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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (10/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G34/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 10 de abril de 2006 cargo al presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (US$ 220 x 4 días) US$ 880,00 Artículo 3°.- Dentro de los (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante la institución un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Presidente del Consejo de Ministros 06479 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G41/G50 /G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G65/G6E/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G61/G72/G20/G61/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G79/G20/G73/G75/G20/G63/G6F/G6D/G69/G74/G69/G76/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 394-2006-DE/FAP Lima, 7 de abril de 2006 Visto el Oficio V-35-COEN-Nº 0684 del 7 de abril de 2006 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, el Personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, ciudades de Washington, Boston y San Diego,para conformar la tripulación del avión BOEING 737-528 Nº 356, que realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando al señor Presidente Constitucional de laRepública y comitiva, del 11 al 15 de abril de 2006; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2006, Decreto SupremoNº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 002-2006-DE/SG del 19 de enero de 2006; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los Estados Unidos de América, ciudades de Washington, Boston y San Diego, del Personal de la Fuerza Aérea del Perú que se indica a continuación, elcual conformará la tripulación del avión BOEING 737- 528 Nº 356, que realizará un vuelo en Misión Oficial trasladando al señor Presidente Constitucional de laRepública y comitiva, del 11 al 15 de abril de 2006: Mayor General FAP HUACO ONARI Nestor Alberto P iloto Comandante FAP CISNEROS GUTIERREZ Hans Alberto P iloto Comandante FAP BRAVO V ALERA Roder Marinson P iloto Comandante FAP SOTO WAITHE, Leoncio Martin P iloto Mayor FAP ALV ARADO CENTENO Gonzalo Jason Seguridad Técnico 1ra. FAP CRUZ PA CHECO Mario M ecánicoTécnico 3ra. FAP DIAZ CESPEDES Neil Edgar Mecánico E.C. FAP V ALDEZ RASMUSSEN Cinthya Hostess E.C. FAP SAMAME SILVA Regina Hostess E.C. FAP RIQUELME TEQUEN Elizabeth Hostess E.C. FAP LLEMPEN RUBIO Cinthy Rosmery Hostess E.C. FAP GIUSTI MURO Roxana Elizabeth Hostess E.C. FAP GONZALES RUIZ Rosa Liz Hostess TRIPULACIÓN ALTERNA Comandante FAP GAMBOA SANDOVAL, Segundo Piloto Téc. Inspector FAP CASTRO GALLO, Oscar Oswaldo Mecánico Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 220.00 x 5 días x 13 personas Artículo 3º.-El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha deinicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCIANO RENGIFO RUIZ Ministro de Defensa 06480 ENERGÍA Y MINAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G55/G73/G6F/G20/G64/G65 /G4D/G61/G72/G63/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G43/G6F/G6D/G62/G75/G73/G74/G69/G62/G6C/G65/G73/G4C/GED/G71/G75/G69/G64/G6F/G73/G20/G79/G20/G4F/G74/G72/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G44/G65/G72/G69/G76/G61/G64/G6F/G73/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G48/G69/G64/G72/G6F/G63/G61/G72/G62/G75/G72/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 023-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de elaborar, aprobar, proponery aplicar la política del Sector, así como de dictar las demás normas pertinentes; y el artículo 5º del mismo cuerpo legal establece que el OSINERG es el organismoencargado de fiscalizar los aspectos legales y técnicos de las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el artículo 76º de la Ley citada en el considerando anterior establece que el transporte, la distribución mayorista y minorista y la comercialización de losproductos derivados de los Hidrocarburos se regirán por las normas que apruebe el Ministerio de Energía y Minas y que dichas normas deberán contenermecanismos que satisfagan el abastecimiento del mercado; Que, la Comisión Consultiva, creada en concordancia con artículo 9º del Decreto Supremo Nº 012-2003-EM con la finalidad de hacer una propuesta sobre el tipo de marcador a utilizar, ha señalado y propuesto que la formamás segura y adecuada de realizar el marcado o trazado es a través de la inclusión de un marcador bio-molecular;