Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (05/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325840El Peruano sábado 5 de agosto de 2006 Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/. 1 E.P .S. ICA 31 70,831.90 2 E.P . TAMBO DE MORA CHINCHA 35 71,041.25 3 E.P . NUEVO IMPERIAL - CAÑETE 34 73,042.88 TOTAL S/. 214,916.03 Dicha autorización es por los períodos de treinta y un (31), días, treinta y cinco (35) días y treinta y cuatro (34) días calendario, con cargo a la Fuente de FinanciamientoRecursos Ordinarios; mientras dure la Situación de Desabastecimiento Inminente prevista en el artículoprecedente, debiéndose efectuar las adquisiciones de alimentos preparados en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estrictaobservancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4º. - COMUNICAR a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5º. - DISPONER que la Oficina General de Auditoría inicie las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuyaconducta hubiese originado la presencia o configuraciónde la Situación de Desabastecimiento que se aprueba. Artículo 6º. - REMITIR copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO RAMON SALAS UGARTE Presidente 00676-2 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 496-2006-INPE/P. Lima, 2 de agosto de 2006 VISTO, la Carta de renuncia de fecha 2 de agosto de 2006, presentada por el abogado JOSE LUIS ROJASMINAYA, Director General de la Oficina General deAsesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario, con Nivel Remunerativo F-4. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Presidencial Nº 116-2006- INPE/P , de fecha 20 de febrero de 2006, se designó al abogado JOSE LUIS ROJAS MINAYA, en el cargo público de confianza de Director General de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante carta del visto, el abogado JOSE LUIS ROJAS MINAYA, ha presentado renuncia al cargo público de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario, con Nivel Remunerativo F-4; la cual debe formalizarse con la presente Resolución; Contándose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Decreto Supremo Nº 051-91-PCM, Resolución MinisterialNº 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidasmediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR LA RENUNCIA, a partir de la fecha, en el cargo público de confianza de DirectorGeneral de la Oficina General de Asesoría Jurídica delInstituto Nacional Penitenciario, del abogado JOSE LUIS ROJAS MINAYA, con Nivel Remunerativo F-4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al abogado NESTOR EDUARDO CORDOVA MARTHANS, en el cargo público de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del InstitutoNacional Penitenciario, con Nivel Remunerativo F-4. Artículo 3º.- DISTRIBUIR, copia de la presente Resolución al interesado y a las instancias pertinentes para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA DELSA MÁVILA LEÓN Presidente 00774-1 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G70/G6F/G73/G74/G65/G72/G67/G61/G72/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G76/G69/G73/G74/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C /G61/G20 /G70/G6F/G73/G74/G75/G6C/G61/G6E/G74/G65/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G61/G67/G65/G6E/G74/G65/G73/G20 /G64/G65 /G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 497-2006-INPE/P Lima, 3 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional Penitenciario es un organismo público descentralizado del Sector Justicia, encargado de dirigir y controlar técnica yadministrativamente el Sistema Penitenciario Nacional, asegurando una adecuada política penitenciaria; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2005 de fecha 16 de febrero de dos mil cinco, publicado en elDiario Oficial El Peruano el 17 de febrero de 2005 se declaró en emergencia el Instituto Nacional Penitenciariopor razones de seguridad e interés público, autorizando el nombramiento de hasta 400 nuevos agentes de seguridad penitenciaria; Que, mediante Ley Nº 28769 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29 de junio de 2006, se modificó el Art. 2º del Decreto de Urgencia Nº 004-2005,el cual, autoriza la contratación de 400 "Agentes de Seguridad Penitenciaria", constituyendo la primera parte de dicho proceso la selección de 200 nuevos agentes penitenciarios de seguridad seleccionados medianteconcurso público; Que, mediante Resolución de Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 377-2006-INPE/P se autoriza el proceso de "Admisión de Agentes de Seguridad Penitenciarios del INPE 2006" y constituye la "Comisión encargada del Proceso de Admisión de Agentes deSeguridad Penitenciarios del INPE 2006"; Que, mediante Reglamento Nº 01-2006-INPE se dictan las "Normas y Procedimientos del Proceso de Admisión para Agentes de Seguridad Penitenciarios 2006", contemplándose en ellas las Etapas y Cronograma del Concurso de Selección teniendo como última fase de la evaluación el contemplado en el subacápite 4.4.7Entrevista Personal, señalándose a la "Comisión del Proceso de Admisión" como órgano encargado de dicha evaluación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 128-2006-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano, se reconstituyó el Consejo Nacional Penitenciario del Instituto NacionalPenitenciario con miras a la reestructuración y descentralización del Instituto Nacional Penitenciario dentro de una política de transparencia de gestión pública; Que, asimismo, estando a los cambios de los cargos de confianza, entre ellos, el del Director de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica, miembro de la citadaComisión, resulta necesario recomponer la conformaciónde la Comisión del Proceso de Admisión; Que, de otro lado, existiendo visos de presuntas irregularidades tanto en la implementación como en eldesarrollo del Proceso de Selección, y con la finalidad degarantizar la transparencia y el debido proceso deimplementación y desarrollo del Concurso de Admisiónpara Agentes de Seguridad Penitenciarios, es necesario postergar la Entrevista Personal de los postulantes para