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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

PÆg. 303523 NORMAS LEGALES Lima, jueves 3 de noviembre de 2005 DEBE DECIR: Artículo 1º.- Modifícase el primer párrafo del artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 27332 (...): "Artículo 13º.- De las sesiones del Consejo Directivo El Consejo Directivo sesionará (...). La percepción de dietas se sujeta ..." 18559 MINCETUR Amplían plazo establecido en el Art. 3” de la R.M. N” 239-2005-MINCETUR/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2005-MINCETUR/DM Lima, 28 de octubre de 2005 Vista la Carta Nº 452-2005-DE-CONAFRAN-1334, del representante de la ex CONAFRAN en la Comisión creada por el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 239-2005-MINCETUR/DM. CONSIDERANDO: Que, mediante los artículos 2º y 3º de la Resolución Ministerial Nº 239-2005-MINCETUR/DM, se constituyó la Comisión de Transferencia encargada de coordinar yejecutar el proceso de transferencia de los recursos, bienes, acervo documentario y personal de la ex CONAFRAN a CONAZEDE, conforme a la OctavaDisposición Complementaria, Derogatoria y Final de la Ley Nº 28569; estableciendo un plazo de 60 días para efectuar tal transferencia; Que, dicho plazo ha resultado insuficiente para cumplir con la transferencia dispuesta por Ley, en especial debido a razones de orden presupuestario aún no resueltos;por cuya razón, mediante el documento del Visto, se ha solicitado la ampliación de dicho plazo hasta el 31 de diciembre de 2005; De conformidad con la Ley Nº 27790 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002- MINCETUR y la Ley Nº 28569; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar el plazo establecido en el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 239-2005- MINCETUR/DM, hasta el 31 de diciembre de 2005. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18474 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas realizar el pago del servicio de la deuda externa previsto en elPresupuesto del Sector Pœblico,aprobado por Ley N” 28427 DECRETO SUPREMO Nº 145-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Décimo Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28426 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2005, se faculta al Poder Ejecutivo para que, ante la eventualidad que los fondos provenientes de operaciones de Endeudamiento no se desembolsenen su oportunidad, por Decreto Supremo pueda autorizar de manera transitoria y excepcional la utilización de recursos administrados por la Dirección Nacional delTesoro Público en la atención de obligaciones contraídas con cargo a dichas operaciones de Endeudamiento; Que, del proceso de contratación de los préstamos de US$ 14 700 000,00 con el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KFW), US$ 200 000 000,00 del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de US$ 150 000000,00 con el Banco Mundial (BIRF), previstos inicialmente sus desembolsos antes de diciembre 2005, por circunstancias propias de las operaciones deendeudamiento externo éstos se harán efectivos en la segunda quincena de diciembre 2005; Que, de acuerdo con la programación mensual inicial del presupuesto público del año fiscal 2005, el servicio de deuda pública externa con cargo a los desembolsos de los préstamos con la KFW, BID y BIRF, está previstoatenderse en los meses de noviembre y diciembre del 2005, por lo que ante el desfase en la recepción de fondos resulta necesario dictar las medidas necesariaspara el cumplimiento del pago del servicio de la deuda programada; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 17) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Décima Cuarta DisposiciónComplementaria y Final de la Ley Nº 28426 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para que, a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público, de manera transitoria y excepcional conRecursos Ordinarios, atienda el servicio de la deuda externa previsto en el Presupuesto del Sector Público aprobado por Ley Nº 28427, con cargo a las operaciones deendeudamiento referidas en los considerandos precedentes, hasta por el importe equivalente a Trescientos Sesenta y Cuatro Millones Setecientos Mil y 00/100 DólaresAmericanos (US$ 364 700 000,00). El repago de dicho apoyo se efectuará automáticamente en la oportunidad de la fecha de desembolso de los referidos préstamos. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de octubre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 18592 Autorizan viaje de Vicepresidente del Directorio del Banco de la Nación aPanamÆ para participar en la AsambleaExtraordinaria de Accionistas deBLADEX RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 140-2005-EF Lima, 2 de noviembre de 2005