Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA
Otorgan concesion de hectareas de terreno con fines de conservacion a favor de la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C.
(Se publica la Resolucion Jefatural de la referencia a solicitud del Instituto Nacional de Recursos Naturales mediante Carta Nº 564-2006-INRENA-OA-ULOG, recibida el 11 de agosto de 2006). RESOLUCION JEFATURAL Nº 044-2006-INRENA MORDAZA, 20 de febrero de 2006 VISTO: El Infor me Tecnico Nº 1121-2005-INRENAIFFS(DACFFS) emitido por la Direccion de Administracion y Control Forestal y de Fauna MORDAZA de la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA, de fecha 7 de diciembre de 2005, donde se recomienda aprobar la Propuesta Tecnica presentada por la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C. para la concesion directa de un area con fines de conservacion a desarrollarse en tres mil quinientos cincuenta y dos hectareas y ocho mil cuatrocientos metros cuadrados (3552.84 ha.), ubicada en el distrito de Las Piedras y la provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de Dios. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA es el ente rector encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, como en el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0566-2001AG, se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Conservacion, encargandose al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA su difusion, aplicacion y cumplimiento; Que, el Centro de Informacion Forestal - CIF, en su Informe Nº 023-2005/INRENA-IFFS-CIF del 3 de febrero de 2005, concluye que el area solicitada en concesion para conservacion por la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayo" S.A.C. se encuentra dentro del Bosque de Produccion Per manente (Zona 2) en superposicion con una concesion minera en 3.58 hectareas, por lo que se propone una nueva area a fin de levantar dicha superposicion; Que, el Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001AG, establece que las concesiones para conservacion preferentemente se otorgan en tierras de proteccion, siendo posible sin embargo su otorgamiento en bosques de produccion permanente; Que, habiendo cumplido con la publicacion del resumen y los avisos previstos en el articulo 5º de la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG, y ante la ausencia de otros interesados, con Carta Nº 464-2005INRENA-IFFS (DACFFS), del 17 de MORDAZA de 2005, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA comunico a la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C., que el area solicitada para concesion de conservacion continuara bajo la modalidad de Concesion

Directa, autorizandole a presentar su Propuesta Tecnica, de conformidad con lo senalado en el articulo 14º de la mencionada Resolucion Ministerial; Que, mediante Carta de fecha 10 de octubre del 2005, la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C. remite a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA la Propuesta Tecnica descrita, la cual incluye un documento de veintisiete (27) folios; Que, mediante el Informe Nº 940-2005-INRENA (DACFFS) del 7 de noviembre de 2005, la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA realiza la evaluacion de la Propuesta Tecnica presentada y se formula observaciones a la misma; Que, mediante Carta de fecha 28 de noviembre del 2005, la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C. presenta a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA la subsanacion a las observaciones a su Propuesta Tecnica inicial, la cual incluye un documento de setenta (70) folios; Que, la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG establece en sus articulos 12º y 15º, el contenido de la Propuesta Tecnica y los criterios para su calificacion, respectivamente; Que, mediante el Informe Nº 1121-2005-INRENAIFFS(DACFFS) de fecha 7 de diciembre del 2005, se realizo la evaluacion de la Propuesta Tecnica presentada por la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C., la cual ha obtenido el 72% del puntaje, superando asi el puntaje minimo establecido en el articulo 14º de la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG; Que, el articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG dispone que la concesion se otorga mediante Resolucion Jefatural, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la declaracion de ganador y aprobacion de la Propuesta Tecnica, en caso de concesion directa; Que, el literal a) del articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer las politicas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestion y administracion de recursos forestales, ademas de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecucion; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-AG y Decreto Supremo Nº 004-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Propuesta Tecnica" presentada por la empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C. Articulo 2º.- Otorgar una concesion para conservacion a favor de empresa Estacion Ecologica Turistica "Amaru Mayu" S.A.C., la misma que tendra la denominacion de "Bioconservacion MORDAZA Mayo" bajo la modalidad de concesion directa, a desarrollarse en un area de tres mil quinientos cincuenta y dos hectareas y ocho mil cuatrocientos metros cuadrados (3552.84 ha.), ubicada en el distrito de Las Piedras y la provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, por un periodo de 40 anos renovables. Articulo 3º.- Definir el area que se otorga en concesion, la cual se encuentra enmarcada dentro de las siguientes coordenadas geograficas y de acuerdo al mapa que, como Anexo 1, forma parte de la presente Resolucion Jefatural. VERTICE 1 2 3 4 5 6 ESTE 526534 525231 528300 528300 529000 529000 NORTE 8624149 8627000 8627000 8626000 8626000 8625500

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