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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (30/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 49

PÆg. 303325 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de octubre de 2005 contribuyentes por concepto de derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinacióndel tributo, incluyendo la distribución de la determinaciónde los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y JardinesPúblicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2006por cada predio. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Alcalde (e) 18420 Aprueban fechas de vencimiento de obligaciones tributarias para el Ejercicio 2006 ORDENANZA Nº 095-MDA Ate, 26 de octubre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 26 de octubre de 2005 y visto elDictamen 06-05-CR/MDA de la Comisión de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el Texto Único Ordenado de laLey de Tributación Municipal, el pago del Impuesto Predial, podrá efectuarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hastaen cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primeracuota hasta el último día del mes de febrero y las cuotasrestantes hasta el último día hábil de los meses de mayo,agosto y noviembre, según disposición establecida en el artículo 15º de la norma señalada. Que, los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo son de periodicidadmensual y que la Municipalidad Distrital de Atedeterminará y recaudará dichos arbitrios por períodostrimestrales. Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, estableceque el plazo para el pago de la deuda tributaria podráser prorrogado, con carácter general, por laAdministración tributaria. Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y de laTasa de Arbitrios Municipales de la jurisdicción del distritode Ate, para el ejercicio 2006. Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por unanimidad de los señoresregidores asistentes a la sesión de concejo y con ladispensa del trámite de lectura y aprobación de actas,se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS PARA EL EJERCICIO 2006 Artículo Primero.- VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL De conformidad con el artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal, el plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2006 vence:- Pago al contado : 28 de febrero - Pago fraccionado : Primera Cuota : 28 de febrero Segunda Cuota : 31 de mayoTercera Cuota : 31 de agostoCuarta Cuota : 30 de noviembre Respecto de los propietarios de un solo predio destinado a vivienda o terreno sin construir, se amplía elplazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2006,el mismo que vence: - Pago al contado : 31 de marzo - Pago fraccionado : Primera cuota : 31 de marzo Segunda cuota : 30 de junioTercera cuota : 29 de septiembreCuarta cuota : 29 de diciembre Artículo 2º.- VENCIMENTO PARA EL PAGO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES YJARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO La obligación de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2006vence: Primera cuota : 28 de febrero Segunda cuota : 31 de mayo Tercera cuota : 31 de agosto Cuarta cuota : 30 de noviembre Tratándose de propietarios de un solo predio dedicado a vivienda o terreno sin construir, la obligación de pagopara el ejercicio fiscal 2006 vence: Primera cuota : 31 de marzo Segunda cuota : 30 de junioTercera cuota : 29 de septiembreCuarta cuota : 29 de diciembre POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde (e) 18421 Regulan importes por concepto de Arbitrios de Limpieza Pœblica, Parques y Jardines Pœblicos y de Serenazgo para el Ejercicio Fiscal 2006 ORDENANZA Nº 096-MDA Ate, 26 de octubre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 26 de octubre de 2005 y visto elDictamen Nº 07-05-CR/MDA de la Comisión de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Locales pueden crear,modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar