Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (03/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de abril de 2006 Pedagógica del Ministerio de Educación, que a continuación se detalla: - Doña Miriam Janette Ponce Vértiz como Directora Nacional de Educación Básica Regular y encargada de la Dirección de Educación Inicial. - Don César Antonio Uribe Neyra como Director de Educación Primaria. - Don Guillermo Manuel Molinari Palomino como Director de Educación Secundaria y encargado de laDirección de Investigación, Supervisión y Documentación Educativa. - Don Armando Ruiz Tuesta como Director Nacional de Educación Básica Alternativa y encargado de la Dirección Nacional de Educación Comunitaria y Ambiental. - Don César Delgado Herencia como Director de Programas de Educación Básica Alternativa. - Doña Martha Rosa Villavicencio Ubillús como Directora de Alfabetización. - Don Silvestre Zenón Depaz Toledo como Director Nacional de Educación Superior y Técnico Profesional yencargado de la Dirección de Coordinación Universitaria. - Don Guillermo Esteban Sánchez Moreno Izaguirre como Director de Educación Superior Pedagógica. - Don Francisco Armando Quispe Freyre como Director de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva. - Don Heriberto Bustos Aparicio como Director Nacional de Educación Intercultural, Bilingüe y Rural y encargado de la Dirección de Educación Rural. - Don Modesto Gálvez Ríos como Director de Educación Intercultural y Bilingüe. - Doña Clemencia Elisa Vallejos Sánchez como Directora Nacional de Educación Básica Especial. - Doña Doris Renata Teodori de la Puente como Directora de Promoción Escolar, Cultura y Deporte. - Don Francisco Javier Marcone Flores como Director de Tutoría y Orientación Educativa. Artículo 2º.- Dar por concluida a partir de la fecha las designaciones realizadas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 0164-2005-ED, 0696-2005-ED, 0207-2005-ED, 0683-2005-ED, 0741-2005-ED, 0697-2005-ED, 0022-2005-ED, 0091-2004-ED, 0094-2004-ED, 0093- 2004-ED, 00659-2004-ED, 068-2002-ED, 306-2002-ED,0087-2006-ED, 0088-2006-ED, 0245-2004-ED, 0087- 2004-ED, 0750-2005-ED, 0749-2005-ED, 0103-2004-ED, 0756-2005-ED, cargos considerados de confianza,dándoseles las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 06024 /G43/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G6E/G20 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20 /G64/G65 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G63/G61/G72/G72/G65/G72/G61/G73/G20 /G64/G65/G20 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20 /G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G73/G73/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G74/G65/G63/G6E/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G70/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0227-2006-ED Lima, 24 de marzo de 2006 Visto, el Expediente Nº 76982-2005-ED de la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitanay demás documentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento de Creación, Autorización y Revalidación de Funcionamiento de Instituciones deEducación Superior No Universitaria de Formación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014- 2002-ED, en su artículo 41º dispone que los InstitutosSuperiores Tecnológicos cada cuatro años deberán revalidar sus autorizaciones de funcionamiento institucional y de cada una de las carreras profesionales.Las autorizaciones de funcionamiento institucional y de las carreras profesionales que no sean revalidadas dentrodel plazo señalado en la citada norma, quedarán automáticamente canceladas; Que, por otra parte, el referido Decreto Supremo Nº 014-2002-ED, faculta al Ministerio de Educación aexpedir las Disposiciones Complementarias que se requieran para la mejor aplicación del Reglamento de Creación, Autorización y Revalidación de Funcionamientode Instituciones de Educación Superior No Universitaria de Formación Tecnológica; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 0175- 2003-ED, se aprobó las normas para la ejecución del Proceso de Revalidación de Autorizaciones de Funcionamiento de las Instituciones de EducaciónSuperior No Universitaria de Formación Tecnológica, estableciéndose en el numeral 5.5 del artículo 5º, que el plazo para la presentación de la solicitud de revalidaciónes improrrogable; asimismo, dispone la cancelación automática de las autorizaciones de funcionamiento institucional y de las carreras profesionales de losInstitutos Superiores Tecnológicos privados que no soliciten su revalidación en el plazo establecido; Que, en virtud a la facultad otorgada por el Decreto Supremo Nº 001-2005-ED, el Ministerio de Educación expidió la Resolución Directoral Nº 136-2005-ED, estableciéndose el plazo de 30 días hábiles, a partir deldía 27 de mayo al 8 de Julio de 2005, para el ingreso de las solicitudes de revalidación de las autorizaciones de funcionamiento institucional y de carreras de los IST quehayan incurrido en extemporaneidad en la presentación de sus respectivos expedientes; Que, el Instituto Superior Tecnológico Privado "Instituto Profesional de Altos Estudios Comerciales", comprendido en el expediente de Visto remitido por la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana,no ha cumplido con presentar su solicitud de revalidación institucional y de sus carreras en los plazos referidos en los considerandos precedentes, informándose además,que a la fecha no viene funcionando, por lo que corresponde cancelar su respectiva autorización de funcionamiento institucional y de carreras; Que, en el marco del Proceso de Revalidación, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 001-2005-ED, autoriza a la Dirección Nacional de Educación Secundariay Superior Tecnológica a emitir las Resoluciones respectivas, según corresponda; Estando al Informe Nº 312-2006-DINESST/UFP, de fecha 22 de marzo de 2006, de la Unidad de Formación Profesional de la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 006-2006-ED, 014-2002-ED, 001-2005-ED, la Resolución Ministerial Nº 0091-2006-ED, 113- 2006-ED y la Resolución Viceministerial Nº 0175-2003- ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CANCELAR la autorización de funcionamiento institucional y de carreras del InstitutoSuperior Tecnológico Privado, que a continuación se detalla: CÓDIGO NOMBRE DEL IST DISPOSITIVO DIRECCIÓN DI STRITO/ MODULAR (G estión) DE AUTORI- PROVINCIA/ ZACIÓN DEPARTA MENTO 1231976 Instituto Superior R.M. Nº 300-98-ED Av. Nueva T oledoDistrito Cineguilla, Tecnológico Privado Nº 235-A provincia Lima y "Instituto Profesional departamento Lima de Altos EstudiosComerciales" Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana adoptar las acciones convenientes para el adecuado y estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO MOLINARI PALOMINO Director Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica 05983