NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (04/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 13
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 4 de setiembre de 2005 Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento deOrganización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando suacceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centrosde población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Honorato Ttito Quispe, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento la donación de maquinarias para la industria de cuero; Que, mediante Memorándum Nº 178-2005/VIVIENDA- VMCS-PREBAM, el Programa de Equipamiento Básico Municipal remitió el Informe Técnico Nº 035-2005/ VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a través del cualexpresó su conformidad en atención a las consideraciones técnicas del expediente de solicitud de donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el ProcedimientoAdministrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos,aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016- 2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de la maquinaria detallada en el Anexo que forma parteintegrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1,que forman parte integrante de la presente Resolución, a favor de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru, provincia de Canas, departamento de Cusco, con lafinalidad de implementar un maquicentro para el Colegio Secundario Integrado al 56117 de Ccochapata Libertador Túpac Amaru; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo 1, que forma parte integrante de lapresente Resolución, valorizadas en S/. 8,012.70 (Ocho Mil Doce y 70/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru, provincia deCanas, departamento de Cusco, con la finalidad de implementar el maquicentro para el Colegio Secundario Integrado al 56117 de Ccochapata Libertador Túpac Amaru. Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar porque se cumpla con la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloría General de la República dentro de lostérminos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUDECINDO VEGA Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 15222 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 210-2005-VIVIENDA Lima, 2 de setiembre de 2005Vistos; el Oficio Nº 147-MDO-ALCALDIA, de fecha 23 de octubre de 2004, presentado por la Municipalidad Distritalde Omia, provincia de Rodríguez de Mendoza, departamento de Amazonas; el Informe Técnico Nº 007-2005-VIVIENDA/ VMCS/PREBAM-ARR, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 071-2005-VIVIENDA/CGP, del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se dispuso la adquisición de maquinaria para la industriadel calzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; dicha norma fuemodificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizó a destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos víael Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país; asimismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086- 97 se modificó el Decreto de Urgencia Nº 023-97disponiendo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de donación a los centros educativos estatales y aorganizaciones sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios, entrelos cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía lascompetencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y losórganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento deOrganización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando suacceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centrosde población y sus áreas de influencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Silvio Torres Chuquival, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Omia, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento la donación de maquinaria para la industria del cuero; Que, mediante Memorándum Nº 177-2005/VIVIENDA- VMCS-PREBAM, el Programa de Equipamiento Básico Municipal remitió el Informe Técnico Nº 007-2005/ VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a través del cualexpresó su conformidad en atención a las consideraciones técnicas del expediente de solicitud de donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipamiento Básico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el ProcedimientoAdministrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos,aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016- 2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de la maquinaria detallada en el Anexo que forma parteintegrante de la presente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1,que forman parte integrante de la presente Resolución, a favor de la Municipalidad Distrital de Omia, provincia de Rodríguez de Mendoza, departamento de Amazonas, conla finalidad de implementar un maquicentro para el Centro Educativo Secundario de Menores "Antonio Raimondi" de Omia;