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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G37/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 7 de noviembre de 2005 EUR 1,220.00 (un mil doscientos veinte y 00/100 euros), donación que servirá para apoyar gratuitamente a lasfamilias de menos recursos económicos del departamentode Lima, la misma que será distribuida por la AsociaciónEmaús San Agustín del distrito de Chorrillos. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae elDecreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18793 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1211-2005-RE Lima, 31 de octubre de 2005 Visto el Expediente Nº 6112-2005, presentado por el Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES),mediante el cual solicita la Inafectación del ImpuestoGeneral a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) respecto a la donación recibida de InternationalPlanned Parenthood Federation; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto Generala las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normasmodificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC,entre otros, las donaciones que se realicen a favor de lasEntidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación TécnicaInternacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentalesde Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo laAgencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), ysiempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, Instituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES), se encuentra inscrita en el Registro de IPREDAque conduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación, internamientode donaciones de carácter asistencial o educacionalprovenientes del exterior, aprobada por Decreto SupremoNº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 26 de agosto de 2004, legalizado por el Consulado General delPerú en New York, Estados Unidos de América, se observaque International Planned Parenthood Federation haefectuado una donación a favor del Instituto Peruano dePaternidad Responsable (INPPARES); Que, los bienes donados consisten en seis (6) bultos conteniendo productos farmacéuticos y material médico,con un peso manifestado de 1,955 kilogramos y valorizadoen US$ 26,014.28 (veintiséis mil catorce y 28/100 dólaresamericanos), donación que será destinada a los Programasde Salud del Instituto Peruano de Paternidad Responsable(INPPARES); Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad deaprobar mediante Resolución Ministerial, la Inafectación deIGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX,ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por InternationalPlanned Parenthood Federation, a favor del InstitutoPeruano de Paternidad responsable (INPPARES); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto SupremoNº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo(ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Planned Parenthood Federation, a favor delInstituto Peruano de Paternidad Responsable (INPPARES),consistente en seis (6) bultos conteniendo productosfarmacéuticos y material médico, con un peso manifestadode 1,955 kilogramos y valorizado en US$ 26,014.28(veintiséis mil catorce y 28/100 dólares americanos), donaciónque será destinada a los Programas de Salud del InstitutoPeruano de Paternidad Responsable (INPPARES). Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae elDecreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 18794 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F /G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20 /G22/G4D/G61/G72/GED/G61 /G41/G75/G78/G69/G6C/G69/G61/G64/G6F/G72/G61/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 842-2005/MINSA Lima, 2 de noviembre del 2005 Visto el Oficio Nº 561-2005-HMA-OP-AS y el Memorándum Nº 218-2005-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 860-2003-SA/ DM; de fecha 31 de julio de 2003, se aprobó el Reglamentode Organización y Funciones y la modificación del Cuadropara Asignación de Personal del Hospital “María Auxiliadora”de la Dirección de Salud II Lima Sur; Que se encuentra vacante el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, por loque resulta conveniente designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el artículo 3º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al bachiller en Ciencias Económicas don José Luis RENGIFO BARRIOS, en el cargoDirector Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de PlaneamientoEstratégico del Hospital “María Auxiliadora” de la Direcciónde Salud II Lima Sur, Nivel F-4. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 18786 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73 /G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G45/G6E/G66/G65/G72/G6D/G65/G64/G61/G64/G65/G73/G20 /G4E/G65/G6F/G70/G6C/GE1/G73/G69/G63/G61/G73/G20 /G22/G44/G72/G2E /G45/G64/G75/G61/G72/G64/G6F/G20/G43/GE1/G63/G65/G72/G65/G73/G20/G47/G72/G61/G7A/G69/G61/G6E/G69/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 846-2005/MINSA Lima, 3 de noviembre del 2005 Visto el Oficio Nº 628-DG-INEN-2005, el Informe Nº 368- 2005-OGPE-OEO/MINSA y el Memorándum Nº 224-2005-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 003-2004-SA, de fecha 12 de febrero de 2004, se aprobó el Cuadro para