa Presencial; CONSIDERANDO: Que el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, establece los ti- pos de los procesos de selección que deben desa-rrollar las Entidades, precisando que el Reglamentodeterminará las características, requisitos, procedi-mientos, sistemas y modalidades a cada proceso de selección; Que el artículo 57º del Reglamento de la Ley, aproba- do por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en ade-lante el Reglamento, establece que los procesos deselección previstos en el artículo 14º de la Ley podránsujetarse, entre otros, a la modalidad de Subasta In-versa; Que los artículos 175º al 186º del Reglamento regu- lan, dentro de las modalidades especiales de selección,la de Subasta Inversa, por la cual una Entidad realiza laadquisición de bienes comunes a través de una ofertapública y en la que, el postor ganador será aquel queofrezca el menor precio en igualdad de circunstancias comerciales y de servicio, pudiendo realizarse de ma- nera presencial o electrónica; Que la Subasta Inversa Presencial se realiza en acto público por medio de propuestas de precios escritos ylances verbales, tal como lo establece el segundo párra-fo del artículo 175º del Reglamento; Que el inciso b) del artículo 59º de la Ley, estable- ce que el Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado (CONSUCODE) tiene comouna de sus funciones, la de orientar sobre las mate-rias de su competencia, y la Primera DisposiciónFinal del Reglamento establece que las normas com- plementarias serán aprobadas mediante resolucio- nes emitidas por este organismo supervisor; Que, atendiendo a las normas glosadas, es necesa- rio establecer las reglas y particularidades complementa-rias al procedimiento general establecido en la normati-va sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, que deben seguirse cuando corresponda utilizar la modali- dad de selección por subasta inversa presencial, por loque resulta conveniente aprobar su reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 3) y 22) del artículo 7º del Reglamento de Organización yFunciones de CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM; contando con la visacióndel Gerente Técnico Normativo y del Gerente de Aseso- ría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el Reglamento de la modalidad de Subasta Inversa Presencial, que consta de tres (3) Títulos y treinta (30) Artículos, el mismoque forma parte integrante de la presente resolución yque entrará en vigencia a partir del día siguiente de supublicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente REGLAMENTO DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Referencias Cuando en el presente Reglamento se mencione a la Ley, se entenderá que se está haciendo referencia al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 083-2004-PCM; la mención al Reglamento de la Ley estará referida al Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median-te Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; CONSUCODE es el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado; SEACE es el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; la alusión a Tribunal estará referida al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- Alcances El presente Reglamento establece las reglas y particularidades, complementarias al procedimiento ge- neral establecido en la normativa sobre contratacionesy adquisiciones del Estado, que deben seguirse cuandocorresponda utilizar la modalidad de selección por su-basta inversa presencial. La regulación de la subastainversa electrónica será materia de otro Reglamento, a partir de cuya vigencia dicha modalidad podrá ser utili- zada. TÍTULO II DEL LISTADO DE BIENES COMUNES CAPÍTULO I: INCLUSIÓN Y EXCLUSIÓN DE UN BIEN EN EL LISTADO Artículo 3º.- Características de los bienes transables Solamente podrán ser incluidos en el listado de bie- nes transables a través de la modalidad de subasta in- versa, en adelante el Listado de Bienes Comunes, aque- llos bienes cuyos patrones de desempeño y calidad pue-den ser objetivamente definidos por medio de especi-ficaciones usuales en el mercado, respecto de los cua-les sólo cabe discutir su precio y exista más de unproveedor. Artículo 4º.- Elaboración y publicación del proyecto de una ficha técnica La unidad orgánica correspondiente de CONSUCO- DE tiene a su cargo la elaboración del proyecto de laficha técnica de un bien común. Para tal efecto podrá tomar en cuenta las sugerencias que efectúen las Entida- des, los gremios legalmente constituidos o los proveedo-res inscritos en el Registro Nacional de Proveedores.Dicho proyecto será publicado en el SEACE. Artículo 5º.- Sugerencias al proyecto de ficha técnica El proyecto de ficha técnica de un bien se mantendrá publicado en el SEACE durante diez (10) días hábiles,plazo durante el cual cualquier interesado podrá presen-tar sugerencias o recomendaciones por la misma vía.