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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 armas de fuego en la cabeza, tórax y otras partes del cuerpo. 67.h) Aproximadamente una hora después de su detención, los cadáveres de Rafael Samuel y EmilioMoisés Gómez Paquiyauri fueron ingresados a la morgue del hospital San Juan, el cual actualmente se llama “Daniel Alcides Carrión”, como NN (No Identificados). 67. i) Antes de morir, Rafael Samuel y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri fueron objeto de torturas producidas por agentes de la Policía Nacional del Perú. 67.j) En la morgue, los cuerpos de Rafael Samuel y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri estaban llenos de sangre y tierra, sucios, mojados; había masa encefálica en suscabellos y Emilio tenía uno de sus dedos desprendidos. Ambos tenían los ojos vaciados. 67.k) Los agentes estatales involucrados en los hechos trataron de presentar ante la opinión pública a Rafael Samuel y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri como si hubieran sido terroristas, y su muerte se hubiera producidoen el marco de un enfrentamiento armado. Con respecto a las actuaciones internas 67.l) Los padres de las presuntas víctimas denunciaron los hechos el 25 de junio de 1991 ante la Fiscal Provincialde la Quinta Fiscalía en lo Penal. 67.m) Por otro lado, la Policía Nacional del Perú efectuó una investigación de los hechos, que resultó en el atestadopolicial Nº 281-IC-H-DDCV de 26 de junio de 1991. 67.n) Con base en la denuncia efectuada por los señores Gómez Paquiyauri y el atestado policial Nº 281-IC-H-DDCV, el 27 de junio de 1991, la Quinta Fiscalía en lo Penal formalizó denuncia penal, ante el juez instructor de turno, contra varios agentes de la Policía Nacional delPerú, entre ellos el sargento Francisco Antezano Santillán, el sub-oficial Ángel del Rosario Vásquez Chumo y el capitán César Augusto Santoyo Castro, por el delito dehomicidio calificado en agravio de Rafael Samuel y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri, tramitada en el Expediente 227-9245. Miguel Ángel Gómez Paquiyauri ante la Corteel 6 de mayo de 2004; y testimonio de Jacinta Peralta Allccarima ante la Corte el 6 de mayo de 2004. 67.o) El 21 de septiembre de 1992 el Quinto Juzgado Penal de El Callao rindió dictamen final de instrucción. 67.p) El 9 de noviembre de 1993 la Tercera Sala Penal de El Callao dictó sentencia (en adelante “la sentenciade 9 de noviembre de 1993”) 67.p.1) condenó al sargento Francisco Antezano Santillán como autor del delito de homicidio calificado en agravio de Rafael Samuel Gómez Paquiyauri y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri, y por el delito contra la funciónjurisdiccional en agravio del Estado, a la pena privativa de libertad de dieciocho años y a inhabilitación de dos años; 67.p.2) condenó al sub-oficial Ángel del Rosario Vásquez Chumo como cómplice, por el delito de homicidio calificado en agravio de Rafael Samuel Gómez Paquiyauri y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri, y por el delito contra la funciónjurisdiccional en agravio del Estado, a la pena privativa de libertad de seis años y a inhabilitación de dos años; 67.p.3) ordenó que los condenados pagaran a los familiares de las presuntas víctimas una reparación civil de veinte mil nuevos soles; 67.p.4) determinó la existencia de un autor intelectual de los hechos, el capitán de la Policía Nacional del Perú César Augusto Santoyo Castro, quien “indicó al operador Antezano Santillán que condujera en la maletera a losdetenidos […] con la finalidad de victimarlos y que esta orden le fue confirmada por la radio en el trayecto en el lugar señalado”. Al respecto, la sentencia ordenó que se reservara el juzgamiento al acusado César Augusto Santoyo Castro, y que se renovaran las órdenes para su ubicación, capturae internamiento en la cárcel pública; y, 67.p.5) concedió el recurso extraordinario de nulidad de oficio, y dispuso que se elevaran los autos a la CorteSuprema de Justicia de la República. 