NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (13/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 36
TEXTO PAGINA: 23
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G31/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de setiembre de 2005 De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; en concordancia con elarticulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, queregula la autorización de viajes al exterior de servidoresy funcionarios públicos; el inciso c) del articulo 7º de laLey Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Publicopara el año Fiscal 2005; y el Decreto de Urgencia Nº 015- 2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar, la delegación que participará en la Décimo Segunda Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América, que se llevará a cabo en laciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia,del 19 al 23 de setiembre de 2005, la misma que estaráintegrada por: - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Carlos Felipe Alzamora Traverso, Asesorprincipal para las Negociaciones con Estados Unidos deAmérica sobre el Tratado de Libre Comercio, quien lapresidirá; - Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel,Subsecretario de Asuntos Económicos y Jefe del GrupoNegociador del Ministerio de Relaciones Exteriores; - Ministra en el Servicio Diplomático de la República, Silvia Elena Alfaro Espinosa, funcionaria de laSubsecretaría de Asuntos Económicos y NegociacionesEconómicas Internacionales; - Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Hernán Alejandro Riveros Nalvarte; funcionariode la Embajada del Perú en Estados Unidos; - Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, funcionario de laSubsecretaría de Asuntos Económicos y NegociacionesEconómicas Internacionales; y, - Consejero en el Servicio Diplomático de la República, Italo Acha Puertas, funcionario de la Embajada del Perúen Estados Unidos. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación de los mencionados funcionarios seráncubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) díasal término de la referida comisión, de acuerdo al siguientedetalle: Nombres y Apellidos Pasajes Número Viáticos Viáticos Tarifa US$ De Por día Total Aeropuerto Días US$ US$ US$ Gonzalo Alfonso 630.00 5+1 200.00 1,200.00 28.24 Gutiérrez Reinel Silvia Elena 630.00 5+1 200.00 1,200.00 28.24 Alfaro Espinosa Roberto Rafael Max 630.00 5+1 200.00 1,200.00 28.24 Rodríguez Arnillas Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la participación del Embajador Carlos Alzamora Traverso, así como la del Ministro Consejero Hernán Riveros Nalvarte y Consejero Italo Acha Puertas, serán asumidos por el programa para gastos de funcionamiento de la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, con cargo a posterior reembolso del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de las referidas reuniones, los citados funcionarios deberán presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado.Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15685 SALUD /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61 /G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G58/G49/G49 /G52/G6F/G6E/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G4E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G4C/G43 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 027-2005-SA Lima, 12 de setiembre del 2005 CONSIDERANDO: Que en la ciudad de Cartagena de Indias - Colombia, del 19 al 23 de septiembre de 2005, en el marco de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre el Perú y los Estados Unidos de América se realizará la XII Ronda de Negociación del Tratado de Libre Comercio Países Andinos - EE.UU.; Que el 18 de septiembre de 2005 se realizará una reunión de coordinación previa entre los equipos negociadores como parte del proceso de las negociaciones de la XII Ronda de Negociación del Tratado de Libre Comercio Países Andinos - EE.UU.; Que es pertinente autorizar el viaje de tres (3) funcionarios del Ministerio de Salud, a fin de que participen en dicha reunión, que será financiado por el Pliego 011 - Ministerio de Salud; Con la visación del Viceministro de Salud; y,De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27619, artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 28427, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Rubén Darío ESPINOZA CARRILLO, Asesor II del Despacho Ministerial, Dra. Rosa Amelia VILLAR LÓPEZ, Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas y Dra. Laura Octavia CERON ARAGON, Químico Farmacéutico de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del 17 al 24 de septiembre de 2005, para los fines descritos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, por cada funcionario, serán cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administración Central - MINSA, del Pliego 011 - Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes US$ 850.00 - Viáticos US$ 1 600.00 - Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 ------------------- TOTAL US$ 2 478.24 c/u Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios cuyo viaje se autoriza, deberán presente un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuesto o derecho aduanero cualquiera fuera su clase o denominación.