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PÆg. 302940 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de octubre de 2005 Artículo 8º.- Definiciones Para efectos del presente Reglamento se entenderá por: 8.1 Deuda materia de refinanciamiento o Deuda principal: Es la deuda generada por el no pago o por el pago parcial del derecho de aprovechamiento luego del término de la zafra a que corresponde dicho derecho deaprovechamiento y que, calificando como deuda refinanciable y previa a la aplicación de intereses, es materia de refinanciamiento. 8.2 Amortización de la deuda: Es la parte de la deuda principal que es amortizada cada vez que el concesionario efectúa pagos en cumplimiento de sucronograma de pagos o de la aplicación del artículo 25ºy, de corresponder, de los artículos 26º y 30º del presenteReglamento. 8.3 Intereses: Son los intereses generados por la deuda principal a partir del día siguiente de finalizada la zafra en que se devengó el derecho de aprovechamientoimpago y hasta el término del plazo pactado para su pago.Se calcula de acuerdo a lo establecido por los artículos5º y 21º del presente Reglamento. 8.4 La deuda: Es la sumatoria de la deuda principal y los intereses devengados por ésta hasta la fecha de cancelación de la deuda materia de refinanciamiento. 8.5 La Comisión: Es la Comisión de Evaluación de las solicitudes de refinanciamiento de deuda por derechode aprovechamiento de contratos de concesión forestalcon fines maderables, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 7º del presente Reglamento. Capítulo II Procedimiento para acceder al refinanciamiento Artículo 9º.- Requisitos para solicitar el refinanciamiento de la deuda Los requisitos que deben cumplir los titulares de concesiones forestales con fines maderables para solicitarel refinanciamiento de su deuda, son los siguientes: a. Presentar solicitud dirigida a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre, suscrita por el concesionario o elrepresentante legal del titular de la concesión (FormatoNº 1), a la misma que se adjuntarán los AnexosNº 1(Relación de documentos que se adjuntas a la solicitud)y 2 (documentos señalados en los literales (b) a (h) del presente artículo) y, de corresponder, el Anexo Nº 3 (documentos señalados en el literal (i) del presenteartículo). b. Llenar la Hoja de Información General del Concesionario: Nombre del titular, Nº de contrato, nombredel representante legal, DNI, RUC, dirección, Nº de teléfono, fax, correo electrónico (Formato Nº 2). Esta hoja estará identificada con el literal “a” y formará parte delAnexo Nº 2 de la solicitud. c. Presentar copia del DNI del concesionario o del representante legal. Este documento estará identificadocon el literal “b” y formará parte del Anexo Nº 2 de la solicitud. d. Presentar copia del RUC del concesionario. Este documento estará identificado con el literal “c” y formaráparte del Anexo Nº 2 de la solicitud. e. Presentar la Propuesta de Pago de la Deuda, la misma que deberá incluir: monto de la deuda, período para su cancelación, período de aplazamiento (si correspondiera), número de cuotas y cronograma depagos (Formato Nº 3), de acuerdo a las condicionesestablecidas en el artículo 23º del presente Reglamento.Esta propuesta estará identificada con el literal “d” yformará parte del Anexo Nº 2 de la solicitud. f. Presentar copia legalizada del original de los siguientes documentos: vouchers, comprobantes de pagoy/o facturas por el pago del derecho de aprovechamientocorrespondiente a la(s) zafra(s) para la(s) que solicitarefinanciamiento. Estos documentos estarán identificadoscon el literal “e” y formarán parte del Anexo Nº 2 de la solicitud. g. Declaración Jurada, en caso de ser persona jurídica, señalando no encontrarse en situación deinsolvencia ni en proceso de liquidación judicial oextrajudicial, ni haber suscrito convenio de liquidación o haber sido notificado con una resolución disponiendosu disolución y liquidación, en mérito a lo señalado porla Ley General del Sistema Concursal, Ley Nº 27809(Formato Nº 4). Este documento estará identificado conel literal “f” y formará parte del Anexo Nº 2 de la solicitud. h. Presentar carta de compromiso indicando las garantías a presentar en caso de acceder alrefinanciamiento de la deuda, señalando si el otorgantees el titular del contrato y/o un tercero (Formato Nº 5).Este documento estará identificado con el literal “g” y formará parte del Anexo Nº 2 de la solicitud. i. Presentar los documentos a adjuntar a la solicitud de refinanciamiento, referidos a las garantías ofrecidas,señalados en el artículo 16º de este Reglamento, cuandocorresponda. Estos documentos formarán parte del AnexoNº 3 de la solicitud y se les asignarán los literales mediante los que se les identifica en el referido artículo. Artículo 10º.- Condiciones para la aprobación del refinanciamiento de la deuda Las condiciones que deben cumplir los titulares de concesiones forestales con fines maderables para la aprobación del refinanciamiento de su deuda, son los siguientes: a. Haber cumplido con la presentación de los requisitos establecidos en el artículo 9º del presenteReglamento. b. Haber formalizado las garantías de pago de la deuda de acuerdo a lo establecido en el Capítulo III delpresente Reglamento. c. Haber presentado la vigencia de poder (original) del representante legal, en caso de ser persona jurídica,la misma que deberá haber sido emitida con una antigüedad no mayor de treinta (30) días a la fecha de formalización de las garantías. d. Contar con Informe de Evaluación de la Solicitud favorable al refinanciamiento solicitado. e. Contar con Informe de Evaluación de las Garantías favorable al refinanciamiento solicitado. Artículo 11º.- Procedimiento de Refinanciamiento de la Deuda El procedimiento para el refinanciamiento de deudas por derecho de aprovechamiento es el siguiente: 11.1 Presentación de la solicitud El titular del contrato de concesión presentará su solicitud de refinanciamiento, de acuerdo a lo señaladoen el artículo 9º del presente Reglamento. La solicitud estará dirigida al Intendente Forestal y de Fauna Silvestre y podrá ser presentada en la Administración Técnica Forestal y de Fauna de lajurisdicción a que pertenece el contrato de concesión oen la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre. 11.2 Evaluación del expediente La Comisión evaluará el expediente de solicitud de refinanciamiento, verificando el cumplimiento de losrequisitos establecidos en el artículo 9º, luego de lo cualprocederá a elaborar y suscribir el informe correspondiente(Informe de Evaluación de la Solicitud – Formato Nº 6), remitiéndolo a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre. a. En caso de que el Informe de Evaluación de la Solicitud sea favorable al refinanciamiento solicitado y laIntendencia Forestal y de Fauna Silvestre lo encuentreconforme, lo suscribirá y notificará el mismo al concesionario, requiriéndolo a formalizar las garantías ofrecidas en los plazos establecidos en el artículo 18ºdel presente Reglamento (Formato Nº 7): a.1 Una vez formalizadas las garantías, La Comisión emitirá y suscribirá informe sobre las mismas (Informe de Evaluación de las Garantías – Formato Nº 8): a.1.1 De encontrar satisfactorias las garantías presentadas: