NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 5
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 ECONOMÍA Y FINANZAS /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G6E/GE9/G20/G64/G65 /G69/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65 /G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61 /G53/G55/G4E/G41/G54 DECRETO SUPREMO Nº 111-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM y modificatorias, se dispuso la fusión por absorción de laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT con la Superintendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS, estableciéndose que toda referencia normativa a ADUANAS, o a las funciones que venía ejerciendo; se entenderá hecha a la SUNAT; Que conforme a lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria del Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF, la SUNAT otorgará carnés deidentificación a los representantes legales y auxiliares delos operadores de comercio exterior, los cuales deberánser exhibidos para la atención de todo trámite o diligenciaante la autoridad aduanera; Que el inciso d) del Artículo 14º del Decreto Ley Nº 26020, establece que la Superintendencia Nacionalde Aduanas, financiará su presupuesto con el productode los ingresos propios generados por los servicios que presta, los mismos, que deberán compensar los gastos incurridos en ellos; Que conforme a lo previsto en el Artículo 44º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444, se establece como condición para la procedencia del cobro por la expedición del referido carnéde identificación, que la entidad esté facultada paraexigirlo por una norma con rango de ley y que estéconsignado en su vigente Texto Único de ProcedimientosAdministrativos; Que el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, estableceen la Norma IV, cuarto párrafo, que la cuantía de las tasasse fija por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector competente y el Ministro de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 15º de la Ley Orgánica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, aprobada por el Decreto Ley Nº 26020, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,y la Norma IV del Texto Único Ordenado del CódigoTributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Créase la tasa por expedición de carné de identificación para los operadores de comercio exterior otorgado por la SUNAT. Artículo 2º.- Fíjase la cuantía de la tasa por expedición de carné de identificación para los operadores decomercio exterior otorgado por la SUNAT en el montoequivalente al 0.344% de la Unidad Impositiva Tributaria. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de agosto del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 15244/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G63/G61/G6D/G65/G6C/G6C/G6F/G73 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G69/G6E/G6F/G20/G64/G65/G4D/G61/G72/G72/G75/G65/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 429-2005-EF/15 Lima, 15 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Ica, departamento de Ica, mediante Acuerdo de Concejo Nº 081-2001-ACM- MPI de fecha 21 de setiembre de 2001, modificado por Acuerdos de Concejo Nºs. 120-2004-MPI y 019-2005-MPIde fechas 23 de setiembre de 2004 y 28 de enero de 2005, respectivamente, aceptó la donación efectuada por el Gobierno del Reino de Marruecos consistente en 20camellos, cuyo primer lote compuesto por 4 camellos llegó a nuestro país el año 2004; Que, el inciso k) del artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias,establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidadesy Dependencias del Sector Público siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, de acuerdo con el inciso b) del artículo 3º del Reglamento de la Inafectación del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo a lasDonaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2004- EF, corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas la aprobación de las donaciones a favor del Banco Centralde Reserva del Perú, Superintendencia de Banca y Seguros, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, la Ley Nº 27444 y el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación del primer lote compuesto por 4 camellos efectuada por el Gobierno delReino de Marruecos según Carta de fecha 27 de diciembre de 2004 de la Embajada del Reino de Marruecos en Lima, a favor de la Municipalidad Provincial de Ica, departamentode Ica, con eficacia anticipada al 21 de setiembre de 2001, fecha en que fue aceptada por Acuerdo de Concejo Nº 081-2001-ACM-MPI modificado por Acuerdos deConcejo Nºs. 120-2004-MPI y 019-2005-MPI. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) delartículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EFy normas modificatorias. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional deAdministración Tributaria - SUNAT - y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO-PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 15168 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 430-2005-EF/15 Lima 15 de agosto de 2005