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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (14/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 105

PÆg. 302281 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de octubre de 2005 SANTA CLARA, para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución; las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 5,063.80 m2 teniendoen cuenta las características y especificaciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO ÁREA BRUTA : 5,063.80 m 2 ÁREA UTIL TOTAL : 4,792.92 m2 ÁREA DE VÍAS : 270.88 m2 AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO:Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el “Proyecto de Obras Generales de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Cerro Cruz de Santa Elena, Niño Jesús de Santa Clara y Anexos”, debiendo elaborarsus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema; debiendo, además, tomarconocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a LUZ DEL SUR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica publica y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes deexpansión de dicha compañía. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS:Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Subrasante, seránecesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en unespesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar comomínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetromáximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m de espesor,compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos ( con diámetros máximo de 1 ½”), finos y ligantes enproporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superficie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 kg./cm2, construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles .- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines seconstruirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales .- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así tambiénestas quedarán en tierra nivelada compactada. Artículo Cuarto.- DISPONER que el terreno de 5,063.80m2, constituido por parte del lote 28 del ex Fundo La Estrella, ubicado en la Av. Miguel Grau, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; de propiedad dela Asociación de Propietarios de Vivienda Los Manzanos de Santa Clara; quede en garantía de pago por el déficit del aporte de Parques Zonales y Ministerio de Educaciónde 101.27 m 2 y 101.27 m2 respectivamente; los mismos que deberán ser cancelado antes de la Recepción de las Obras de la Habilitación Urbana. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 días contados a partir de su notificación, a cargo de los interesados. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima para las acciones de su competencia, a la Oficina Registral de Lima y Callao paralos efectos de la Inscripción de la Habilitación Urbana, a SERPAR-LIMA, al Ministerio de Educación y a los interesados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JANETTE ALVA NAVARRO Gerente de Desarrollo Urbano 17388 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Aprueban Beneficio Tributario a favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 170-MDB Breña, 10 de octubre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Breña, en Sesión Ordinaria de la fecha y con dispensa del trámite deaprobación del Acta; VISTO:El Informe Nº 148-2005-SGAT-GAR/MDB de fecha 7 de octubre del 2005, de la Subgerencia de AdministraciónTributaria y el Informe Nº 320-2005-GAR/MDB; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Locales tienenautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Norma IV de Título Preliminar del Código Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerarde ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, conforme la última parte del artículo 41º del Código Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es necesario otorgar incentivos tributarios condonando los reajustes, intereses moratorios de aquellos contribuyentes e infractores que por distintas razones nohayan cumplido con sus obligaciones tributarias; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8º y 9º del artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA, BENEFICIO TRIBUTARIO EN LA JURISDICCIÓN DISTRITAL DE BREÑA Artículo Primero.- PLAZO Apruébese un Beneficio Tributario desde el 11 de octubre del 2005 hasta el 31 de octubre de 2005. Artículo Segundo.- BENEFICIOS AL IMPUESTO PREDIAL La presente Ordenanza reduce el 100% de los intereses y reajustes a las deudas originadas por conceptodel Impuesto Predial desde el año 1996 al 2005.