Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006

del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 13. MARYDENT S.A., Suspension de seis (6) meses en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por responsabilidad en la resolucion de la Orden de Compra, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 520/2006.TC-SU de 20.07.2006, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia del Registro incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de MORDAZA de 2006 a la pagina web de la entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 00978-1

visaciones de la Gerencia de Normas y Procesos y Gerencia de Asesoria Juridica. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento de la modalidad de seleccion por Subasta Inversa Presencial, que consta de tres (3) Titulos y treinta (30) articulos y un (1) Anexo, los mismos que forman parte de la presente Resolucion y que entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de aplicacion para todos los procesos que se convoquen a partir del 1º de setiembre de 2006. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 200-2005-CONSUCODE/PRE y normas modificatorias en todos sus extremos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente REGLAMENTO DE LA MODALIDAD DE SELECCION POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL TITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Referencias Cuando en el presente Reglamento se mencione a la Ley, se entendera que se esta haciendo referencia al Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; la mencion al Reglamento de la Ley estara referida al Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 084-2004-PCM; CONSUCODE es el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SEACE es el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; la alusion a Tribunal estara referida al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- Alcances El presente Reglamento establece las reglas y particularidades, complementarias al procedimiento general establecido en la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, que deben seguirse cuando corresponda utilizar la modalidad de seleccion por subasta inversa presencial. La regulacion de la subasta inversa electronica sera materia de otro Reglamento, a partir de cuya vigencia dicha modalidad podra ser utilizada. TITULO II DEL LISTADO DE BIENES COMUNES CAPITULO I : INCLUSION Y EXCLUSION DE UN BIEN EN EL LISTADO Articulo 3º.- Caracteristicas de los bienes transables Solamente podran ser incluidos en el listado de bienes transables a traves de la modalidad de subasta inversa, en adelante el Listado de Bienes Comunes, aquellos bienes cuyos patrones de desempeno y calidad pueden ser objetivamente definidos por medio de especificaciones usuales en el MORDAZA y/o para el Estado, respecto de los cuales solo cabe discutir su precio y exista mas de un proveedor. Tienen la categoria de bienes comunes los productos denominados commodities y aquellos que, habiendo sufrido procesos de transformacion, han sido estandarizados dentro del MORDAZA o como consecuencia de un MORDAZA de homogenizacion llevado a cabo al interior de una o mas Entidades.

Aprueban Reglamento de la Modalidad de Seleccion por Subasta Inversa Presencial
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 324-2006-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 8 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, en adelante la Ley, establece los tipos de procesos de seleccion que deben desarrollar las Entidades, precisando que el Reglamento determinara las caracteristicas, requisitos, procedimientos, sistemas y modalidades a cada MORDAZA de seleccion; Que, el articulo 57º del Reglamento de la Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, en adelante el Reglamento, establece que los procesos de seleccion previstos en el articulo 14º de la Ley podran sujetarse, entre otros, a la modalidad de Subasta Inversa; Que, los articulos 175º al 186º del Reglamento regulan, dentro de las modalidades especiales de seleccion, la de Subasta Inversa, por la cual una Entidad realiza la adquisicion de bienes comunes a traves de una oferta publica y en la que, el postor ganador sera aquel que ofrezca el menor precio en igualdad de circunstancias comerciales y de servicio, pudiendo realizarse de manera presencial o electronica; Que, mediante Resolucion Nº 200-2005CONSUCODE/PRE, de fecha 24 de MORDAZA de 2005, se aprobo el Reglamento de la modalidad de Subasta Inversa Presencial, que consta de tres (3) Titulos y treinta (30) articulos; Que, con la finalidad de precisar temas referidos al procedimiento de Subasta Inversa, que coadyuven a la mejor aplicacion de dicha modalidad, resulta necesario modificar el Reglamento citado en el parrafo precedente; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 3) y 28) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2006-EF; contando con las

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