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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (08/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G33/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 8 de abril de 2006 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la AGENCIA SUIZA PARA ELDESARROLLO y LA COOPERACIÓN - COSUDE -Departamento Ayuda Humanitaria y CSA División Asia,Américas, a favor de la asociación EJÉRCITO DESALVACIÓN - FILIAL DEL PERÚ, los bienes donados consisten en (258) bultos conteniendo 5,160.00 kilos de leche entera en polvo, (274) bultos conteniendo 6,576.00kilos de leche desnatada en polvo y (483) bultosconteniendo 7,389.90 kilos de queso procesado con unvalor FOB de CHF 133,248.10 (Ciento treinta y tres mildoscientos cuarentiocho y 10/100 francos suizos) con un peso bruto de 22,669 amparado con DUA Nº 118- 2004-10-163877-01-5-00 llegados en un contenedor de40' con Nº ECMU4037915, que serán usados en la obrasocial a nivel nacional que tiene la confesión distinta a laCatólica Ejército de Salvación Filial Perú como son:Centros Abiertos, Colegios, Comedores, Centro de Reforzamiento Escolar, Capernaúm (Programa con enfermos de VIH), entre otros. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06239 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0401-2006-RE Lima, 5 de abril de 2006 Visto, el expediente Nº 14574-2005, presentado por la asociación CASA DEL ÁGUILA, mediante el cual sesolicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas(IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respectoa la donación recibida de SUUR-HELSINGIN SEURAKUNTA. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD - PERÚ) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación CASA DEL ÁGUILA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional - APCI, deconformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes delexterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 7 de junio del 2005, legalizada por el Consulado Generaldel Perú en Finlandia se observa que SUUR - HELSINGIN SEURAKUNTA ha efectuado una donación a favor de la asociación CASA DEL ÁGUILA; Que, el bien donado consiste en (01) un automóvil, marca Toyota, modelo Hilux 4X4 C/D TD M/T, año 2005,color plata metálico, motor Nº 2KD-9359640, chasisNº 8AJFR22G5 - 54501647, con un peso aproximado de 1,790 kilos, y un valor C&F de US$ 12,541.29 (Doce milquinientos cuarentiuno y 29/100 dólares americanos) que será usado en apoyar las obras sociales y pastoralesque sostiene la asociación, en el área de salud, trasladode medicinas, campañas médicas en las comunidades aledañas, transporte de niños y niñas a los centros de salud, área asistencial: recolección de alimentos,compras para la alimentación de los niños y niñas estose desarrolla en los departamentos del Cusco yApurímac; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por SUUR-HELSINGIN SEURAKUNTA a favor de laasociación CASA DEL ÁGUILA: De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por SUUR - HELSINGINSEURAKUNTA a favor de la asociación CASA DELÁGUILA, el bien donado consiste en (01) un automóvil,marca Toyota, modelo Hilux 4X4 C/D TD M/T, año 2005,color plata metálico, motor Nº 2KD-9359640, chasis Nº 8AJFR22G5 -54501647, con un peso aproximado de 1,790 kilos, y un valor C&F de US$ 12,541.29 (Doce milquinientos cuarentiuno y 29/100 dólares americanos)que será usado en apoyar las obras sociales y pastorales que sostiene la asociación, en el área de salud, trasladode medicinas, campañas médicas en las comunidades aledañas, transporte de niños y niñas a los centros de salud; área asistencial: recolección de alimentos,compras para la alimentación de los niños y niñas, estose desarrolla en el Departamento del Cusco y Apurímac. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contra lo ría General de la República, a la Superi ntendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNA T y al interesado, para los efectos a que secontrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro delos plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 06240 SALUD /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65 /G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G45/G6E/G66/G65/G72/G6D/G65/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G4E/G65/G6F/G70/G6C/GE1/G73/G69/G63/G61/G73/G20/G22/G44/G72/G2E /G45/G64/G75/G61/G72/G64/G6F/G20/G43/GE1/G63/G65/G72/G65/G73/G20/G47/G72/G61/G7A/G69/G61/G6E/G69/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2006/MINSA Lima, 5 de abril del 2006 Vista la renuncia formulada por el contador público Emilio Leoncio Flores Ruiz, el Oficio Nº 243-DG-INEN- 2006 y el Memorándum Nº 083-2006-OPP/MINSA; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 1339-2002- SA/DM, de fecha 13 de agosto de 2002, se designó alcontador público Emilio Leoncio Flores Ruiz, en el cargode Director de la Oficina de Contabilidad del Instituto deEnfermedades Neoplásicas;