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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (05/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325824El Peruano sábado 5 de agosto de 2006 /G41/G63/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G64/G69/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G65/G78/G74/G72/G61/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G61/G64/G6F/G20/G79/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G75/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G76/GED/G61/G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G61/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73 /G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 131-2006-JUS Lima, 4 de agosto de 2006 Visto el Informe Nº 089-06/COE-TC, del 25 de julio de 2006, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Trasladode Condenados, sobre el pedido de ampliación de extradición del procesado VICTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, formulada por el Sexto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima (Exp.Nº 46-2003); CONSIDERANDO: Que, el Cuadragésimo Primer Juzgado Penal de Lima, solicitó la detención preventiva con fines de extradición,a las autoridades de Estados Unidos de América, del procesado VÍCTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, portener proceso penal pendiente por los delitos de corrupción de funcionarios - cohecho propio e impropio y encubrimiento real, en agravio del Estado Peruano, (Expediente Nº 7853-00), actuados que posteriormentefueron remitidos al Quinto Juzgado Penal Especial de Lima; Que, el referido procesado solicitó a las autoridades estadounidenses su entrega a nuestro país, habiéndose dictado la resolución de extraditabilidad el 2 de febrero de 2001, además el referido pactó loespecificado a fin de acogerse al Principio de Especialidad, contemplado en el artículo IX del Tratadosobre la materia de 1899; Que, por Resolución del 28 de junio de 2006, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de ampliaciónde extradición del procesado VICTOR ALBERTO VENERO GARRIDO, por los delitos contra la administración pública - colusión y contra la tranquilidad pública - asociación ilícita para delinquir (Exp. Nº 30- 2006); Que, mediante el Informe Nº 089-06/COE-TC, del 25 de julio de 2006, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, propone acceder al pedido de ampliación de extradición del referido procesado; Que, según el artículo XIII, 1,c del Tratado de Extradición vigente desde el 25 de agosto de 2003 entreEstados Unidos de América y la República del Perú, una persona puede ser procesada y, eventualmente,sancionada, por un delito distinto de aquél por el cual fue extraditada, siempre y cuando se cuente para ello con la autorización del Estado Requerido; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del TextoÚnico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y el Tratado de Extradición suscrito entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, vigente desde el 25 de agosto de 2003; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido ampliación de extradición activa del procesado VICTOR ALBERTOVENERO GARRIDO, formulada por el Sexto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Sala Penal Permanentede la Corte Suprema de Justicia de la República, porlos delitos contra la administración pública - colusión ycontra la tranquilidad pública - asociación ilícita paradelinquir; y disponer su presentación por vía diplomática, al Gobierno de los Estados Unidos de América, de conformidad al Tratado de la materiavigente, y lo estipulado por las normas legales peruanasaplicables al caso.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARÍA ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 00782-7 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C /G64/G65/G20/G4C/G75/G63/G68/G61/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G46/G61/G6C/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G4E/G75/G6D/G65/G72/G61/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 356-2006-JUS Lima, 3 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 349-2005- JUS, se designó al señor abogado Víctor Gilbert Pérez Liendo, como representante del Ministro de Justicia, anteel Consejo Directivo de la Oficina Central de Lucha Contra la Falsificación de Numerario creada mediante LeyNº 27583; Que, resulta conveniente dejar sin efecto dicha designación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto, a partir de la fecha, la designación señor abogado Víctor Gilbert Pérez Liendo, como representante del Ministro de Justicia, ante el Consejo Directivo de la Oficina Central de Lucha Contra la Falsificación de Numerario creada mediante Ley Nº 27583. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA A. ZAVALA VALLADARES Ministra de Justicia 00769-1 MIMDES /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G4F/G4E/G43/G4F/G44/G45/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 534-2006-MIMDES Lima, 4 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 490-2006-MIMDES de fecha 25 de julio de 2006 seencargó, al señor ENRIQUE CARDENAS OJEDA, Gerentede la Unidad Gerencial de Desarrollo de CapacidadesInstitucionales y Ciudadanas del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, el puesto de Director Ejecutivo del citado Programa Nacional,mientras se designe a su titular; Que, es necesario dar por concluida la citada encargatura;