NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (04/09/2005)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de setiembre de 2005 los casos de duplicidad de funciones, efectuando las correspondientes observaciones, las cuales han sido recogidas en el presente; Que, el Decreto Supremo Nº 74-95-PCM, en su artículo 1º dispone que, la aprobación de los instrumentos de gestión, entre ellos, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), será de responsabilidad exclusiva decada entidad del Sector Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Orgánica del Ministerio deEconomía y Finanzas aprobada por el Decreto Legislativo Nº 183 y su modificatoria el Decreto Legislativo Nº 325, la Ley Nº 28112 y los artículos 4º, 5º y 6º de la LeyNº 27658; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modificar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía yFinanzas aprobado mediante Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03 y sus modificatorias, en lo concerniente a los Órganos que integran el Viceministrode Hacienda, según se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 15230 ENERGÍA Y MINAS /G52/G65/G73/G75/G65/G6C/G76/G65/G6E/G20/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G61/G20/G44/G75/G6B/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/G79/G20/G45/G67/G65/G6E/G6F/G72 /G53/G2E/G20/G65/G6E/G20/G43/G2E/G20/G70/G6F/G72/G20/G41/G2E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G2D/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G33/G38/G39/G2D/G39/G33/G2D/G45/G4D/G2F/G44/G47/G45/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G64/G65/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 360-2005-MEM/DM Lima, 31 de agosto de 2005 VISTO: El Expediente Nº 33014893 organizado por Duke Energy Egenor S. en C. por A. sobre autorización para desarrollar la actividad de generación de energíaeléctrica en la Central Termoeléctrica Chimbote, y la solicitud de modificación presentada el 1 de marzo de 2005; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 389-93-EM, de fecha 31 de diciembre de 1993, se otorgó autorización para desarrollar la actividad de generación de energíaeléctrica en la Central Térmica a Gas de Chimbote a favor de Electroperú S.A., con una potencia instalada de 62,24 MW; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 184- 96-EM/VME, Nº 204-97-EM/DGE y Nº 706-99-EM/VME, de fechas 19 de abril de 1996, 27 de mayo de 1997 y 21de diciembre de 1999, respectivamente, se transfirió la titularidad de la autorización señalada en el considerando precedente a favor de Egenor S.A.A.; Que, mediante documento presentado el 1 de marzo de 2005, ingresado bajo el Registro Nº 1519135, Duke Energy Egenor S. en C. por A. solicitó la modificación dela autorización mencionada en el primer considerando de la presente Resolución, a fin de reducir la potencia instalada de la Central Térmica a Gas de Chimbote de62,24 MW a 40,32 MW, por el retiro de la unidad TG2 de 21,92 MW; Que, mediante el Oficio Nº 2993-2005-OSINERG- GFE, ingresado bajo el registro Nº 1551087, de fecha 4 de agosto de 2005, OSINERG informó a la Dirección General de Electricidad que el retiro de la unidad TG2 noafectará el Servicio Público de Electricidad; Que, debido a una serie de cambios en la razón social de la empresa, a la fecha, la titular quedó registrada comoDuke Energy Egenor S. en C. por A. de acuerdo al Asiento B00010 de la Partida Nº 11018850 del Registros de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, cuya copia obra en el Expediente, y no obstante no haber sido materia desolicitud de modificación de autorización por este concepto, en aplicación del numeral 1.3 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del ProcedimientoAdministrativo General y el numeral 3 del Artículo 75º de la misma Ley, concordante con el ítem AE02 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energíay Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-EM, se procedió a encausar de oficio el procedimiento de modificación del titular de la autorización; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el ítem AE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energíay Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002- EM, y cuenta con la opinión a que se refiere el informe Nº 211-2005-DGE-CEL, siendo procedente aprobar lamodificación solicitada; Estando a lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas,aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Tener a Duke Energy Egenor S. en C. por A. como titular de la Autorización otorgada por la Resolución Ministerial Nº 389-93-EM/DGE de fecha 31de diciembre de 1993, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica a Gas de Chimbote. Artículo 2º.- Aprobar la modificación de la Autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica a Gas de Chimbote,reduciendo su potencia instalada de 62,24 MW a 40,32 MW. Artículo 3º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, enparticular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial Nº 389- 93-EM/DGE y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y por cuenta del interesado, dentro de cinco (5) díascalendario siguiente a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 15129 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G45/G53/G53/G41/G4C/G55/G44/G20/G61/G4D/GE9/G78/G69/G63/G6F/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 039-2005-TR Lima, 2 de setiembre de 2005 Vistos, la Carta s/n de fecha 22 de agosto de 2005 del Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social, y los Oficios Nºs. 524 y 587-PE-ESSALUD-2005, del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud(ESSALUD); y, CONSIDERANDO:Que, el Centro Interamericano de Estudios de Seguridad Social (CIESS) con el copatrocinio de la OrganizaciónPanamericana de la Salud y la Organización Mundial de la Salud, ha organizado el Curso - Taller "Legislación de Salud: La Regulación como Elemento Esencial de la Rectoría en