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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de abril de 2006 al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719- 91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM -Reglamento de la Leyde Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 3 de agosto de 2004, legalizado por el Consulado General delPerú en Boston, Massachusetts, se observa que Partners in Health, ha efectuado una donación a favor de la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, los bienes donados consisten en 1 bulto conteniendo 1,000 cartones x 30 sachets de 4g de Ácido Para-aminosalisílico (PASER), con un peso brutomanifestado de 250.00 kilos y un peso bruto recibido de 257.00 kilos según Declaración Única de Aduanas Nº 235-2004-10-065013-01-6-00 de fecha 11-Ago-04 yVolante Nº 00990801, Y un valor CIF de US$ 49,978.20 (Cuarenta mil novecientos setentaiocho y 20/100 Dólares americanos), que serán distribuidas gratuitamente a lospacientes que se encuentran registrados en la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis (ex Programa Nacional de Control deTuberculosis) del Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad deaprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD - PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primerconsiderando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor Partners in Health, a favor de la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuadapor Partners in Health a favor de la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, consistente en 01 bulto conteniendo 1,000 cartones x 30 sachets de 4g de ÁcidoPara-aminosalisílico (PASER), con un peso bruto manifestado de 250.00 kilos y un peso bruto recibido de 257.00 kilos según Declaración Única de AduanasNº 235-2004-10-065013-01-6-00 de fecha 11-Ago-04 y Volante Nº 00990801, y un valor CIF de US$ 49,978.20 (Cuarenta mil novecientos setentaiocho y 20/100 Dólaresamericanos), que serán distribuidas gratuitamente a los pacientes que se encuentran registrados en la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de laTuberculosis (ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) del Ministerio de Salud. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05963RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0388-2006-RE Lima, 31 de marzo de 2006Visto, el expediente 1943-2006, presentado por la ASOCIACIÓN VIDA PERU, mediante el cual solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares, con sede en la ciudad de Emeryville, California, Estados Unidos de Norteamérica. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 28 de abril de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en San Francisco, Estados Unidos de Norteamérica, se observa que Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares han efectuado una donación a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ; Que, los bienes donados consisten 3308 bultos conteniendo, productos farmacéuticos y suplementos médicos, amparado con DUA Nº 118-2005-10-077218- 01-6- 00 de fecha 31/05/2005, con un peso bruto manifestado de 10,730.60 kilos y un peso bruto recibido de 10,730 kilos, valorizado en US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 dólares americanos), está donación será distribuida entre los beneficiarios que la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ seleccione; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares a favor de la ASOCIACIÓN VIDA PERÚ, consistente en 3308 bultos conteniendo, productos farmacéuticos y suplementos médicos, amparado con DUA Nº 118-2005-10-077218- 01-6-00 de fecha 31/05/2005, con un peso bruto manifestado de 10,730.60 kilos y un peso bruto recibido de 10,730 kilos, valorizado en US$ 10,000.00 (Diez mil y 00/100 dólares americanos), está donación será