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PÆg. 303335 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de octubre de 2005 regularización, conforme a lo señalado en la presente ordenanza. Las cargas inscritas podrán levantarse, siempre y cuando sean subsanables técnicamente. Podránacogerse a los parámetros señalados en el artículo 3º dela presente Ordenanza. En los casos de cargas por déficit de estacionamiento, deberá acreditarse la adquisición del mismo hasta una distancia de 200 m. al predio materiade trámite. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Establézcase un Régimen Especial de Formalización de las edificaciones efectuadas a la fechaen el distrito de Ate. Para acogerse a este régimen, los propietarios de las edificaciones a que se refiere el artículo 2º, deberán iniciarel procedimiento de Regularización y/o Licencia de Obra Nueva conforme lo dispuesto en la presente Ordenanza. Los que se acojan al presente Régimen de Formalizacióngozarán de los beneficios siguientes: 1) No se aplicarán multas ni otras sanciones al procedimiento de formalización. 2) Se condonarán las sanciones aplicadas a las edificaciones a que se refiere el artículo 2º de la presenteOrdenanza que obtenga la licencia de Regularización,incluida las costas y gastos en caso de haberse iniciadoel proceso de Ejecución Coactiva. 3) Los expedientes de Regularización de Obras sin Licencia y Licencia de Obra que se encuentren en tramite a la entrada de vigencia de la presente ordenanza, podránacogerse a los beneficios que este otorga. 4) Será de aplicación sólo en aquellos casos en los que el propietario y/o posesionario viva o resida en elpredio y cuente con la factibilidad técnica para su regularización. No será de aplicación para empresas ni personas Jurídicas, sólo para personas naturales quetengan su propiedad. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano la ejecución de la Campaña, a la Gerencia de Rentas, Participación Ciudadana y Servicios Públicos la difusión de la misma. Tercera.- Encárguese al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ate, la facultad de aprobar mediante Decretode Alcaldía, las disposiciones reglamentaras y/ocomplementarias que sean necesarias para implementar y viabilizar la presente Ordenanza. Asimismo, mediante Decreto de Alcaldía podrá disponerse la prórroga para laampliación del plazo de presentación de solicitudes deacogimiento y/o ampliación de la vigencia de la presenteOrdenanza. Cuarta.- Establézcase un descuento del 20% de los derechos de trámite a los siguientes procedimientos: a) Certificados de Parámetros.b) Constancia de Posesión. Quinta.- Las constancias de posesión se otorgarán a aquellas sectores que se encuentren formalizadas por COFOPRI, que cuenten con Planeamiento Integral aprobado, Visación de Planos otorgado por estacorporación municipal o con expediente de habilitaciónurbana en trámite (se entiende con dictamen favorablede la Comisión de Habilitaciones Urbanas). DISPOSICIÓN FINAL Primera.- En áreas consolidadas como urbanas que no cuentan con Habilitación Urbana se otorga un plazode 90 días calendario para que las organizacionesvecinales y jurídicas presenten la documentación técnica requerida ante la municipalidad vía trámite de habilitación urbana ejecutada, caso contrario serán pasibles desanciones y multas conforme lo establecido en elReglamento de Sanciones (RAS ), aprobado conOrdenanza Nº 040-MDA. Segunda.- La presente Ordenanza se pondrá en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.Tercera.- Se excluyen de los beneficios y facilidades dispuestos en la presente Ordenanza a las edificacioneslevantadas en áreas de uso público, en áreasdeterminadas de alto riesgo, declaradas monumentohistórico, zonas arqueológicas, zonas de protección ytratamiento paisajístico o edificaciones levantadas en contravención de la normatividad sobre medio ambiente. Se excluye también las solicitudes de predios que tengan procesos judiciales pendientes respecto a lapropiedad. Para lo cual deberá adjuntar la DeclaraciónJurada de que no existe Proceso Judicial Pendiente. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde (e) 18424 Modifican la R.A. N” 0591 y designan funcionaria responsable del Portal deTransparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1599 Ate, 24 de octubre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Informe Nº 536-05-GP/MDA de la Gerencia de Planificación; el Informe Nº 2657-05-GAJ/MDA de laGerencia de Asuntos Jurídicos y el Proveído Nº 3442-05-GGM/MDA de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública,publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de abril de2003, establece que las Entidades de la Administración Pública difundirán a través de Internet, información de la Entidad; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobada por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM establece queel funcionario responsable del Portal de Transparenciadebe difundir y mantener actualizada la información en el citado Portal; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 62º establece lapresunción de desconcentración, determinando que seconsigne las tareas en los responsables de las oficinasque permitan actuar inmediatamente y tener mayor contacto con el tema a tratar; Que, a su vez el artículo 74º de la misma Ley, precisa que los Órganos de Dirección de las Entidades seencuentran liberadas de cualquier rutina de emitircomunicaciones y tareas de formalización de actosadministrativos con el objeto de concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación y evaluación de resultados, transfiriéndose a los órganosdependientes competencias con la finalidad deaproximarse a los administrados; Que, la Ordenanza Nº 038/MDA publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de noviembre de 2003, en su artículo 83º, Funciones de la Gerencia de Planificación, establece que se debe planificar, organizar, dirigir ycontrolar los sistemas de comunicación informáticos, asícomo las acciones relacionadas a la base de datos deinformación de la Gestión Municipal, en este contexto estafunción está siendo ejecutada por el Área de Informática de la Gerencia de Planificación; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0591 de fecha 20 de mayo de 2004, se designó al Sr. Edde CueéllarAlegría, funcionario municipal, como responsable del