Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2005 (23/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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MDLP emitido por la Gerencia de Administracion Tributar ia, sobre el Proyecto de Ordenanza DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE LOS MONTOS POR ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2006, y la Mocion de Orden del Dia presentada por la senora Regidora MORDAZA Larenas de MORDAZA, Presidenta de la Comision de Administracion Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo en su Articulo 195º les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, "Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia"; Que, el Tribunal Constitucional, con Sentencia recaida en el expediente Nº 0053-2004-PI/TC, ha expresado las consideraciones que deben ser tomadas por toda Municipalidad para la determinacion de los Arbitrios Municipales en su jurisdiccion, estableciendo que los parametros objetivos de distribucion de costos seran razonablemente admitidos como validos cuando hubiese una conexion logica entre la naturaleza del servicio brindado y el presunto grado de intensidad del uso de dicho servicio. Asimismo ha senalado que sera la distinta naturaleza de cada servicio la que determine, en cada caso, la opcion distributiva de costos mas adecuada para conseguir la cuota distributiva ideal y que el criterio de razonabilidad determina que, pudiendo existir diversa formulas para la distribucion del costo total de arbitrios, se opte por aquella que logre un mejor equilibrio en la reparticion de las cargas economicas; Que, conforme a lo expuesto, la Municipalidad Distrital de la MORDAZA ha procedido establecer los criterios y las tasas sobre los cuales se determinaran los arbitrios municipales en el distrito; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Articulo 9º y por el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con el MORDAZA MAYORITARIO de los senores (as) Regidores (as) y con la dispensa de lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA DETERMINACION Y DISTRIBUCION DE LOS MONTOS POR ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2006 Articulo 1º.- CRITERIOS DE DISTRIBUCION Determinese los importes a cobrar por concepto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2006, los mismos que se aplicaran conforme a los criterios de distribucion siguientes: 1.1Arbitrio de Limpieza Publica: se considerara la cantidad de predios de la jurisdiccion, determinados por las actividades siguientes: 1.1.1 En el barrido de Vias Publicas: a) La intensidad del servicio: (cantidad de desechos generados por barrido) b) La extension lineal del frontis del predio (expresada en metros lineales). 1.1.2 En el Recojo Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos: a) El nivel de generacion de desperdicios (toneladas metricas).

b) Las actividades desarrolladas en los predios, que determinan una diferenciacion en la produccion de residuos solidos, debido a la poblacion en MORDAZA o flotante. c) El tamano del predio (extension del area construida en metros cuadrados). 1.1.3 En el caso del Arbitrio de Parques y Jardines se considerara: a) El area total de parques y jardines publicos existentes por cada MORDAZA (medida en m2). b) Ubicacion del predio respecto a los parques y jardines. 1.1.4 En el caso del Arbitrio de Serenazgo se considerara: a) La cantidad de predios en la jurisdiccion. b) El grado de peligrosidad del sector, que se establece de acuerdo a la frecuencia del servicio y la capacidad del servicio. c) Los hechos directos e indirectos. d) Por el uso de los predios. Articulo 2.- METODOLOGIA DE LA DISTRIBUCION De conformidad con los fundamentos expuestos en la Sentencia del Tribunal Constitucional se ha establecido para los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo los siguientes criterios: 2.1 Arbitrios de Limpieza Publica.- Se agrupa en dos actividades identificadas como barrido de Vias Publicas y Recojo Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos provenientes de los predios, razon por la que los importes a cobrar por concepto de estos servicios se estableceran conforme a la metodologia de la distribucion siguiente: 1. Barrido de Vias Publicas.Segun el informe tecnico de la Gerencia de Servicios Comunales que brinda el servicio en el distrito, este indicador es plano es decir es igual en todos los sectores (seis zonas). Con esta consideracion hemos tomado el costo del servicio (S/. 333,188.80) y se ha dividido entre la extension de vias (en metros lineales: 36,135 ml.) multiplicado dos, debido a que en ambos lados de las vias existen predios; informacion proporcionada tambien por el area tecnica. Esta operacion da como resultado el costo del servicio por metro lineal (S/.4.63) Como MORDAZA adicional se cuenta con el promedio de fachada en metros lineales que corresponde a los predios de acuerdo al uso en nuestro distrito (Ej. 4.95m) De multiplicar el costo unitario del servicio (S/.4.63 X ml) por el promedio de extension de los frontis de los predios (Ej. S/.4.95) de esta localidad, resulta la tasa anual (S/. 22.92) entre 12 meses finalmente determinamos la tasa mensual. El costo total del servicio resultara de la sumatoria de los costos del servicio por uso del inmueble. 2. Recojo, Transpor te y Disposicion Final de Residuos Solidos.La Gerencia de Servicios Comunales a traves de la Subgerencia de Limpieza Publica informa el costo total del servicio (S/.1,236,921.36) y el numero de toneladas metricas a recolectar, transportar y cuya disposicion final debe efectuar (16,790TM) al ano. Con esta informacion obtenemos el costo unitario del servicio (S/.73.67 x TM de residuos solidos). Segun la Organizacion Mundial de la Salud cada persona por dia produce un promedio de 0.68 Kg de residuos solidos por dia y en atencion al nivel de generacion de desperdicios, debido a la mayor poblacion existente en cada uno de los tipos de uso de predio discriminados, se han diferenciado nueve (9) categorias. Se considera ademas para cada una de las categorias diferenciadas que a mayor area construida existe una mayor utilizacion del servicio; debido a que el promedio del numero de personas a las que se brinda el servicio aumenta progresivamente. Finalmente multiplicamos la tonelada metrica en promedio segun uso del predio (Ej. MORDAZA hab: 1.151TMP)

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