67.q) El 9 de junio de 1994 la Sala Transitoria Penal de la Corte Suprema del Perú dictó sentencia, la cual declaró que no había nulidad de la sentencia de 9 de noviembre de 1993 ( supra párr. 67.p), y confirmó las penas impuestas por la sentencia recurrida 49. 67.r) El 10 de noviembre de 1995 el señor Francisco Antezano Santillán obtuvo el beneficio de semi-libertady, el 18 de noviembre de 1994, el señor Ángel del Rosario Vásquez Chumo obtuvo el beneficio de libertad condicional. 67.s) El Estado ha emitido diversas órdenes de captura contra el Capitán César Augusto Santoyo Castro, sin que a la fecha haya sido detenido. Con respecto a los familiares de Rafael Samuel y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri 67.t) Los familiares de Rafael Samuel y Emilio Moisés Gómez Paquiyauri son: Marcelina Paquiyauri Illanes de Gómez, su madre; Ricardo Samuel Gómez Quispe, supadre; y Marcelina Haydée, Ricardo Emilio, Carlos Pedro, Lucy Rosa y Miguel Ángel, todos Gómez Paquiyauri, sus hermanos. 67.u) Producto de su relación con Jacinta Peralta Allccarima, Rafael Samuel Gómez Paquiyauri tuvo una hija, llamada Nora Emely Gómez Peralta, quien nació el27 de febrero de 1992; 67.v) Nora Emely Gómez Peralta no ha sido inscrita como hija de Rafael Samuel Gómez Paquiyauri, debidoal temor de su madre. 67.w) Después de la muerte de los menores, los familiares de Rafael Samuel y Emilio Moisés GómezPaquiyauri fueron acosados en diversas ocasiones por la DINCOTE. Oficiales de la DINCOTE visitaron la casa de la familia Gómez Paquiyauri varias veces, rompiendomuebles y colchones en busca de evidencia que mostrara que los jóvenes eran subversivos. Además, la DINCOTE enviaba citaciones para que la familia se apersonara aser interrogada en su dependencia, seguía constantemente a los miembros de aquélla y por la noche se estacionaban carros de la policía en la zona. En variasocasiones ofrecieron dinero a la familia, aparentemente enviado por jefes de la policía y otras autoridades. 67.x) Asimismo, varios miembros de la familia Gómez Paquiyauri fueron afectados por los hechos. Los padres de las presuntas víctimas acudieron a varios lugares en busca de justicia, sin obtener respuesta alguna. La señoraMarcelina Paquiyauri, madre de las presuntas víctimas, sufrió un deterioro en su salud. En los días posteriores a la muerte de sus hijos, lo s señores Gómez Paquiyauri abandonaron por algún tiempo sus actividades de trabajo, el padre tres semana soy la madre un año. La hermana mayor de los menores, Marcelina Haydeé Gómez Paquiyauri,quien se encontraba embarazada de 9 meses en la época de los hechos, se puso mal de los nervios y perdió su bebé algunos días después. En los días posteriores a la ejecución,Miguel Ángel sentía temor de permanecer solo en la casa y sufrió problemas para conciliar el sueño. Asimismo, al terminar la secundaria no pudo seguir estudiando por lascarencias económicas que sufría la familia. De igual manera que sus familiares, Lucy Rosa Gómez Paquiyauri sufrió padecimientos físicos como consecuencia de los hechos. 67.y) El 29 de octubre de 1992 la hermana de las presuntas víctimas, Lucy Rosa Gómez Paquiyauri, quien en ese momento tenía 16 años, fue detenida, y liberadacuatro años después. 67.z) La impunidad parcial existente en este caso sigue causando sufrimientos a los familiares de Rafael Samuely Emilio Moisés Gómez Paquiyauri. Con respecto a la representación de los familiares ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos y los gastos relativos a dicha representación 67.aa) CEAPAZ actuó en representación de las presuntas víctimas y sus familiares ante la Comisión Interamericana, por lo cual asumió una serie de gastos.La señora Mónica Feria Tinta actuó en representación de las presuntas víctimas y sus familiares ante la Corte Interamericana, por lo cual también asumió diversos gastos. XVIII PUNTOS RESOLUTIVOS 253. Por tanto, LA CORTE,DECLARA QUE: Por unanimidad,1. el Estado violó el Derecho a la Vida consagrado en el artículo 4.1 de la Convención Americana sobre