TEXTO PAGINA: 15
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G30/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 3 de abril de 2006 Benavides, en la Oficina Descentralizada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Tacna, por treinta (30) días, a partir del 12 de marzo de 2006, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo segundo.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución será cubiertopor el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor a ocho (8) días altérmino de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Pasajes Viáticos Número T otal T arifa Apellidos Aéreos por día De Viáticos Aeropuerto US$ S/. días S/. S/. José Augusto Tenorio Benavides ------------ 135.00 30 4,050.00 ------------ Artículo tercero.- Dentro de los ocho (8) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el citado funcionario diplomático deberá presentar uninforme ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 05968 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G61/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6C/G76/G61/G64/G6F/G72/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 268-2006-MTC/02 Lima, 30 de marzo de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006, que modifica el inciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, los viajes alexterior de funcionarios y servidores públicos quedan prohibidos, exceptuándose a los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212y los Titulares del Pliego, asimismo los destinados al desarrollo de funciones en el marco de las negociaciones orientadas a la suscripción de los Tratados de LibreComercio, a efectuar acciones de promoción y/o negociación económica comercial de importancia para el Perú y los que resulten indispensables para asegurarel cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del año 2006, los que serán aprobados conforme al procedimiento establecido por la Ley Nº 27619, y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de lealcompetencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y poder mantener la calificación otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, la empresa Taca Perú S.A., con Carta TP-073- 03-06, presentada el 23 de marzo de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 11 de la sección correspondiente ala Dirección General de Aeronáutica Civil (Inspección Técnica a Aeronaves), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Com unicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar las inspeccionestécnicas para las renovaciones de Constancias de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matrícula N-492TA y Airbus 319 de matrícula N-479TA, así comopara la expedición de Constancia de Conformidad a la aeronave Airbus 321 de matrícula N-568TA de la empresa Taca Perú S.A., en la ciudad de San Salvador,República de El Salvador, durante los días 3 al 8 de abril de 2006; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 5164 y 9167, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerandoanterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido las Órdenes de Inspección Nºs. 556-2006-MTC/12.04-SDA y 557-2006-MTC/12.04-SDA designando a los Inspectores Verónica Yamila Chávez Faiad y Filiberto Cárdenas Chávez, respectivamente, para realizar las inspecciones técnicaspor renovación de Constancias de Conformidad a las aeronaves Airbus 320 de matrícula N-492TA y Airbus 319 de matrícula N-479TA, así como por expedición deConstancia de Conformidad a la aeronave Airbus 321 de matrícula N-568TA de la empresa Taca Perú S.A., en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador,durante los días 3 al 8 de abril de 2006; Que, constituyendo una acción que busca asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas propuestos porla Dirección General de Aeronáutica Civil para el presente año, el viaje al exterior de los Inspectores mencionados, resulta indispensable para el cumplimiento de lasfacultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles, a fin de garantizar la seguridad de las operaciones aéreas en concordanciacon las normas técnicas vigentes; Que, de este modo, el referido viaje se encuentra dentro de las excepciones previstas en el inciso j) delartículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, modificado por el artículo 15º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006,publicado el 21 de enero de 2006; Que, el artículo 16º del Decreto de Urgencia Nº 002- 2006, establece que “mediante Resolución del Titular delSector deberá aprobarse y publicarse el Plan Anual de Viajes del Sector, antes del 15 de febrero de 2006, el cual pormenorizará la relación de viajes al exterior defuncionarios y servidores públicos considerando que el gasto presupuestado, con cargo a los recursos públicos, deberá ser reducido en un veinte por ciento (20%) conrelación al ejercicio fiscal 2005, bajo responsabilidad”; Que, con Resolución Ministerial Nº 133-2006-MTC/ 01, de fecha 15 de febrero de 2006, publicada en el diariooficial “El Peruano” con fecha 21 de febrero de 2006, se aprobó el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2006,