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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (23/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 38

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G38/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de noviembre de 2005 Cuarto.- DISPONER que la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial, a través de la Subgerencia de Presupuesto, CUMPLA con las previsiones, acciones y autorizaciones conducentes a la activación o incremento de plazasdocentes y administrativas del Sector Educación, en forma rápida y oportuna. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca, a los cinco días del mes de abril del añodos mil cinco. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 19829 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Cajamarca, mediante Oficio Nº 1410-2005-GR-CAJ-GGR/DRA/DL, recibido el 21 de noviembre de 2005) ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2005-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, el Art. 192º de la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, establece que: Los GobiernosRegionales promueven el desarrollo y la economía Regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armoníacon las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Que, el Art. 35º , inciso d) de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de Descentralización; y el Art. 10º, inciso d) de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, señala: que es competencia exclusiva delos Gobiernos Regionales: “Promover y Ejecutar las inversiones públicas del ámbito regional, en proyectos de infraestructura vial, energética, de comunicaciones yde servicios básicos, con reestrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversión privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades.” Que, la Ley Nº 27293 – Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, en su Art. 7º define que: El Banco de Proyectos, contiene el registro de todos los proyectosde inversión publica para los que se haya elaborado perfil, estudio de prefactibilidad o estudio de factibilidad; y contempla los mecanismos de calificación requeridosen la fase de preinversión. Y en el Art. 8º de la misma Ley, clasifica en dos niveles a los Bancos de Proyectos: sectoriales y un consolidado en la oficina de Inversionesdel MEF; sin considerar a los Gobiernos Regionales. Que, según el inciso a) del Art. 15º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, esatribución del Consejo Regional: aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional. Que, las diferentes instituciones dependientes del Gobierno Regional y otras organizaciones del sectorprivado, cuyos resultados se encuentran dispersos, por lo que es necesario concentrarlos en una sola unidadorgánica, para registro, custodia, difusión y gestión, de los proyectos; a efectos de fomentar la inversión públicaa nivel regional. Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en suSesión Extraordinaria de fecha 5 de abril del año 2005; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de GobiernosRegionales N° 27867; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional N° 001-2003-CR/RC, el Plenoaprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Primero.- CREAR el Banco de Proyectos del Gobierno Regional de Cajamarca, como una UnidadOrgánica dependiente de la Subgerencia de Programación e Inversión Pública; dicha Unidad tendrá como función principal la Administración de los proyectosde desarrollo económico y social, debidamente aprobados y se encuentran aptos para su ejecución por el sector público, privado o por cooperación técnicainternacional. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, disponga las accionesnecesarias para implementar la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los cinco días del mes de abril del año dos mil cinco. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 19830 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G65/G6C /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL N° 020-2005-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN CAJAMARCA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en su Artículo 9º, literal a), establece como competencia de los Gobiernos Regionales: “ Aprobar suOrganización Interna... “. Que, así mismo, el articulo 15º - literal a), de la referida Ley, establece como atribución del Consejo Regional: “Aprobar, Modificar o Derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2004- GRCAJ-CR, de fecha 24 de febrero del año 2004, se aprobó la Estructura Orgánica del Gobierno Regional deCajamarca. Que, ha sido analizada la propuesta presentada por la Subgerencia Regional de Desarrollo Institucional delGobierno Regional de Cajamarca, sobre la Estructura Orgánica del Gobierno Regional de Cajamarca y su Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en su Sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre del año 2005; y,