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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (04/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de setiembre de 2005 los viajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación deCategoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a travésde la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y enlos estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta OPS.300/ 05, del 14 de julio de 2005, en el marco de los Procedimientos Nºs. 13 y 15 de la sección correspondiente a la Dirección General de AeronáuticaCivil (Inspección Técnica a Bases y Estaciones para Establecimiento o Actualización de Especificaciones de Operación e Inspección Técnica para Ampliación de Rutasen Permisos de Operación Internacionales para empresas Nacionales), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Com unicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar la inspeccióntécnica por certificación ETOPS (extended range operation with two-engine airplanes) en el equipo Boeing 767 e inspección técnica de la estación de la empresaLan Perú S.A., en la ciudad de Los Angeles, durante los días 7 al 9 de setiembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 22498, 22499 y 22500, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere elconsiderando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspección Nºs. 1581-2005-MTC/12.04-SDO y 1582-2005-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Alfredo Federico Alvarez Zevallos y Guillermo Julio Rivero Pun, respectivamente, para realizar la inspección técnicapor certificación ETOPS en el equipo Boeing 767 e inspección técnica de la estación de la empresa Lan Perú S.A., en la ciudad de Los Angeles, Estados Unidos deAmérica, durante los días 7 al 9 de setiembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas aque se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 1581- 2005-MTC/12.04-SDO y 1582-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Alfredo Federico Alvarez Zevallos y Guillermo Julio Rivero Pun, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudadde Los Angeles, Estados Unidos de América, durante los días 7 al 9 de setiembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nºs. 22498, 22499 y 22500, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (por dos inspectores) US$ 1,320.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 56.48 (por dos inspectores) Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en el Artículo 1º de la presenteResolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copiaa la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viajeautorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15193 VIVIENDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G73 /G71/G75/G65/G20/G73/G65/G72/GE1/G6E/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G6D/G61/G71/G75/G69/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 209-2005-VIVIENDA Lima, 2 de setiembre de 2005 Vistos; el Oficio Nº 122-MDTA-AD-2004, de fecha 22 de julio de 2004, presentado por la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru, provincia de Canas, departamento deCusco; el Informe Técnico Nº 035-2005-VIVIENDA/VMCS/ PREBAM-ARR, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 069-2005-VIVIENDA/CGP,del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se dispuso la adquisición de maquinaria para la industria del calzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China con la finalidad de equipar apequeños y microempresarios; dicha norma fue modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizó a destinar y transferir hasta el cincuentapor ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país; asimismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se modificó el Decreto de Urgencia Nº 023-97 disponiendo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidadde donación a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del PoderEjecutivo, determinándose el número de Ministerios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido paratodos sus efectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, según corresponda, asumía las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del