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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G33/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de abril de 2006 coordinación, cooperación y asistencia entre las partes para la implementación de actividades orientadas a brindarasistencia técnica y profesional para la formulación,programación, ejecución y monitoreo de acciones relacionadas con las orientaciones de la política social encargadas por el Gobierno al MIMDES, el cual fueaprobado con Resolución Suprema Nº 001-2003-MIMDES, publicada el 1 de marzo del 2003; Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 025-2003- MIMDES, 025-2004-MIMDES, 001, 009 y 013-2005- MIMDES, y 001-2006-MIMDES se aprobaron la Adenda de fecha 30 de diciembre de 2003 y las AddendasNºs. 02, 03, 04, 05, 06 y 07 respectivamente, al Convenio; Que, la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,establece entre otros que los Convenios de Administración de recursos, costos compartidos u otras modalidades similares, que las entidades de GobiernoNacional suscriban con organismos o institucionesinternacionales para encargarles la administración desus recursos, deben aprobarse por Resolución Supremarefrendada por el Ministro del Sector correspondiente, previo informe de la Oficina de Presupuesto, en la que se demuestre las ventajas y beneficios de suconcertación, así como la disponibilidad de los recursospara su financiamiento, precisando que dichoprocedimiento se empleará también para el caso de lasadendas, revisiones u otros que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan metas no contempladas originalmente; Que, con Oficio Nº 073-2006-FONCODES/UA de fecha 24 de enero de 2006, el Gerente de la UnidadAdministrativa del Programa Nacional Fondo deCooperación para el Desarrollo Social - FONCODES señala, entre otros, que el cumplimiento del numeral 2.1 de la Cláusula Segunda de la Adenda Nº 05 al Convenio,estaba supeditado al cumplimiento de lo prescrito en laSétima Disposición Final de la Ley General del SistemaNacional de Presupuesto - Ley Nº 28411, es decir apartir de la proyección de la Resolución Suprema aprobatoria de la citada Adenda, fecha en la cual la transferencia de los recursos no pudo efectuarse, deacuerdo a lo señalado en la Circular Operativa Nº 2005/028 del PNUD, que norma su correspondiente procesode Cierre de Operaciones del Año 2005, así como lasfechas límite de recepción de documentación para los distintos trámites; Que, mediante Oficio Nº 100-2006-MIMDES/OGPP de fecha 1 de febrero de 2006, la Oficina General dePlanificación y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001:Administración Nivel Central del MIMDES solicitó a laDirección Ejecutiva del Programa Nacional FONCODES, indicar la disponibilidad presupuestal para el Ejercicio Fiscal 2006, señalando las Fuentes deFinanciamiento y Cadena de Gastos, para el procesode Licitación Pública Internacional destinado a laadquisición de Software, Licencias, Equipos de Cómputoy Telecomunicaciones, precisando las previsiones financieras para atender gastos de administración del Convenio previstos en la Cláusula Segunda de lasAdendas Nºs. 05 y 06; Que, con Informe Nº 028-2006-FONCODES/UPR de fecha 6 de febrero de 2006, el Gerente de la Unidad dePlaneamiento y Resultados del Programa Nacional FONCODES, otorga disponibilidad presupuestal por un monto total de US$ 1'946,091.37 (Un Millón NovecientosCuarenta y Seis Mil, Noventa y Uno y 37/100 DólaresAmericanos), el cual comprende la suma deUS$ 1'880,281.52 para financiar el Proceso de LicitaciónPública Internacional destinado a la Adquisición de Software, Licencias, Equipos de Cómputo y Telecomunicaciones y la suma de US$ 65,809.85destinado al pago de compromisos derivados delConvenio; Que, mediante Oficio Nº 144-2006-FONCODES/DE de fecha 7 de febrero de 2006, el Director Ejecutivo del Programa Nacional FONCODES oficializa la disponibilidad presupuestal otorgada por la Unidad dePlaneamiento y Resultados del citado ProgramaNacional; y en cumplimiento de la Sétima DisposiciónFinal de la Ley Nº 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto, señala las ventajas y beneficios que conlleva la suscripción de la Adenda Nº 08 del Convenio; Que, con fecha 4 de abril de 2006, se suscribió la Adenda Nº 08 al Convenio de Cooperación suscrito entreel MIMDES y el PNUD, mediante la cual se modifica el numeral 2.1 de la Adenda Nº 06 estableciendo que en elAño Fiscal 2005, en el marco del Convenio, el PNUDadministrará por encargo del MIMDES, como máximo la suma de US$ 955,288.00 (Novecientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Ochenta y Ocho y 00/100 DólaresAmericanos), adicionalmente a los saldos de montos queel MIMDES encargó su administración al PNUD en añosanteriores; asimismo se modifica el numeral 2.2 de laAdenda Nº 06 el cual dispone modificar el numeral 2.1 de la Cláusula Segunda de la Adenda Nº 03 estableciendo que el Convenio rige desde el 14 de febrero de 2003 yconcluirá el 31 de diciembre de 2006, finalmente semodifica el numeral 2.1 de la Adenda Nº 07 estableciendoque en el Año Fiscal 2006, en el marco del Convenio, elPNUD administrará por encargo del MIMDES, como máximo la suma de US$ 2'817,171.50 (Dos Millones Ochocientos Diecisiete Mil Ciento Setenta y Uno y 50/100 Dólares Americanos), adicionalmente a los saldosde montos que el MIMDES encargó su administración alPNUD en años anteriores; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de laMujer y Desarrollo Social - MIMDES, y en el Reglamentode Organización y Funciones del MIMDES aprobado porDecreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Adenda Nº 08 al Convenio de Cooperación suscrito entre el Ministerio de la Mujery Desarrollo Social - MIMDES y el Programa de lasNaciones Unidas para el Desarrollo - PNUD aprobado mediante Resolución Suprema Nº 001-2003-MIMDES, suscrita con fecha 4 de abril de 2006, mediante la cualse modifica el numeral 2.1 de la Adenda Nº 06estableciendo que en el Año Fiscal 2005, en el marcodel Convenio, el PNUD administrará por encargo delMIMDES, como máximo la suma de US$ 955,288.00 (Novecientos Cincuenta y Cinco Mil Doscientos Ochenta y Ocho y 00/100 Dólares Americanos), adicionalmentea los saldos de montos que el MIMDES encargó suadministración al PNUD en años anteriores; asimismose modifica el numeral 2.2 de la Adenda Nº 06 el cualdispone modificar el numeral 2.1 de la Cláusula Segunda de la Adenda Nº 03 estableciendo que el Convenio rige desde el 14 de febrero de 2003 y concluirá el 31 dediciembre de 2006, finalmente se modifica el numeral2.1 de la Adenda Nº 07 estableciendo que en el AñoFiscal 2006, en el marco del Convenio, el PNUDadministrará por encargo del MIMDES, como máximo la suma de US$ 2'817,171.50 (Dos Millones Ochocientos Diecisiete Mil Ciento Setenta y Uno y 50/100 DólaresAmericanos), adicionalmente a los saldos de montosque el MIMDES encargó su administración al PNUD enaños anteriores. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 06412 PRODUCE /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G63/G68/G61 /G64/G65/G20/G61/G62/G61/G6E/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G62/G61/G6E/G63/G6F/G73/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/GE1/G72/G65/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G69/G73/G6C/G61/G20/G4C/G6F/G62/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G69/G65/G72/G72/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 099-2006-PRODUCE Lima, 7 de abril del 2006