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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (08/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G33/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de abril de 2006 Estando a lo propuesto por el señor General de Birgada Director de Personal del Ejército, y a lorecomendado por el señor General de EjércitoComandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio al Cadete V Inf GUTIERREZ AYALA CarlosErick y al Cadete V Art ESCOBAR ISMODES Edwin Carlos, para visitar la Universidad de West Virginia - Estados Unidos de América, en el período comprendidodel 28 de marzo al 3 de abril del 2006. Artículo 2º.- Los Gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, alimentación y hospedaje, serán sufragadospor el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 3º.- El General de Ejército Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fechade inicio y/o término del Nombramiento, sin exceder elperíodo total establecido. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 06350 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 326-2006-DE/EP/A.1.a.1.8 Lima, 27 de marzo de 2006 Visto, la Hoja de Recomendación Nº 0025 DAI- JEMGE/A4. del 10 de marzo de 2006, del Departamentode Asuntos Internacionales del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Institucionales nombrar en Comisión de Servicio al personal de OficialesSuperiores Instructores de la Escuela Superior de Guerradel Ejército y del Curso de Alto Mando comorepresentantes del Ejército del Perú para que participen en la visita de familiarización a la Escuela Superior de Guerra del US Army en Carliste Barracks, Pensilvania yla Escuela de Comando y Estado Mayor del FuerteLeavenworth - Kansas - Estados Unidos de América, enel período comprendido del 17 al 22 de abril de 2006, porcuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército; Que, los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, alimentación y hospedaje, serán sufragados por elGobierno de los Estados Unidos de América; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM del 5 de junio del 2002, establece que los viajes al extranjero que noocasionen ningún tipo de gastos al Estado seránautorizados mediante Resolución del Titular del sectorcorrespondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM defecha 5 de junio del 2002, y el artículo 3º del D.U. Nº 015-2004 del 23 de diciembre de 2004; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Brigada Director de Personal del Ejército, y a lo recomendado por el señor General de EjércitoComandante General del Ejército; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al personal de Oficiales SuperioresInstructores de la Escuela Superior de Guerra del Ejércitoy del Curso de Alto Mando como representantes delEjército del Perú, para que participen en la visita defamiliarización a la Escuela Superior Guerra del US Army en Carliste Barracks, Pensilvania y la Escuela de Comando y Estado Mayor del Fuerte Leavenworth -Kansas - Estados Unidos de América, en el período comprendido del 17 al 22 de abril de 2006. 01 GRAL BRIG SANCHEZ CHAVEZ Luis Alberto 02 CRL INF LAZARTE ALATRISTA Mario Gonzalo 03 CRL ING PEÑALOZA CASARETTO Reynaldo Gabino 04 CRL ART RAMIREZ RODRIGUEZ Glen Fernando05 TTE CRL INF OBREGON ROMAN Freddy Antonio 06 TTE CRL ART LACHERRE PUJADA Carlos Te ófilo 07 TTE CRL COM ANGULO CONTRERAS Carlos Alberto 08 TTE CRL ART MA URICIO VALDIVIA Carlos Alberto 09 TTE CRL ART LESCANO ALBAN Juan Carlos Artículo 2º.- Los Gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, alimentación y hospedaje, serán sufragadospor el Gobierno de los Estados Unidos de América. Artículo 3º.- El General de Ejército Comandante General del Ejército, queda facultado para variar la fechade inicio y/o término del Nombramiento, sin exceder elperíodo total establecido. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 06352 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G46/G65/G64/G61/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G61/G6C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 315-2006-DE/SG Lima, 23 de marzo de 2006 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en el artículo 127º del Régimen de Fedatarios establece que cada entidad designafedatarios institucionales adscritos a sus unidades derecepción documental, en número proporcional a susnecesidades de atención, quienes sin exclusión de suslabores ordinarias, brindan gratuitamente sus servicios a los administrados; Que, en el segundo numeral del artículo 127º del acotado cuerpo legal, se establece que el fedatario tienecomo labor personalísima comprobar y autenticar, previocotejo entre el original que exhibe el administrado y lacopia presentada, la fidelidad del contenido de esta última para su empleo en los procedimientos de la identidad así como certificar firmas previa verificación de la identidaddel suscriptor, para las actuaciones administrativasconcretas en que sea necesario; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fueramás favorable a los administrados, y siempre que nolesione derechos fundamentales o intereses de buenafe legalmente protegidos a terceros y que existiera en lafecha a la que pretende retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción. También tiene eficacia anticipada la declaratoria denulidad y los actos que se dicten en enmienda; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, establece que el Ministro deDefensa es la máxima autoridad del Ministerio y Titular del Pliego del Sector Defensa; Estando a lo propuesto, y con el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, con eficacia anticipada, como Fedatarios del Despacho Ministerial del Ministerio deDefensa, por el período comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del 2006, al Tte. Crl. EP Jesús Martín TAMAYO CAMPOS, al Tte. Crl. EP Alfredo CUBAGUTIERREZ, EC SPA MD Héctor Guillermo MILLAN