Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2005 (14/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 14 de octubre de 2005

forma especifica lo siguiente: a) La causal en que se sustenta la exoneracion, b) la necesidad de la exoneracion y los criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad, recomendaciones que se solicitan al Jefe de Desarrollo MORDAZA segun Memorandum Nº 014.2005.MDLO/A, de fecha 19 de setiembre del ano en curso; Que, mediante Oficio Nº 48/JEFPROY/BYNGCOMB1/ 05. el Comandante MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunica que la Unidad a su mando no realiza actividades empresariales bajo ninguna circunstancia, asimismo no actuan en ningun caso en forma societaria; precisando que la Unidad del ejercito forma parte de las entidades publicas que realizan obras por encargo en beneficio de la colectividad; Que, el Jefe de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura en su Informe Nº 504.2005.ADUEI.MDLO, amplia el Informe Nº 234.2005.ADUEI.MDLO, en el sentido la Primera Brigada de Infanteria Batallon Ingenieria de Combate Nº 01 del Ejercito del Peru Tumbes, la ejecucion de dichos trabajos se amparan en la ventaja economica MORDAZA tada hasta por un monto de S/. 23,073.24 en condiciones presupuestales en la modalidad de Administracion Directa; Que, la causal en la que se sustenta la exoneracion se encuentra establecida en el Articulo 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM; CONSIDERANDO: Que, la adquisicion o contratacion resulta mas ventajosa y favorable en comparacion con los precios del MORDAZA, que para nuestro caso el costo real de los trabajos a precios de MORDAZA en el sector privado es de S/. 123,620.43 que incluye 10% de utilidad y comparativamente con el costo ofertado de S/. 90,245.35 que incluye I.G.V. representa un ahorro para la Entidad de S/. 33,375.08; Que, la adquisicion resulta tecnicamente idonea y viable, para nuestro caso, porque se garantiza con el equipo y maquinaria pesada de la Primera Brigada de Infanteria - Batallon Ingenieria de Combate Nº 01 del Ejercito del Peru Tumbes, ademas del personal especializado; que de conformidad al reglamento es necesario que el ofertante presente una declaracion jurada en la certifique su no habitualidad en los ultimos doce meses; Que, la necesidad de la exoneracion y los criterios de economia tales como los costos y la oportunidad, se encuentra enmarcada en que esta Obra es de prioridad cero y muy urgente considerando los reclamos reiterados de los ultimos doce meses en que el distrito de Los Organos no cuenta con un lugar adecuado para la ubicacion final de los residuos solidos, con el riesgo de provocar en el corto plazo una epidemia dentro de la poblacion; Que, el MORDAZA y la descr ipcion basica de las prestaciones objeto de la exoneracion, para nuestro caso se trata de una Contratacion con una Entidad Publica por Exoneracion para la ejecucion de trabajos con maquinaria pesada para construir el relleno sanitar io de la localidad de Los Organos, que beneficiara a 11,500 habitantes; Que, en el valor referencial, acompana documentos que acreditan los precios de MORDAZA que permitan comparar con lo ofrecido con la entidad publica; Que, el tiempo de contratacion de la exoneracion de la prestacion del servicio es de 45 dias calendario; Que, la Entidad Publica a contratar es la Primera Brigada de Infanteria - Batallon Ingenieria de Combate Nº 01 del Ejercito del Peru Tumbes, por un monto de contratacion de S/. 90,245.35 que incluye I.G.V., agregando que deberan cumplirse con las formalidades estipuladas en los Articulos 146º, 147º, 148º del D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, de acuerdo a lo estipulado en el Articulo 19 inciso a) del D.S. Nº 083-2004-PCM, se estipula que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen "Entre Entidades del Sector Publico de acuerdo a los criterios de economia que establezca el Reglamento" debiendo cumplir con las Formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion indicados en el Articulo 20º inciso c) del D.S. Nº 083-2004-PCM y en el Articulo 148º del D.S. Nº 083-2004-PCM, toda exoneracion de

MORDAZA de seleccion se aprobara mediante Acuerdo de Concejo Municipal para Gobiernos Locales, requiriendo ademas obligatoriamente de un Informe Tecnico y Legal previo debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano y posteriormente informar a Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias siguientes posteriores a su aprobacion; Que, el Articulo 139º incisos 1),2) y 3) del D.S. Nº 084-2004-PCM - CONTRATACION ENTRE ENTIDADES, la Contratacion directa entre Entidades procede unicamente cuando la adquisicion o contratacion resulta mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del mercado: que en razon de costos de oportunidad resulta mas eficiente contratar con otra Entidad y que la Contratacion resulte tecnicamente idonea y viable; Que, el Asesor Contable en su Informe Nº 251.2005.MDLO/AC, de fecha 12 de setiembre del ano en curso, informa que el valor referencial de la Obra: RELLENO SANITARIO DEL DISTRITO DE LOS ORGANOS" se encuentra en la Meta 00477, Fuente de Financiamiento 07 Compensacion Municipal, por la suma de S/. 112,810.00 nuevos soles; Estando a lo anteriormente expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Informe Legal, Informe Contable, Informe del Jefe de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura y con la Exoneracion de la Lectura y Aprobacion del Acta de Sesion Extraordinaria Nº 0172005-.MDLO/CM de fecha 20.9.2005 el Concejo en Pleno por UNANIMIDAD; ACORDO: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion y la Ejecucion por encargo con la Primera Brigada de Infanteria - Batallon Ingenieria Nº 01 del Ejercito del Peru - Tumbes por Administracion Directa la OBRA: RELLENO SANITARIO DEL DISTRITO - LOS ORGANOS, con un valor ofertante de S/. 90,245.35 nuevos soles y con un plazo de ejecucion de 45 dias, Fuente de Financiamiento 07: COMPENSACION MUNICIPAL, cuyos fundamentos se encuentran en la parte considerativa del presente acuerdo. Articulo Segundo.- FACULTAR, al senor MORDAZA la suscripcion del Convenio de Cooperacion Institucional entre la Municipalidad Distrital de Los Organos y el Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru y documentacion pertinente del presente Acuerdo. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Direccion de Administracion y Asesoria Legal la Elaboracion del Convenio de Cooperacion Institucional y al Area de Desarrollo MORDAZA e Infraestructura la Supervision y Verificacion de la Obra a ejecutar. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE, a Tesoreria y Contabilidad el cumplimiento de las acciones que se deriven del presente Acuerdo, incluyendo la Rendicion de Gastos de la Entidad cooperante, bajo responsabilidad. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a Secretaria General la remision de MORDAZA Fedateada del presente Acuerdo y de los Informes Tecnico-Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion y asi mismo ingrese dicha informacion al SEACE del CONSUCODE. Articulo Sexto.- ENCARGAR, al Comite Especial Permanente de Contrataciones y Adquisiciones registre y efectue la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de la OBRA: RELLENO SANITARIO a favor de la PRIMERA BRIGADA DE INFANTERIA - BATALLON INGENIERIA Nº 01 DEL EJERCITO DEL PERU - TUMBES. Articulo Septimo.- DISPONER, que Secretaria General y Abastecimiento cumplan con la publicacion del Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles a su emision o adopcion segun corresponda. Comuniquese, registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARCA MORDAZA MORDAZA Distrital de los Organos 17447

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