Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2005 (03/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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1993», de fecha 5 de octubre de 1994; Que, el Comentario Nº 27 del Informe N° 005-94-INOCI-O-AUD determina responsabilidad administrativa en los ex funcionarios MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora Adjunta de la OFECOD, y al Capitan EP (R) MORDAZA Ghersi MORDAZA, ex Director Zonal de Pucallpa de OFECOD, por el retiro de aproximadamente 11 toneladas de insumos quimicos de los Almacenes de la OFECOD, ubicados en Jr. MORDAZA Danigno N° 227, MORDAZA MORDAZA y en Batallon Armamento N° 512, Cuartel Barbones, Pucallpa, con destino desconocido; Que, la Recomendacion Nº 09 del Informe N° 005-94IN-OCI-O-AUD senala que la Direccion General de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas debe adoptar la medida de solicitar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, la apertura del MORDAZA Administrativo Disciplinario al personal responsable indicado en el Comentario Nº 27, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 150° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, el Informe Nº 005-94-IN-OCI-O-AUD fue elevado a conocimiento del Despacho Ministerial mediante el Oficio N° 830-94-IN-010405000000, de fecha 6 de octubre de 1994, por parte de la ex Inspectoria del Ministerio del Interior; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 2553-2004IN-0901 del 15 de diciembre de 2004, se designa la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para los efectos a que se contrae la Recomendacion Nº 09 del Informe N°005-94-IN-OCI-OAUD «Examen Especial en la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas. Periodo 1993»; Que, de conformidad a lo establecido en el articulo 173° del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, el MORDAZA administrativo disciplinario debe iniciarse en el plazo no mayor de un ano (1) contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la comision de la falta disciplinaria, bajo responsabilidad de la citada autoridad; agregando que vencido dicho plazo se declarara prescrita la accion, sin perjuicio del MORDAZA civil o penal a que hubiere lugar; Que, en tal sentido, teniendo en cuenta que el Titular del Sector tomo conocimiento del Informe N° 005--94IN-OCI-O-AUD, a traves del Oficio citado en el MORDAZA Considerando, se observa que han transcurrido mas de 10 anos, por tanto, la facultad de la Autoridad Administrativa para instaurar un MORDAZA administrativo disciplinario ha prescrito, siendo necesario formalizar su declaracion a traves de la presente Resolucion; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica, y de conformidad con el Decreto Legislativo N° 370 - Ley del Ministerio del Interior, el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y el Reglamento Inter no de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0520-2002-IN-0104. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar prescrita la accion para instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora Adjunta de la OFECOD, y el Capitan EP (R) MORDAZA Ghersi MORDAZA, ex Director Zonal de Pucallpa de OFECOD, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Sin perjuicio de lo resuelto en el articulo precedente, la Secretaria General adoptara las acciones necesarias a efectos que el Organo de Control Institucional del Ministerio del Interior determine las responsabilidades administrativas que correspondan por la falta de implementacion oportuna de la Recomendacion Nº 09 del Informe N° 005-94-IN-OCI-O-AUD «Examen Especial en la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas. Periodo 1993». Articulo 3°.- Notificar la presente Resolucion a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora Adjunta de la OFECOD, y al Capitan EP (R) MORDAZA Ghersi MORDAZA, ex Director Zonal de Pucallpa de OFECOD, con las formalidades de Ley. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA certificada de la presente Resolucion a la Oficina de Personal, al Organo de Control

Institucional y a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada por Resolucion Ministerial N° 2553-2004-IN-0901. Registrese y comuniquese MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 15073

JUSTICIA
Hechos Probados y Puntos Resolutivos de la Sentencia del Caso CDH Nº 11.016
(La Resolucion Suprema de la referencia fue publicada en nuestra edicion del dia 2 de setiembre de 2005) ANEXO - RESOLUCION SUPREMA Nº 206-2005-JUS CASO CDH Nº 11.016 MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAQUIYAURI VII HECHOS PROBADOS 67.) Con base en los hechos expuestos en la demanda, la prueba documental, las declaraciones de los testigos, los dictamenes de los peritos y las manifestaciones de la Comision, de la representante de las presuntas victimas y sus familiares y del Estado, la Corte considera probados los siguientes hechos:

Con respecto a la situacion del MORDAZA
67.a) Entre los anos 1984 y 1993 se vivia en el Peru un conflicto entre grupos armados y agentes de las fuerzas policial y militar, en medio de una practica sistematica de violaciones a los derechos humanos, entre ellas ejecuciones extrajudiciales, de personas sospechosas de pertenecer a grupos armados, practicas realizadas por agentes estatales siguiendo ordenes. 67.b) En varias oportunidades, durante este periodo, se decretaron estados de emergencia, incluso en la provincia de El Callao. 67.c) Particularmente, en el ano 1991 se llevaba a cabo un plan conocido como "Cerco Noventiuno", el cual fue disenado para capturar y ejecutar a perpetradores de actos terroristas.

Con respecto a MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paquiyauri
67.d) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paquiyauri nacio el 7 de febrero de 1974 en San MORDAZA, MORDAZA 29. Su hermano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paquiyauri nacio el 6 de febrero de 1977 en San MORDAZA, Lima. Ambos eran estudiantes en la epoca de los hechos31, y ocasionalmente ayudaban a su padre en diferentes labores, incluida la reparacion de buques. 67.e) En la manana del 21 de junio de 1991, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paquiyauri se dirigian al trabajo de su MORDAZA en la provincia de El Callao, cuando fueron interceptados y detenidos por agentes de la Policia Nacional Peruana33 que buscaban personas involucradas en supuestos actos terroristas, en cumplimento del plan "Cerco Noventiuno". 67.f) Luego de su detencion, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paquiyauri fueron arrojados al suelo, golpeados a puntapies, y un policia se paro sobre sus espaldas. En seguida los policias les cubrieron la MORDAZA y asi los arrastraron a la maletera de un auto patrullero. Estas acciones fueron captadas por camaras de television del Noticiero "90 segundos" difundido por el MORDAZA 2 de la television nacional peruana. 67.g) Los hermanos MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paquiyauri fueron entonces trasladados, bajo custodia policial, hasta un lugar llamado "Pampa de los Perros", donde fueron golpeados a culatazos de escopeta y posteriormente asesinados mediante disparos con

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