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PÆg. 304890 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de noviembre de 2005 Evaporada (Bolsitarros) y Hojuela de quinua enriquecida, por la situación de desabastecimiento inminente, de conformidad con la Ley y el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hasta la fecha en que se suscriba el Contrato respectivo con el postor que se adjudique la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 002-2005/MDLV, plazo exoneratorio que no podrá excederse de los noventa (90) dias. Los insumos que se adquieran no excederán el importe transferido por el Gobierno Central para el Programa del Vaso de Leche; del mismo modo, se deberá observar de manera irrestricta el procedimiento señalado en el Art. 148º del Reglamento, para las adquisiciones y contrataciones exoneradas. Artículo Segundo.- En el marco del Artículo 26º del T.U.O, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el valor referencial del gasto mensual hasta la celebración del contrato, sin que exceda el plazo de 90 días, será por la cantidad de S/. 141,291 (Ciento Cuarentiun Mil Doscientos Noventa y uno), mensual incluido IGV, ejecutándose los gastos que origine la presente autorización con cargo a la Partida 5.3.11.24 Alimentos para personas, Actividad 100588, Programa del Vaso de Leche y con la Fuente de Financiamiento 17 Recursos Ordinarios para gobiernos locales. Artículo Tercero.- La Dirección de Administración a través de la Unidad de Logística queda encargada de su debido cumplimiento. Artículo Cuarto.- Adoptar de inmediato las medidas conducentes a establecer en el marco de los artículos 47º y 141º del T.U.O, de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las responsabilidades civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados, cuyo accionar negligente originó la presente situación de desabastecimiento. Artículo Quinto.- Exhortar a los funcionarios competentes a que tomen las medidas que correspondan con relación a la Carta Nº 128-05-DBS/ MDLV, el mismo que contiene el Oficio Nº 928-05-DG- CENAN/INS, citado en el décimo considerando del presente Acuerdo. Artículo Sexto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo exoneratorio en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE) dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su adopción. Artículo Séptimo.- Disponer que el Secretario General remita dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de su aprobación, copia del Acuerdo de Concejo Exoneratorio y de los Informes Técnicos y Legales que los sustentan, al CONSUCODE y a la Contraloría General de La República, para que esta entidad en el marco del Art. 21º de la Ley y del Art. 141º del Reglamento, establezca la forma, procedimiento y oportunidad de su participación de Oficio en la presente contratación que se autoriza, en situación de Desabastecimiento inminente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEJANDRO BAZÁN GONZÁLES Alcalde 19886 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan plazo para acogerse a la Amnistía por Deudas Tributarias yMultas Administrativas a que serefieren las Ordenanzas N”s. 003 y 014-2005-MDLP DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2005-MDLP La Perla, 18 de noviembre de 2005EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO:Que mediante Ordenanza Nº 003-2005-MDLP, se dispuso otorgar la Amnistía por Deudas Tributarias y Multas Administrativas dentro del distrito de La Perla; dispositivo que fuera publicado en el cuadernillo de normas legales del Diario Oficial El Peruano el día 1.3.05 y en el diario El Callao el día 25.2.05; Que, con Ordenanza Nº 014-2005-MDLP publicada en el cuadernillo de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano el día 20.8.05, se han ampliado los beneficios e incentivos para el pago de los tributos municipales que se encontraran pendientes de pago; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 013-2005- MDLP, se prorroga el plazo para acogerse a los alcances de la Ordenanza Nº 003-2005-MDLP y su ampliación la Ordenanza Nº 014-2005-MDLP "Amnistía por Deudas Tributarias y Multas Administrativas", hasta el 30 de noviembre del 2005; Que, ante la reiterada solicitud de ampliación de la vigencia de la amnistía tributaria, planteada por los contribuyentes deudores que teniendo voluntad de pago no han podido hasta la fecha acogerse a los beneficios otorgados por los dispositivos legales antes mencionados; En uso de las facultades del Artículo 20.6 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y de la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 003-2005- MDLP; DECRETA:Artículo Primero.- Prorrogar el plazo para acogerse a los alcances de la Ordenanza Nº 003-2005-MDLP y su ampliación la Ordenanza Nº 014-2005-MDLP, "Amnistía por Deudas Tributarias y Multas Adminis- trativas", hasta el 30 de diciembre del 2005. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a las Subgerencias de Administración Tributaria, Control y Recaudación, Ejecución Coactiva y a la Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento de lo dispuesto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 19894 SEPARATA ESPECIAL ONPE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 311-2005-J/ONPE Mediante Oficio Nº 279-2005-GIEE/ONPE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Jefatural Nº 311-2005-J/ ONPE, publicada en Separata Especial del 17 de noviembre de 2005. DICE: Artículo 49º. La Subgerencia de Fondos Partidarios está a cargo de un funcionario con nivel de Subgerente, ... DEBE DECIR: Artículo 49º.- La Subgerencia de Fondos Partidarios está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de Subgerente, ... 19882