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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G33/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de abril de 2006 Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Héctor Jorge Teodosio Cabada Barrios, como Cónsul General del Perú en Amsterdam, Reino de los Países Bajos. Artículo Segundo.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Artículo Tercero.- La fecha de término de funciones y de traslado a Cancillería se fijará por Resolución Ministerial. Artículo Cuarto.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06451 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 120-2006-RE Lima, 7 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que los funcionarios del Servicio Diplomático, cualquiera sea su categoría, sirven alternadamente seis años en el exterior y tres años en el país, conforme lo establece la Ley del Servicio Diplomático de la República; Que la protección y atención a las comunidades peruanas en el exterior constituye una de las prioridades de la Política Exterior del Perú; De conformidad con los artículos 7º, 13º literal a), 26º y 30º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 62º, 63º literal B) y 64º literal a) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 130- 2003-RE; los artículos 85º, 105º y 106º del Reglamento Consular, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076- 2005-RE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Ernesto Moisés Pinto-Bazurco Rittler, Cónsul General del Perú en Amsterdam, Reino de los Países Bajos. Artículo Segundo.- La jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo Nº 0172-RE, de 28 de abril de 1988. Artículo Tercero.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Artículo Cuarto.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones será fijada por Resolución Ministerial. Artículo Quinto.- Aplicar el egreso que origina la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06452/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G69/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G53/G43 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0400-2006-RE Lima, 5 de abril de 2006 Vistos, los expedientes Nºs 5271/6174/11373-2005, presentados por la asociación EJÉRCITO DESALVACIÓN - FILIAL DEL PERÚ, mediante los cualessolicitan la Inafectación del Impuesto General a las Ventas(IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respectoa la donación recibida de AGENCIA SUIZA PARA EL DESARROLLO Y LA COOPERACIÓN -COSUDE - Departamento Ayuda Humanitaria y CSA División Asia,Américas. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación EJÉRCITO DE SALVACIÓN - FILIAL DEL PERÚ, se encuentra inscrita en el Registrode IPREDA que conduce la Agencia Peruana deCooperación Internacional - APCI, de conformidad conla Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior,aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 30 de junio del 2004, legalizada por el Consulado Generaldel Perú en Berna - Suiza se observa que la AGENCIA SUIZA PARA EL DESARROLLO y LA COOPERACIÓN - COSUDE Departamento Ayuda Humanitaria y CSADivisión Asia, Américas, ha efectuado una donación afavor de la asociación EJÉRCITO DE SALVACIÓN -FILIAL DEL PERÚ; Que, los bienes donados consisten en (258) bultos conteniendo 5,160.00 kilos de leche entera en polvo, (274) bultos conteniendo 6,576.00 kilos de lechedesnatada en polvo y (483) bultos conteniendo 7,389.90kilos de queso procesado con un valor FOB de CHF133,248.10 (Ciento treinta y tres mil doscientoscuarentiocho y 10/100 francos suizos) con un peso bruto de 22,669 amparado con DUA Nº 118-2004-10-163877- 01-5-00 llegados en un contenedor de 40' conNº ECMU4037915, que serán usados en la obra social anivel nacional que tiene la confesión distinta a la CatólicaEjército de Salvación Filial Perú como son: CentrosAbiertos, Colegios, Comedores, Centro de Reforzamiento Escolar, Capernaúm (Programa con enfermos de VIH), entre otros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor la AGENCIA SUIZA PARA EL DESARROLLO Y LACOOPERACIÓN - COSUDE - Departamento Ayuda Humanitaria y CSA División Asia, Américas, a favor de la asociación EJÉRCITO DE SALVACIÓN - FILIAL DELPERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM;