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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (05/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325828El Peruano sábado 5 de agosto de 2006 derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. OSCAR DANCOURT MASÍAS Vicepresidente En Ejercicio de la Presidencia 00754-1 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G4D/G49/G42/G41/G4E/G43/G4F/G20/G2D/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G69/G63/G72/G6F/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G42/G61/G72/G72/G61/G6E/G63/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 940-2006 Lima, 21 de julio de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice la apertura de una (1) Agencia ubicada en el distrito y provincia deBarranca, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de laagencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B", mediante Informe Nº 155- 2006-DEM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., la apertura de una Agencia ubicada en el Jr. Alfonso Ugarte Nº 120, distrito y provincia de Barranca, departamento de Lima. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº B-2147-2005, dentro de los siete (7) días calendario de formalizada la apertura, la empresa deberá reportar a esta Superintendencia lasacciones realizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 00689-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61 /G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G53/G65/G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 943-2006 Lima, 25 de julio de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por el señor Franklin Clemente Ugarte Ayala para que se autorice la inscripción de laempresa RED CORREDORES DE SEGUROS E.I.R.L. en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas(Corredores de Seguros Generales y de Vida); y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se estableció los requisitos formalespara la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluación Interna de Expedientes Nº 011- 2006-RIAS celebrada el 6 de julio de 2006, enconcordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segurosy Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005del 25 de julio de 2005; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección II: De los Corredoresde Seguros B: Personas Jurídicas (Corredores de Seguros Generales y de Vida) a la empresa REDCORREDORES DE SEGUROS E.I.R.L., con matrícula Nº J-0674, cuya representación será ejercida por el señor Franklin Clemente Ugarte Ayala con Nº de Registro N-2578. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 00688-1 /G4F/G70/G69/G6E/G61/G6E/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G61/G62/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6C /G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E/G20/G2D/G49/G6E/G74/G65/G72/G62/G61/G6E/G6B/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G63/G65/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G63/G6F/G6C/G6F/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G62/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F RESOLUCIÓN SBS Nº 950-2006 Lima, 25 de julio de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA:La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank, para que se opine favorablemente sobre la emisión y colocación de bonos de arrendamiento financiero del "Segundo Programa deBonos del Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank - Bonos de Arrendamiento Financiero" por un montomáximo en circulación de hasta US$ 50 000 000,00 (Cincuenta millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Nuevos Soles; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendenciade Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante LeyGeneral, en su artículo 234º faculta a las empresas a emitir los instrumentos a que se refiere la Ley del Mercado de Valores, y aquellos que la Superintendencia autoricemediante norma de carácter general; Que, el artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos financieros quetengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pública, la CONASEV procederá a