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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (14/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 104

PÆg. 302280 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de octubre de 2005 de 2005, siendo la AATE un Órgano Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que de acuerdo al D.S.Nº 001-86-MIPRE, con fuerza de ley mediante Ley Nº 24565, goza de autonomía técnica, administrativa,económica y financiera; De conformidad a lo establecido en el Artículo 3º del D.S.Nº 001-86-MIPRE, la Ordenanza Nº812 de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, Artículos 1º, 20º y 21º del Reglamento de Organización y Funciones de la A.A.T.E. aprobado por Resolución Ministerial Nº 024.1-88-MIPRE, el D.S.Nº 048-2001-PCM modificado por el D.S.Nº 053-2001-PCM y el D.S.Nº 047-2002-PCM; Con las visaciones de la Oficina de Presupuesto y Planificación, Oficina de Asesoría Legal, Gerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor ARQUITECTO ALBERTO SÁNCHEZ-AIZCORBE CARRANZA, Presidente Ejecutivo de la Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico deTransporte Masivo de Lima y Callao - A.A.T.E, a la ciudad de Sao Paulo - Brasil del 16 al 20 de octubre de 2005, por los motivos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que demande el cumplimiento de la comisión autorizada por la presenteResolución, serán cubiertos por la A.A.T.E. de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos por día US$ 200.00 Tarifa Corpac US$ 28.24 Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fueran su clase o denominación. Artículo Cuarto.- Encargar al Gerente General de la A.A.T.E. Ing. Víctor Pacahuala Velásquez, ejercer la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del ProyectoEspecial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - A.A.T.E., ante las autoridades y organismos del Sector Público Nacional y personas naturales y jurídicas de derechopúblico y privado, nacionales y extranjeras; mientras dure la ausencia del Presidente Ejecutivo de la A.A.T.E. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ-AIZCORBE C. Presidente Ejecutivo Autoridad Autónoma del Proyecto Especial Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao 17467 MUNICIPALIDAD DE ATE Autorizan a asociación de propietarios a ejecutar obras faltantes dehabilitación urbana de terreno RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 00030 Ate, 2 de agosto de 2005 EL GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: Los Expedientes Nº 6269-99 y acumulados seguido por la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA LOS MANZANOS DE SANTA CLARA, por el que solicitala Aprobación de la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media “R- 4” del terreno de 5,063.80 m2, constituido por el lote 28del ex Fundo La Estrella, ubicado en la Av. Miguel Grau S/N, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante el Acuerdo Nº 04-04, tomado en Sesión Nº 10-04-CTHU/MDA del 17 de diciembre del 2004, seemitió Dictamen Favorable al trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media R-4, del terreno de 5,063.80 m2, constituido por el Lote 28 del ex Fundo La Estrella, ubicadoen el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; considerando que el déficit de los aportes de Recreación Pública, Parques Zonales y Ministerio de Educación sonde 506.38 m2, 101.27 m2 y 101.27 m2, respectivamente las cuales deberán ser redimidos en dinero a las entidades correspondientes. Que, mediante Valorización Nº 060-2005-SGPUC- GDU/MDA, de fecha 17 de diciembre de 2004, se efectuó la Liquidación por el déficit del Aporte de RecreaciónPública y por Proyectos y Control de Obra de acuerdo con lo estipulado en el Art. II-XXI-4 del Reglamento Nacional de Construcciones, por un monto total deS/. 13,797.28 nuevos soles y con recibo con liquidación Nº 0001473167 por un monto de S/. 3,200.00 pagado en la Tesorería de esta Corporación Municipal ha acreditadola cancelación de la primera cuota correspondiente al convenio de fraccionamiento aprobado por Resolución de Subgerencia Nº 591-2005-SGR-GR/MDA, de fecha 15 deenero del 2005. Que, mediante Informe Legal Nº 89-2004-GAJ/MDA del 14 de enero del 2004, la Gerencia de Asuntos Jurídicosseñala que el Art. 5º de la Ley Nº 26878 - Ley General de Habilitaciones Urbanas establece que para la Regularización de Habilitaciones Urbanas sólo seráexigible documento público o privado en el que conste la transferencia de la propiedad a favor del solicitante de la habilitación. En ese sentido señala que la Asociaciónrecurrente ha acreditado que sus asociados cuentan con el respectivo contrato de compra - venta, otorgado por el Don Leoncio Daniel Tito Alarcón a su vez ha adquiridolos derechos de propiedad de don Ricardo Toyohama Gushiken; estando acreditada la figura de transferencia de propiedad o tracto sucesivo. Que, mediante Informe Técnico Nº 342-05-AHU-SGPUC- GDU/MDA, de fecha 24 de mayo del 2005, se ha verificado que existe un grado de consolidación del 70% de viviendasconstruidas y cuenta con energía eléctrica provisional, pero sin los servicios básicos de agua potable, alcantarillado ni con la pavimentación de pistas y veredas. Asimismo losinteresados han cumplido con presentar todos los documentos requeridos para el presente trámite conforme al Art. 5º de la Ley Nº 26878 y el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos Vigente y cancelado los derechos administrativos correspondientes. Asimismo se indica que el terreno de 5,063.80 m2. de propiedad de la Asociación deVivienda Los Manzanos forma parte de un terreno mayor de 10,127.60 m2.; por lo cual también se deberá aprobar el Planeamiento Integral del mencionado terreno matriz con finesde obtener la Habilitación Urbana Parcial; Que, con el visto bueno de la Subgerencia de Planificación Urbana y Catastro; y, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerada y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972 y Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26878 -Ley General de Habilitaciones Urbanas y por el Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Artículo Primero .- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 020-05-SGPUC-GDU/MDA, elPlaneamiento Integral para Uso Residencial de Densidad Media R-4 y Comercio Vecinal C-2 del terreno de área 10,127.60 m2 constituido por el lote 28 del ex Fundo LaEstrella, ubicados con frente a la Av. Miguel Grau y la Av. Nicolás de Piérola; distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 021-05-SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada comoLote Único para Uso Residencial de Densidad Media R- 4, del terreno de 5,063.80m2, de extensión que forma parte de un terreno mayor de 10,127.60 m2 constituidopor el lote 28 del ex Fundo La Estrella, ubicado con frente a la Av. Miguel Grau, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE VIVIENDA LOS MANZANOS DE