Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
NORTE 8625500 8624500

326245

VERTICE 7 8 9 10 11 12 13

ESTE 530500 530500 Limite fronterizo con Bolivia Limite fronterizo con Bolivia 530802 530802 530396

8621452 8621628 8621628

Articulo 4º.- Precisar que el otorgamiento de la concesion se complementa con la suscripcion del contrato correspondiente, en consecuencia para que la concesion se haga efectiva el interesado debera suscribir el referido contrato con el INRENA, conforme a lo estipulado en el articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0566-2001-AG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Instituto Nacional de Recursos Naturales 00967-1

Otorgan concesion para ecoturismo a favor de la Comunidad MORDAZA Ese´Eja de Infierno, ubicada en el departamento de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 137-2006-INRENA MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Infor me Tecnico Nº 195-2006-INRENAIFFS(DACFFS), de fecha 6 de MORDAZA de 2006, que recomienda aprobar la Propuesta Tecnica presentada por la Comunidad MORDAZA Ese'Eja de Infierno para la concesion directa de un area con fines de ecoturismo a desarrollarse en 1648.29 ha., ubicadas en el distrito y provincia de Tambopata, departamento de MORDAZA de MORDAZA, y en la MORDAZA de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata y MORDAZA Nacional Bahuaja Sonene. CONSIDERANDO: Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Peru establece que es obligacion del Estado promover la conservacion de la diversidad biologica; Que, el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA es el ente rector encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional, de conformidad con lo previsto tanto en el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, como en el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0314-2002AG, se aprobaron las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Ecoturismo, encargandose al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA su difusion, aplicacion y cumplimiento; Que, con Carta Nº 1149-2005-INRENA-IFFS (DACFFS), la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA comunico a la Comunidad MORDAZA de Infierno, que su solicitud del area para concesion continuara bajo la modalidad de Concesion Directa, autorizandole a presentar su Propuesta Tecnica, de conformidad con lo senalado en el numeral 18.2 del articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, mediante Carta del 20 de febrero de 2006, la Comunidad MORDAZA Ese'Eja de Infierno, remite a la

Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA la Propuesta Tecnica descrita, para ser calificada; Que, el articulo 25º de la Ley Nº 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas define a las Zonas de Amortiguamiento como aquellas zonas adyacentes a las Areas Naturales Protegidas que por su naturaleza y ubicacion requieren un tratamiento especial para garantizar la conservacion del area protegida. Agrega que, las actividades que se realicen en su interior no deben poner en riesgo el cumplimiento de los fines del Area Natural Protegida; Que, el numeral 62.1 del articulo 62º del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG dispone que en las Zonas de Amortiguamiento se promueve el ecoturismo, asi como otras actividades que contribuyan a los objetivos y fines para los cuales ha sido creada el Area Natural Protegida; Que, de conformidad con el articulo 63º del mencionado Reglamento, las concesiones forestales en areas que se encuentren incluidas total o parcialmente en las Zonas de Amortiguamiento, para ser otorgadas por el INRENA, deben contar con la opinion previa de la Intendencia de Areas Naturales Protegidas. En este caso se encuentra en la MORDAZA de Amortiguamiento de la Reserva Nacional Tambopata y MORDAZA Nacional Bahuaja Sonene; Que, mediante Memorandum Nº 2533-2003-INRENAIANP-DOANP, la Intendencia de Areas Naturales Protegidas no presenta objeciones a otorgar una concesion con fines ecoturisticos en la MORDAZA de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Tambopata; Que, el Centro de Informacion Foresta - CIF, mediante Memorandum Nº 306-2006-INRENA-IFFS (CIF) del 5 de MORDAZA de 2006, remite el redimensionamiento del area solicitada para concesion de ecoturismo por la Comunidad MORDAZA de Infierno; Que, en los articulos 16º y 19º de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones de Ecoturismo, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG, se establecen respectivamente el contenido de la Propuesta Tecnica y los criterios para su calificacion; Que, con Resolucion Jefatural Nº 093-2005-INRENA de fecha 5 de MORDAZA de 2005, se aprobo la Directiva Nº 024-2005-INRENA-IFFS para la "Evaluacion de Propuestas Tecnicas para el otorgamiento de concesiones directivas para Ecoturismo"; Que, mediante el Informe Nº 195-2006-INRENAIFFS(DACFFS) de fecha 6 de MORDAZA de 2006, se evaluo la Propuesta Tecnica presentada por la Comunidad MORDAZA de Infierno, la cual ha obtenido el 95% del puntaje, superando asi el puntaje minimo de 70%, establecido en el numeral 18.3 del articulo 18º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG; Que, el numeral 22.1º del articulo 22º de la Resolucion Ministerial Nº 0314-2002-AG dispone que la concesion se otorga mediante Resolucion Jefatural, la cual es publicada en el Diario Oficial El Peruano e incluye la aprobacion de la Propuesta Tecnica, en caso de concesion directa; Que, el literal a) del articulo 30º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, establece que la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA es la encargada de proponer las politicas, normas, sistemas, planes y programas relacionados con la gestion y administracion de recursos forestales, ademas de controlar y supervisar su cumplimiento o ejecucion; En uso de las facultades otorgadas mediante el inciso j) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la "Propuesta Tecnica" presentada por la Comunidad MORDAZA Ese'Eja de Infierno. Articulo 2º.- Otorgar una concesion para ecoturismo a favor de la Comunidad MORDAZA Ese'Eja de Infierno, bajo

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