Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2006 (03/08/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano jueves 3 de agosto de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE

325695

Internet, con una vigencia del 1 de junio de 2005 al 31 de MORDAZA de 2006; asimismo, con fecha 1 de junio de 2006 MORDAZA partes suscribieron un contrato complementario cuya fecha de vencimiento sera el 31 de MORDAZA de 2006; Que, con Informe Nº 093.2006/PP.GAF.SGA del 14 de MORDAZA de 2006, complementado con el Informe Nº 095.2006/PP.GAF.SGA del 20 de MORDAZA de 2006, la Subgerente de Administracion de la Gerencia de Administracion y Finanzas de PROMPERU manifiesta que todavia no se ha llevado a cabo el MORDAZA de seleccion por Compras Corporativas Obligatorias del servicio de acceso a Internet, por lo que ante la inexistencia de una fecha determinada para la conclusion del dicho MORDAZA, se advierte una inminente afectacion a la continuidad del servicio de acceso a Internet, motivo por el cual resulta necesario adoptar las acciones pertinentes a fin de que PROMPERU no se vea interrumpido dicho servicio; Que, el servicio de acceso a internet resulta indispensable para el normal funcionamiento de las actividades y servicios que brinda PROMPERU, siendo necesario para el intercambio de informacion entre dicha institucion y entidades privadas vinculadas a la actividad turistica (agentes, tour operadores, hoteleros y demas personas dedicadas a dicha actividad) y publicas a nivel mundial, a lo que se suma la obligacion legal de utilizacion necesaria e irremplazable de dicho servicio para llevar a cabo todos los procesos de seleccion, mediante la comunicacion al CONSUCODE a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, bajo sancion de nulidad; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Administracion y Finanzas, resulta necesario declarar en situacion de desabastecimiento el servicio de acceso a Internet en PROMPERU, por un plazo de tres (3) meses o hasta la suscripcion del contrato con la empresa que obtenga la buena pro en el MORDAZA de seleccion que se realiza a traves de la Unidad de Compras Corporativas Obligatorias del Plan Piloto MORDAZA mencionado; Que, de acuerdo con el articulo 21º el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo, de conformidad con el inciso c) del ar ticulo 19º del mismo TUO, estan exonerados del MORDAZA de seleccion correspondiente, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente; Que, en tal sentido, corresponde aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de acceso a Internet por PROMPERU, bajo la causal de desabastecimiento inminente; Que, en el presente caso, la situacion de desabastecimiento inminente configurada deriva de una causa exogena a la Entidad, tal como es el Plan Piloto de las Compras Corporativas Obligatorias, y no de la negligencia, inaccion, demora o dolo de funcionarios o servidores de PROMPERU, por lo que no corresponde la determinacion de responsabilidad administrativa; De acuerdo con los Informes Tecnicos Nº 093.2006/ PP.GAF.SGA y Nº 095.2006/PP.GAF.SGA de la Subgerencia de Administracion de la Gerencia de Administracion y Finanzas y el Informe Legal Nº 0632006/PP.GL de la Gerencia Legal de PROMPERU; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y la Ley Nº 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

Articulo 1º.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de acceso a internet para la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, por el plazo MORDAZA de tres (3) meses o hasta la suscripcion del contrato derivado del MORDAZA de seleccion convocado dentro del MORDAZA del Plan Piloto de Compras Corporativas Obligatorias del Estado, lo que ocurra primero. Articulo 2º.- Exonerar a la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion del servicio de acceso a internet, hasta por un monto de S/. 11,205.00 (Once Mil Doscientos Cinco y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados a este Pliego Presupuestal. Articulo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Comision de Promocion del Peru PROMPERU, a contratar el servicio requerido mediante acciones inmediatas, conforme lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 4º.- Disponer que se incluya en el contrato u orden de servicio que se deriven como consecuencia de la autorizacion para realizar acciones inmediatas, una clausula de resolucion automatica, que se ejecutara con la sola comunicacion de la Entidad una vez que se encuentre consentido el otorgamiento de la Buena Pro del MORDAZA de compras corporativas obligatorias, si este se realiza MORDAZA de su vencimiento. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial y de los Informes tecnico y legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision. La Gerencia de Administracion y Finanzas de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, debera publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion, asi como en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo 00684-1

DEFENSA
Aprueban publicacion de la primera edicion del Compendio de Normas referentes a la Seguridad y Defensa Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 723-2006-DE/SG MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 163º de la Constitucion Politica establece que la Defensa Nacional es integral y permanente; Se desarrolla en los ambitos interno y externo, y toda persona natural o juridica esta obligada a participar en la Defensa Nacional; Que, la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28478, Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional establece que el Ministerio de Defensa sera el encargado de elaborar y editar el compendio de normas legales referentes al Sistema de Seguridad y Defensa Nacional; Que, es necesaria la aprobacion y publicacion del "Compendio de Normas referentes a la Seguridad y Defensa Nacional", con la finalidad que todas las personas naturales y juridicas tengan acceso a los dispositivos legales sobre el Sistema de Seguridad y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.