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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G38/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de noviembre de 2005 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G67/G65/G73/G74/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61 /G53/G55/G4E/G41/G54/G20/G79/G20/G53/G55/G4E/G41/G52/G50/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G66/G61/G63/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G64/G61/G64/G65/G73 (Se publica el Acuerdo de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Cajamarca, mediante Oficio Nº 1410-2005-GR-CAJ-GGR/DRA/DL., recibido el 21 denoviembre de 2005) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 024-2005-GR.CAJ-CR Cajamarca, 18 de abril de 2005 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 5 deabril del año 2005; VISTO y debatido el Dictamen Nº 003- 2005-RECAJ-GR/CDE, evacuado por la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, referente a gestionarante las oficinas de SUNAT y SUNARP; en cada provincia de la Región Cajamarca; con el voto unánime del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, algunas provincias de la Región Cajamarca poseen un amplio territorio, el mismo que es accidentado, de alta ruralidad y con insuficientes víasde comunicación, hechos que no permiten que los pobladores realicen gestiones institucionales de manera oportuna. - Que, algunos distritos y caseríos se encuentran muy distantes de sus capitales provinciales respectivas, circunstancia que sumada a la difícil situación económica,hace más oneroso la realización de trámites. - Que, es responsabilidad del Gobierno Regional, dictar medidas que promuevan, incentiven y faciliten laregularización de propiedades y el pago oportuno de las obligaciones tributarias, en la ciudad más cercana y con mayor accesibilidad. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional delGobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Primero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, a efectos de lograr que tributariamente todas las provincias dependan de la Intendencia de Administración Tributaria deCajamarca; así como gestionar que los pobladores que vivan en los distritos o Centros Poblados cercanos a la provincia de Jaén, puedan realizar las gestionespropias de la administración tributaria en la provincia de Jaén. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca, realice las gestiones necesarias, a fin de implementar una Oficina de Registros Públicos en cada provincia de la Región Cajamarca, endonde no hubiese. Tercero.- ENCARGAR a las Gerencias Regionales de Desarrollo Social, Desarrollo Económico yPlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, dispongan las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 19821/G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G53/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G45/G6D/G65/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G61 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 (Se publica el Acuerdo de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Cajamarca, mediante Oficio Nº 1410-2005-GR-CAJ-GGR/DRA/DL., recibido el 21 denoviembre de 2005) ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 026-2005-GR.CAJ-CR Cajamarca, 18 de abril de 2005El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 5 de abril del año 2005; VISTA la Moción presentada por elConsejero Regional José Marrufo Fernández; así como los pedidos presentados por los Consejeros Regionales: Eduardo Barreto Blanco, Jorge Rosell Castillo y ReinerioRamos Alarcón, referentes a declarar en situación de emergencia algunos sectores de la jurisdicción de la Región Cajamarca; con el voto unánime del Pleno; dispensa delDictamen correspondiente; y, CONSIDERANDO:Que, en el Art. 137º , Capítulo VII – Régimen de Excepción de la Constitución Política del Perú, secontempla el Estado de Emergencia en caso de “... , catástrofe o Graves circunstancias que afecten la vida de la Nación... ”. Que, el Art. 22º del Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, estipula que “ Se entiende como situación de Emergencia a aquella en la cual la entidad tenga queactuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En estecaso la entidad queda exonerada de la tramitación de expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el eventoproducido y satisfacer la necesidad sobrevenida sin sujetarse a los requisitos formales de la presente Ley...”. Que, el Art. 142º del Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, determina que: “La situación de Emergencia es aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos, de situacionesque supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la entidad adquirir o contratar en forma directa, lo estrictamente necesario para preveniry atender desastres; así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan...” Que, el Art. 2º del Decreto Supremo Nº 058-2001- PCM, establece que: “ La declaratoria del Estado de Emergencia, podrá ser requerida por los titulares de losMinisterios y Organismos Públicos Descentralizados, comprometidos por la Emergencia, los que canalizarán su solicitud a través del INDECI ...”; proponiendo lasmedidas y/o acciones inmediatas que correspondan. Que, las fuertes lluvias que se están registrando en varias zonas de nuestra Región, están originandoinundaciones y deslizamientos, que afectan gravemente a la población, ya que arrasan todo a su paso, poniendo en riesgo mortal la vida de las personas y destruyendograndes extensiones de cultivos, viviendas, centros educativos, carreteras, etc.. Que, la presencia de estas lluvias han originado la aparición de lagunas y charcos de agua que constituyen focos infecciosos, que hacen peligrar la salud de la población. Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 y Reglamento Interno del Consejo Regional delGobierno Regional de Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Nº 001-2003-CR/RC; ACORDÓ: Primero.- DECLARAR en SITUACIÓN DE EMERGENCIA a: