NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 21
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G33/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Cielos del Perú S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 23628, 23629 y 23630, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes yComunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos Inspectores) US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto(por dos Inspectores) US$ 56.48 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15114 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G4D/G61/G72/G74/GED/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 592-2005-MTC/03 Lima, 1 de setiembre de 2005 VISTA, la solicitud con registro Nº 2005-006020 presentada por don NEHEMÍAS AGUINAGA MALCA, afin que se le otorgue concesión para prestar el servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, dispone que en materia de telecomunicaciones el Ministerio tiene entre otras funciones, otorgar y revocar concesiones, autorizaciones,permisos y licencias; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicacionesaprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, establece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión porcable que se presta en diversas modalidades, entre ellas, el cable alámbrico u óptico; Que, el artículo 94º del Texto Único Ordenado del citado Reglamento, define al servicio de distribución de radiodifusión por cable como aquel que distribuye señales de radiodifusión de multicanales a multipunto, a travésde cables y/u ondas radioeléctricas, desde una o más estaciones pertenecientes a un mismo sistema de distribución, dentro del área de concesión; Que, el artículo 126º del mismo Texto Único Ordenado, señala que los servicios de difusión de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorgaprevio cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley de Telecomunicaciones y su Reglamento, y se perfecciona con la suscripción de uncontrato escrito aprobado por el titular del Ministerio;Que, mediante el expediente de la vista, don NEHEMÍAS AGUINAGA MALCA. solicita que se leotorgue concesión para prestar el servicio de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de Soritor de la provinciade Moyobamba, del departamento de San Martín; Que, mediante Informes Nºs. 240-2005-MTC/ 17.01.ssp y 288-2005-MTC/17.01.ssp, la Dirección deConcesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, efectúa la evaluación integral de la solicitud de concesiónpresentada por don Nehemías Aguinaga Malca, concluyendo que la misma cumple con los requisitos establecidos por las normas vigentes en materia deservicios públicos de telecomunicaciones, y por tanto, recomienda se otorgue la concesión solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado porDecreto Supremo Nº 027-2004-MTC y su modificatoria, el reglamento de Organización y Funciones de este Ministerio aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el Texto Único de Procedimientos Administrativos de este Ministerio; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a don NEHEMÍAS AGUINAGA MALCA, concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, por el plazo de veinte (20)años, en el área que comprende el distrito de Soritor, de la provincia de Moyobamba, del departamento de San Martín. Artículo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesión a celebrarse con don NEHEMÍAS AGUINAGA MALCA, para la prestación del servicio público a que se refiere elartículo precedente, el cual consta de veinticinco (25) cláusulas y tres (3) anexos que" forman parte de la presente resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación de este Ministerio, suscriba el Contrato de Concesión quese aprueba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido Contrato y de las Addendasque se suscriban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publicadala presente resolución. Para la suscripción, la empresa solicitante deberá previamente cumplir con el pago por derecho de concesión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15109 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G61/G62/G6C/G65/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G74/G69/G70/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 593-2005-MTC/03 Lima, 1 de setiembre de 2005 VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2004- 020909 por doña CHRIS LAURA CASTILLO INGA, paraque se le otorgue concesión para la prestación del servicio