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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (03/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G38/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de abril de 2006 gastronómicas, así como innovando y perfilando con éxito su calidad; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto SupremoNº 006-2006-ED; SE RESUELVE:Artículo Único.- Instituir el Premio denominado “MANKA”, a través del cual el Ministerio de Educaciónreconoce a los cultores de la gastronomía peruana; el mismo que se otorgará anualmente, y contará con dos categorías: - Premio “MANKA” a Investigadores y Promotores, destinado a aquellas personalidades que estudian ypromueven la cultura gastronómica peruana. - Premio “MANKA” a Maestros del Arte Culinario, destinado a los maestros de cocina de reconocidatrayectoria que con su técnica y talento preservan y enriquecen las tradiciones de la gastronomía peruana. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 06010 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G61/G72/G74/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G61/G75/G67/G75/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G53/G65/G64/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G69/G62/G6C/G69/G6F/G74/G65/G63/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0166-2006-ED Lima, 24 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 0001-2006-ED, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación para el Ejercicio Presupuestal 2006,correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa de Educación Básica Para Todos, 027: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primariay 029: Programa Huascarán; Que, mediante Memorándum Nº 190-2006-SG-OPYC- ME, la Oficina de Prensa y Comunicaciones, manifiestala necesidad de contratar los servicios artísticos y profesionales de producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sede de la BibliotecaNacional del Perú, para lo cual propone al señor Eduardo San Román Orams, considerando que de acuerdo a la experiencia, habilidad y destreza debidamente acreditadapor dicha persona, la prestación de sus servicios puede calificarse como personalísimos, de acuerdo a lo señalado en el inciso f) del artículo 19º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004- PCM, y el artículo 145º de su Reglamento, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en consecuencia, es necesario incluir el proceso de selección que se debe ejecutar para concretar lacontratación del citado servicio artístico y profesional en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 024: Sede Central, para el ejerciciofiscal 2006 del Ministerio de Educación; Que, en mérito al artículo 11º de la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2006; y el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el proceso de selección que corresponde llevar a cabo es unaAdjudicación Directa Selectiva; Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estipula queel Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metaspropuestas y en el caso en que se tenga que incluir o excluir procesos de selección. Asimismo, el artículomencionado indica que la aprobación y difusión de las modificaciones se hará de la forma prevista en los artículos 25º y 26º del Reglamento, respectivamente; Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que el Plan Anual será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad y, por suparte, el artículo 26º de dicho cuerpo normativo estipula que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el documento que lo apruebe deberán ser publicados porcada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles de ser aprobado; Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directao Adjudicación de Menor Cuantía, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezcael Reglamento de la citada Ley; Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala quecuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales —entre otros—, procede la exoneración por servicios personalísimos paracontratar con personas naturales o jurídicas notoriamente especializadas, siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados,apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar su adecuación para asumir la complejidad del objeto contractual; Que, a través del Informe Técnico Nº 002-2006-SG- OPYC-ME, Oficina de Prensa y Comunicaciones del Ministerio de Educación sustenta la contratación directade los servicios artísticos y profesionales de producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú al señorEduardo San Román Orams, al haberse configurado el supuesto de exoneración por servicios personalísimos al que se refiere el literal f) del artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con relación a lo anterior, el citado Informe concluye que se evidencia la notoria especialización artística y profesional del señor Eduardo San Román Orams, puesto que su experiencia, habilidad y destrezapara el diseño, puesta en escena, la producción y dirección general y artística de eventos de reconocida calidad en el Perú y en el extranjero, permiten sustentar de formarazonable que está en aptitud de asumir satisfactoriamente la complejidad de las exigencias de producción general y realización del evento de inauguración de la Nueva Sedede la Biblioteca Nacional del Perú; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal a través del Informe Nº 0410-2006-ME/SG-OAJ,conforme a lo dispuesto en el artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las exoneraciones a que serefiere el artículo 19º, entre ellas, los servicios personalísimos, se aprobarán mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, siendo esta facultadindelegable; Que, según la norma antes mencionada, una copia de la Resolución aprobatoria con el Informe que losustenta deben remitirse a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titulardel Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneración del proceso de selección correspondiente, para contratar de forma directamediante acciones inmediatas el citado servicio de asesoría legal especializada, en aplicación del artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que, mediante Hoja de Coordinación Interna Nº 242- 2006-ME/SPE-UP, el Jefe de la Unidad de Presupuestoopina favorablemente con respecto a la disponibilidad presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la presente Resolución; y,