Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2006 (03/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano jueves 3 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

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amplia a ciento veinte (120) dias calendario adicionales para la culminacion del MORDAZA de ratificacion dispuesta por el Art. 3º de la Ley Nº 28564, por lo tanto, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), es el organo competente y autorizado para llevar a cabo el MORDAZA de ratificacion en referencia; Que, de conformidad con el articulo 5º, inc. 2 del Reglamento para la Ratificacion de Filiales con Autorizacion de Funcionamiento otorgadas por la ANR, bajo la vigencia de la ley Nº 27504, aprobado por Resolucion Nº 114-2006CONAFU, de fecha 2 de MORDAZA del 2006, el MORDAZA de ratificacion de funcionamiento de las filiales universitarias autorizadas por la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), durante la vigencia de la Ley Nº 27504, se iniciara con la recepcion por parte del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), de los respectivos proyectos aprobados por la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). El procedimiento sera computara en dias habiles y sera el siguiente:...2) La Presidencia del CONAFU derivara el expediente administrativo y el proyecto de la filial universitaria a una Comision Evaluadora conformada por tres miembros: un Consejero del CONAFU que la presidira y dos docentes con experiencia academica administrativa de las universidades publicas o privadas, designado por el Pleno del CONAFU. Dentro de los quince (15) dias posteriores, la Comision se constituira a las instalaciones de la filial universitaria para verificar in situ la implementacion del proyecto presentado y aprobado ante la Asamblea Nacional de Rectores (ANR). La visita de la comision evaluadora se realizara por un periodo de hasta cuatro (4) dias. Que, con Oficio Nº 1401-2005-SE/SG de fecha 7 de MORDAZA de 2005, la Asamblea Nacional de Rectores remite los documentos de la Filial Universitaria en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de la Universidad de Piura; Que, para efectos de la evaluacion y ratificacion de las Filiales Universitarias, el CONAFU, aprobo las Tablas de Evaluacion, conforme a las cuales, las comisiones evaluadoras deberian proceder a realizar la evaluacion respectiva, considerando que para la aprobacion de funcionamiento de una filial Universitaria, el Proyecto requiere obtener el puntaje minimo preestablecido; Que, por Resolucion Nº 159-2006-CONAFU de 13 de junio de 2006, se conformo la Comision Evaluadora de la Universidad de MORDAZA ­ Filial MORDAZA, del departamento de MORDAZA, la cual estuvo integrada por el Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Azanero, MORDAZA Vegas Gallo y MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA Badaracco, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, con Informe Nº 004-2006-CONAFU-P de 10 de MORDAZA de 2006, la referida Comision Evaluadora senala que, de acuerdo a las Tablas de Calificacion, la Filial supera largamente el puntaje minimo requerido para su ratificacion tanto en las carreras profesionales como en la calificacion general; Que, asimismo, debe considerarse el hecho de que la Universidad de MORDAZA, en uso de la autonomia universitaria que le otorga el Art. 18º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Art. 1º de la Ley Nº 23733, en la actualidad viene ofertando servicios educativos de nivel universitario en las siguientes carreras profesionales: 1) Administracion de Empresas, 2) Economia, 3) Administracion de Servicios, 4) Ingenieria Industrial y de Sistemas, 5) Derecho y tiene en funcionamiento la Escuela de Post Grado (PAD-Escuela de Direccion de la Universidad de Piura), por lo tanto, corresponde al CONAFU pronunciarse sobre la ratificacion de la Filial Universitaria, considerando la autonomia universitaria y los servicios educativos que en la actualidad oferta; Que, por Acuerdo Nº 188-2006-CONAFU, el Pleno del CONAFU, en su Sesion de fecha 12 de MORDAZA de 2006, acordo aprobar el informe de la Comision Evaluadora y, en consecuencia, RATIFICAR la autor izacion de funcionamiento de la Filial MORDAZA, otorgada a la Universidad de MORDAZA, por Resolucion Nº 1465-2003-ANR de fecha 16 de junio de 2003, por haber obtenido puntaje aprobatorio para la ratificacion de la referida Filial, con las siguientes carreras profesionales: 1) Administracion de Empresas, 2) Economia, 3) Administracion de Servicios, 4) Ingenieria Industrial y de Sistemas, 5)

Derecho; y OFICILIAZAR el funcionamiento la Escuela de Post Grado (PAD-Escuela de Direccion de la Universidad de Piura), que aparecen del Proyecto de Filial presentado y evaluado por el CONAFU; Que, en atencion a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26439, Ley Nº 28564, Ley Nº 28740, Resolucion Nº 1465-2003-ANR, Resolucion Nº 114-2006-CONAFU, Resolucion Nº 159-2006CONAFU, Informe Nº 004-2006-CONAFU-P de la Comision Evaluadora, el Acuerdo Nº 188-2006CONAFU, del Pleno del CONAFU en su Sesion de fecha 12 de MORDAZA de 2006, y el Art. 20º inc. "c" y el Art. 39º inc. "d" del Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO de la Filial MORDAZA, otorgada a la Universidad de MORDAZA, por Resolucion Nº 1465-2003-ANR de fecha 16 de junio de 2003, con las siguientes carreras profesionales: 1) Administracion de Empresas, 2) Economia, 3) Administracion de Servicios, 4) Ingenieria Industrial y de Sistemas, 5) Derecho, dentro del MORDAZA que establece la Ley Nº 23733, la Ley Nº 28564 y la Ley Nº 28740. Articulo Segundo.- OFICIALIZAR el funcionamiento la Escuela de Post Grado (PAD-Escuela de Direccion) de la Universidad de Piura. Articulo Tercero.- DISPONER, que la Filial Universitaria y la Escuela de Post Grado (PAD-Escuela de Direccion) en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, de la Universidad de MORDAZA, funcionaran con sus autoridades designadas de acuerdo a Ley, haran uso pleno de la autonomia universitaria que les otorga la Constitucion Politica del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, Estatuto de la Universidad y demas disposiciones complementarias y conexas; y conforme a los terminos, condiciones y requisitos que aparecen en el Proyecto de la Filial evaluado en el CONAFU. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA SUYON Secretario General 00640-2

Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Peruana de Integracion Global
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 204-2006-CONAFU MORDAZA, 13 de MORDAZA del 2006 VISTOS; el Oficio S/N de fecha 14 de Octubre del 2003, la Resolucion Nº 133-2004-CONAFU de fecha 1 de MORDAZA de 2004, la Resolucion Nº199-2004-CONAFU de fecha 18 de octubre de 2004, la Resolucion Nº 242-2004-CONAFU de fecha 10 de diciembre de 2004, Informe Final de la Comision de Evaluacion y Consolidacion de fecha 22 de marzo de 2005, la Resolucion Nº 127-2005-CONAFU del 20 de MORDAZA del 2005, recurso de reconsideracion de fecha 23 de agosto del 2005, la Resolucion Nº 217-2005-CONAFU del 7 de diciembre del 2005, la Resolucion Nº 117-2006-CONAFU del 4 de MORDAZA del 2006, Informe de la Comision de Evaluacion Y consolidacion de fecha 25 de MORDAZA de 2006, Informe Legal Nº 155-2006-CONAFU-CJ de fecha 23 de junio de 2006, acuerdo de Pleno Nº 179-2006-CONAFU de fecha 12 de MORDAZA de 2006, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades

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