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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (13/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G31/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 13 de setiembre de 2005 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 15737 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G20 /G50/G6F/G72/G74/G75/G61/G72/G69/G61/G20 /G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20 /G65/G6E /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 022-2005-MTC Lima, 31 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley Nº 27943, establece que la Autoridad Portuaria Nacional es un Organismo Público Descentralizado encargado delSistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que tiene como órgano máximo al Directorio, el mismo que se encarga de su administración; Que, conforme al Artículo 25º de la citada Ley y al Artículo 109º del Reglamento de la misma, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional está conformado por once directores, entre los que se encuentran seis (6) representantes nombrados por acuerdo del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolución Suprema Nº 023-2004-MTC se nombró al señor José Ugarte Maggiolo, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional en reemplazo del señor Waldo Mendoza Bellido, quien a su vez, había sido nombrado mediante Resolución Suprema Nº 007-2004-MTC; Que, de acuerdo a la Sétima Disposición Transitoria y Final del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario, Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC, para el primer Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, el período del nombramiento del representante del Ministerio de Economía y Finanzas es de un (1) año; Que, dado que el plazo del nombramiento del señor José Miguel Ugarte Maggiolo venció el día 24 de marzo del 2005, es necesario designar al nuevo representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Autoridad Portuaria Nacional; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nº 27594 y Nº 27943 y el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como miembro del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional en representación del Ministerio de Economía y Finanzas a la señora María Soledad Guiulfo Sánchez-Durand. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes yComunicaciones y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 15701 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 601-2005-MTC/02 Lima, 6 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público,de funcionarios, servidores públicos o representantes delPoder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundopárrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedanprohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, en cuyos casos los viajes seránautorizados a través de resolución del Titular del Pliegorespectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticosinternacionales establecidos en el Convenio de Chicagosobre Aviación Civil y poder mantener la calificación deCategoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a travésde la ejecución de inspecciones técnicas a losexplotadores aéreos en el país, basado en lasdisposiciones establecidas en el citado Convenio y enlos estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta OPS.300/ 05, del 14 de julio de 2005, en el marco de losProcedimientos Nºs. 13 y 15 de la seccióncorrespondiente a la Dirección General de AeronáuticaCivil (Inspección Técnica a Bases y Estaciones para Establecimiento o Actualización de Especificaciones de Operación e Inspección Técnica para Ampliación de Rutasen Permisos de Operación Internacionales para empresasNacionales), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Com unicaciones, aprobado por Decreto