Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (14/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 98

PÆg. 302274 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de octubre de 2005 Riesgo Social prevista en la Ordenanza, resulta necesario que previamente el solicitante se desista de todos los recursos presentados. Artículo Octavo.- De la verificación de información declarada A efectos de verificar la veracidad de los datos contenidos en la solicitud, la DMSBS solicitará a las instituciones o entidades públicas y/o privadas del sector nacional, la información necesaria que ésta necesite conla finalidad de determinar la real situación socio- económica de los solicitantes. Artículo Noveno.- Del informe remitido por el SAT El SAT es el órgano responsable de remitir el Informe Técnico a que se refiere el inciso b) del artículo 2º de laOrdenanza. En dicho informe se indicarán las deudas pendientes de pago, las deudas canceladas, las deudas que se encuentran en cobranza coactiva o con orden deembargo y/o captura, los fraccionamientos pendientes de pago, el estado de cuenta detallado, los compromisos de pago asumidos, los recursos presentados y el montoemitido que dejaría de percibir la Municipalidad Metropolitana de Lima, producto de la extinción de la deuda. Tratándose de deudas por papeletas el informeincluirá el récord de conductor. Para efectos de la evaluación de la exoneración por riesgo social se tomarán en consideración los gastos queel contribuyente y/o administrado haya realizado para cuestionar los actos administrativos emitidos por la Administración y todos aquellos gastos que demuestrenla capacidad económica del solicitante, ello respecto de las deudas reclamadas antes de la vigencia de la Ordenanza. Artículo Décimo.- Del contenido de la Resolución La DMSBS luego de verificar el cumplimiento de los requisitos y criterios establecidos en el presente Reglamento, así como las condiciones económico sociales del contribuyente y/o administrado, expedirá larespectiva Resolución Directoral Municipal, la cual de ser favorable precisará la deuda y el período por el cual se concede la exoneración. Artículo Décimo Primero.- De las impugnaciones Las impugnaciones a la Resolución que deniega la solicitud de exoneración por riesgo social, se tramitarán de acuerdo al procedimiento señalado en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Décimo Segundo.- De la ampliación de plazo En caso, la DMSBS requiera información de otras entidades, el plazo previsto para la emisión del Informe a que se refiere el inciso c) del artículo 2º de la Ordenanza,podrá ser ampliado por cinco (5) días adicionales a los siete (7) días hábiles previstos en el inciso d) del citado artículo, contados a partir de la recepción de lainformación solicitada. Artículo Décimo Tercero.- Vigencia El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Única Disposición Transitoria.- Las solicitudes presentadas a partir de la publicación de la OrdenanzaNº 800, se sujetarán al cumplimiento de los plazos establecidos en dicha norma, a partir de la entrada en vigencia del presente Reglamento. DISPOSICIÓN FINAL Única Disposición Final.- No están sujetas a la Exoneración por Riesgo Social, las siguientes multas administrativas: Línea de Acción 01 Comercialización: - Rubro 400 - Productos pirotécnicos: Infracciones 01- 0401 y 01-0402 Línea de Acción 02 Salud y Salubridad- Rubro 200 - Higiene y Calidad Sanitaria de los alimentos: Infracciones 02-0201, 02-0202, 02-0203, 02- 0204, 02-0205, 02-0206, 02-0207, 02-0208, 02-0209, 02- 0210, 02-0211, 02-0212, 02-0213, 02-0214 y 02-0215 - Rubro 3000 - Prostíbulos: Infracción 02-3001 Línea de Acción 03 Moral y Orden Público- Rubro 100 - Infracciones contra los menores de edad: Infracciones 03-0101, 03-0102, 03-0103, 03-0104 y 03-0105 - Rubro 200 - Infracciones contra el público en general: Infracciones 03-0203 - Rubro 300 - Prostíbulos: Infracción 03-0301- Rubro 400 - Salones de baile, discotecas y/o similares, cabaret, gril, boite: Infracciones 03-0401, 03- 0403 y 03-0404 Línea de Acción 04 Cinematografía y demás espectáculos públicos no deportivos. Rubro 100 Cines, teatros, filmotecas y demás similares: Infracciones 04-0101, 04-0110, 04-0112 MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 17486 Aprueban Ampliación de Calendario de Compromisos correspondiente al mesde setiembre del aæo fiscal 2005 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 2455 Lima, 19 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 30º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el calendario de compromisos constituye laautorización para la ejecución de los créditos presupuestarios, en función del cual se establece el monto máximo para comprometer gastos a serdevengados y se aprueba a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de Gastos; Que, el inciso b) del numeral 30.1 del artículo 30º de la Ley antes mencionada establece que los calendarios de compromisos, para el caso de los GobiernosRegionales son aprobados por el Titular del Pliego, a propuesta de la Oficina de Administración, con cargo a los créditos presupuestarios aprobados en el PresupuestoInstitucional del Gobierno Regional de Lima Metropolitana y de acuerdo a la disponibilidad financiera en todas las fuentes de financiamiento a nivel de Pliego, UnidadEjecutora, Grupo Genérico de Gastos y Fuente de Financiamiento, incluyendo la transferencia del Gobierno Nacional a favor del Gobierno Regional de LimaMetropolitana considerados en la Ley Nº 28427 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; Que, es necesario aprobar la Ampliación de Calendario de Compromisos del mes de setiembre del Año Fiscal 2005; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público y de acuerdo a la propuesta elaborada por la Oficina de Administración medianteInforme Nº 082-2005-MML-PGRLM/OA-P SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar una Ampliación de Calendario de Compromisos correspondiente al mes de setiembre del año fiscal 2005, del Gobierno Regional de LimaMetropolitana a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento conforme a los montos que se detallan en el Anexo que forma partede la presente Resolución. Artículo 2º.- La Ampliación de Calendario de Compromisos aprobada por la presente Resolución noautoriza, convalida actos, acciones o gastos de las Unidad