Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2005 (23/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2005

por el costo unitario por tonelada metrica de residuos solidos (S/.73.67), resultando la tasa mensual que multiplicada por 12 (numero de meses del ano) resultara en el costo del servicio a trasladar al contribuyente. Aplicados a los criterios de distribucion, se procede a establecer la tasa individual, para la cual se suman los sub montos determinados para el servicio de barrido y de recoleccion hasta su disposicion final de los residuos solidos. 2.2 Arbitrio de Parques y Jardines.- Se efectuara la distribucion de acuerdo al criterio de ubicacion. Para tal efecto se clasificara los predios en 2 tipos: MORDAZA 1: Predios Ubicados frente a parques. MORDAZA 2: Resto de predios. El costo del servicio (S/.527,828.35) dividido entre el total de areas verdes del distrito (452,836 m2) obtenemos el valor unitario del servicio de parques y jardines en el distrito (S/.1.17 por m2 de area verde) Para obtener el promedio de areas verdes por predio, dividimos el total de areas verdes (452,836 m2) entre el numero de predios afectos (14,335), resultando que son 31.59 m2 por predio. La distancia promedio minima de los predios en relacion a los parques es de 1 a 2 cuadras. La distancia promedio MORDAZA de los predios en relacion a los parques es de 6 a 7, cuyo promedio a su vez corresponde a 1.5 y 6.5 respectivamente. El beneficio directo por cercania a parques del grupo de predios cuya distancia en promedio es de 6.5 cuadras, es de 15.3846% de disfrute del parque. El porcentaje minimo promedio de disfrute de MORDAZA (15.3846%), se acotara como valor agregado de disfrute a los predios ubicados frente a MORDAZA, originandose un indice de disfrute de 1.153846 de los predios ubicados frente a MORDAZA, aplicandose el estandar del 100% de disfrute al resto de predios no ubicados frente a parque. 2.3 Arbitrio de Serenazgo.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana, informa que ha sectorizado el distrito en seis zonas segun las rutas de patrullaje (anexo plano), pero precisa que la prestacion del servicio es igual en todas, como resultado del trabajo sectorizado presenta como referencia el numero de acciones (12,626.76) en los que ha intervenido el area y tambien ha determinado el porcentaje de incidencia mensual del servicio segun el uso del predio. Asi de dividir el costo total del servicio (S/. 517,656.00) entre el numero de acciones al ano (12,626.76), establecemos el costo de la accion integral (S/.41.00) que cubre tanto los hechos directos (accion concreta en los que el servicio interviene activamente) como los indirectos (tentativa o "puesta en peligro" frente a lo cual el servicio juega un rol disuasivo). El costo de la accion integral por el porcentaje de incidencia determinado por el area que presta el servicio, resulta la tasa mensual. Articulo 3º.- COSTOS DEL SERVICIO En aplicacion a lo dispuesto en los articulos 69º, 69A y 69-B del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal y el numeral 5) del Fundamento VIII de la Sentencia del Tribunal Constitucional,

(Expediente Nº 0053-2004-PI/TC) es necesaria la existencia de un informe tecnico, por lo que mediante Anexo I se procede a explicar los costos efectivos que demandan los servicios prestados de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- SUBVENCION DE LOS COSTOS DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO. Los costos de los servicios de Limpieza Publica beneficios otorgados en virtud de la presente Ordenanza, seran subvencionados con las MORDAZA de financiamiento: 03 Renta de Aduana, 07 Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN) y 08 Otros Impuestos Municipales. Segunda.- ENCARGATURA Encarguese a la Gerencia Municipal y Administracion Tributar ia el brindar el apoyo necesario para el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Subgerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de lo aqui dispuesto asi como la responsabilidad de la correcta aplicacion de la metodologia para el calculo de los arbitrios municipales 2006. Tercera.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao que la ratifique. Cuarta.- FACULTADES REGLAMENTARIAS Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias que fueran necesarias. Registrese, comuniquese, publiquese cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19892

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del "Acuerdo para el Ingreso y MORDAZA de Nacionales Peruanos y Chilenos en calidad de Turistas con Documento de Identidad"
De acuerdo a lo dispuesto por el articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Oficio RE (GAB) Nº 0-3-A/321, comunica que el "Acuerdo para el Ingreso y MORDAZA de Nacionales Peruanos y Chilenos en calidad de Turistas con Documento de Identidad", suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 6 de MORDAZA de 2005 y ratificado mediante Decreto Supremo Nº 055-2005-RE, de 30 de MORDAZA de 2005, publicado el 2 de agosto del mismo ano. Entrara en vigencia el 9 de diciembre de 2005. 19794

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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