Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

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y las Bibliotecas y Unidades de Informacion de una determinada region, con la finalidad de promover la descentralizacion de la gestion del Sistema Nacional de Bibliotecas para asegurar el desarrollo de los servicios bibliotecarios del pais; por lo que resulta pertinente la emision de la presente resolucion en vista de que la conformacion del Centro Coordinador Regional del Sistema Nacional de Bibliotecas en Ica, coadyuvara significativamente en el cumplimiento de la finalidad, funciones y objetivos citados precedentemente en el ambito de la Region Ica, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion y descentralizacion del Estado; Que, asimismo debe tenerse en cuenta que en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion anotado, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 143-2005BNP de fecha 4 de agosto de 2005 se declaro en emergencia por 60 dias a los organos de linea del Sistema Nacional de Bibliotecas para su reorganizacion, prorrogandose dicho plazo mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 179-2005-BNP y Resolucion Directoral Nacional Nº 020-2006-BNP hasta el 30 de junio de 2006; y autorizandose al Director Tecnico del Sistema Nacional de Bibliotecas para que dentro del plazo indicado adopte medidas destinadas al logro de la Mision de dicho Sistema y a la obtencion de mayores niveles de eficiencia de la gestion publica del mismo, con el objeto de lograr una mejor atencion a la ciudadania facilitando el acceso a la informacion a la poblacion peruana, mediante los recursos bibliograficos, hemerograficos y documentales, y priorizando y optimizando los recursos publicos; en el MORDAZA de la Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27658; y, En ejercicio de las atribuciones previstas en el inciso f) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Biblioteca Municipal "Jose de San Martin" del Gobierno Local Provincial de Ica como Centro Coordinador Regional del Sistema Nacional de Bibliotecas de las bibliotecas en el ambito de la Region Ica. Articulo Segundo.Mediante Convenio Interinstitucional con el Gobierno Local Provincial de Ica, que se adjunta y forma parte de la presente resolucion, se estableceran los compromisos de cada una de las partes y los privilegios del Centro Coordinador. Articulo Tercero.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico de la Biblioteca Nacional del Peru. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Y EL GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL DE ICA PARA LA CONFORMACION DEL CENTRO COORDINADOR REGIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS EN LA REGION ICA CONVENIO Nº 014-2006-BNP/SNB/CCR Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperacion Interinstitucional que celebran de una parte la BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU, con domicilio en la avenida De la Poesia, 160, San MORDAZA, MORDAZA, con RUC Nº 20131379863, debidamente representada por su Director Nacional senor MORDAZA

MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 07730302, a quien en adelante se le denominara LA BIBLIOTECA; y de la otra parte el GOBIERNO LOCAL PROVINCIAL DE ICA, con domicilio en Av. Municipalidad Nº 182, Ica, debidamente representado por su MORDAZA senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 21428620, a quien en adelante se le denominara EL GOBIERNO LOCAL; en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES.LA BIBLIOTECA , es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia tecnica, administrativa y economica, y actua en concordancia con la politica educativa y cultural que fija la Alta Direccion del Sector Educacion. Es el organo rector del Sistema Nacional de Bibliotecas y una institucion dedicada a la administracion eficiente y eficaz del Patrimonio Cultural Documental Bibliografico del Peru, asi como del capital universal que posee con la finalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, cientifico y tecnologico, contribuyendo al desarrollo economico y social, y apoyando la formacion de ciudadanos y ciudadanas, informados y proactivos; ello en concordancia con lo establecido en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, y Decreto Supremo Nº 0242002-ED que aprueba la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas. Asimismo, LA BIBLIOTECA es el Organismo Competente del Estado encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural Bibliografico Documental de la Nacion de acuerdo a lo establecido en el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; y es responsable de mantener actualizado el Registro Nacional de Deposito Legal con la finalidad de controlar, mantener y difundir la produccion bibliografica nacional, y velar por el cumplimiento y finalidad de la Ley de Deposito Legal en la Biblioteca Nacional del Peru, conforme a lo establecido en la Ley Nº 26905 modificada por la Ley Nº 28377. El GOBIERNO LOCAL es una institucion promotora del desarrollo cultural de la Region Ica, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento del presente Convenio, y cuenta con la Biblioteca Municipal denominada "Jose de San Martin" como organo dependiente de la Subgerencia de Desarrollo Humano y Participacion. Dicha Biblioteca cuenta con mas de 8,100 titulos, 8 trabajadores y tiene una atencion promedio de 80 usuarios diarios, en el horario de 7:30 a.m. a 7:30 p.m., es decir 72 horas de lunes a sabado. CLAUSULA SEGUNDA: DECLARACION DE LAS PARTES.AMBAS PARTES DECLARAN que el acceso a la informacion a traves de diversos medios constituye un derecho de todas las personas y una fuerza para el desarrollo humano, el desarrollo individual y colectivo de los hombres, mujeres y ninos de la poblacion que permiten enfrentar de mejor manera los problemas y la pobreza, por los conocimientos e ideas que generan, por lo que las Bibliotecas o Unidades de Informacion juegan un papel preponderante en la actual sociedad dada su capacidad de organizar la informacion y facilitar su acceso; y que en ese sentido desarrollaran los esfuerzos necesarios para cumplir con los objetivos del presente Convenio. CLAUSULA TERCERA: OBJETO GENERAL DEL CONVENIO.El presente convenio tiene por objeto general sumar esfuerzos para impulsar el desarrollo de las bibliotecas

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