Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2006 (14/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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326254

NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 14 de agosto de 2006

publicas y la promocion de la lectura en sectores vulnerables de la Region Ica, a fin de coadyuvar de esa manera en el desarrollo de capacidades de los ciudadanos y en consecuencia al desarrollo social y economico del pais. En el MORDAZA del objeto general del presente Convenio, MORDAZA partes realizaran actividades orientadas a su cumplimiento para lo cual previamente se suscribiran convenios especificos. CLAUSULA CUARTA: OBJETO ESPECIFICO DEL CONVENIO Constituye el objeto especifico del presente Convenio impulsar el desarrollo de las bibliotecas y unidades de informacion a traves de la conformacion de un Centro Coordinador Regional del Sistema Nacional de Bibliotecas en la Region Ica, sobre la base de la Biblioteca Publica Municipal, para la Implementacion del Catalogo Unido Nacional del Sistema Nacional de Bibliotecas asi como la capacitacion a los bibliotecarios. Este Centro Coordinador se constituira un organo de enlace y apoyo tecnico entre el Sistema Nacional de Bibliotecas y las Bibliotecas y Unidades de Informacion de la Region Ica. CLAUSULA QUINTA: COMPROMISO DE LAS PARTES En el MORDAZA del objeto especifico del presente Convenio, la Biblioteca Nacional del Peru designa a la Biblioteca Publica Municipal "Jose de San Martin" del Gobierno Local Provincial de ICA como Centro Coordinador Regional del Sistema Nacional de Bibliotecas en la Region Ica, comprometiendose LA BIBLIOTECA a realizar las siguientes actividades: - Implementacion del Catalogo Unido Automatizado y actualizacion permanente. - Capacitacion continua del personal bibliotecario a traves de Cursos de la Especialidad. - Proporcionar Manuales de Capacitacion al Centro Coordinador Regional. - Asesoramiento Tecnico, Bibliotecario y Arquitectonico en el caso que se requiera. EL GOBIERNO LOCAL se compromete a su vez a asumir el liderazgo en el desarrollo de las bibliotecas y unidades de informacion de la Region Ica y coordinara las acciones pertinentes, en concordancia con las politicas nacionales que fije la Biblioteca Nacional como ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, comprometiendose a realizar las siguientes actividades: - Velar para que la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincial cumpla permanentemente con los requisitos de su calificacion como Centro Coordinador Regional de acuerdo con los lineamientos que proporcione la Direccion Tecnica el Sistema Nacional de Bibliotecas. - Organizar actividades destinadas a articular las bibliotecas publicas, escolares, universitarias y especializadas de la Region Ica. - Participar con sus maximas autoridades en las reuniones que la Direccion Tecnica del Sistema Nacional de Bibliotecas convoque anualmente para la planificacion de las politicas de desarrollo bibliotecario y acceso al conocimiento. - Efectuar las coordinaciones o gestiones que corresponda ante el Gobierno Regional de Ica. El personal a cargo de la Biblioteca Publica Municipal que adquiere el rango de Centro Coordinador Regional en merito del presente Convenio, depende administrativamente del GOBIERNO LOCAL y cumplira con los lineamientos y normas tecnicas que emanen de la Direccion Tecnica del Sistema Nacional de Bibliotecas.

CLAUSULA SEXTA: COORDINACIONES.EL GOBIERNO LOCAL designara a un responsable, ademas del Jefe de la Biblioteca Municipal, de las coordinaciones internas y externas que deban realizarse en cumplimiento del presente Convenio. CLAUSULA SEPTIMA: COSTOS.Cada una de las partes, asumira los costos que se deriven del cumplimiento de los compromisos a su cargo senalados en el presente Convenio MORDAZA, asi como de los Convenios Especificos que hubieren, previa disponibilidad presupuestaria y de recursos, que cada entidad se responsabilizara de gestionar de manera independiente. CLAUSULA OCTAVA: DE LA DURACION DEL CONVENIO.Este Convenio tendra una vigencia de tres (3) anos contados a partir de la fecha de su suscripcion, y podra ser prorrogado previo acuerdo de las partes. Las partes acuerdan concederse mutuamente la facultad de poner termino al presente Convenio en cualquier momento, con la unica exigencia de comunicar a la otra parte el ejercicio de dicha facultad, mediante documento de fecha cierta y con una anticipacion no menor de dos meses. Para el caso de conclusion anticipada del presente convenio, MORDAZA partes tomaran las medidas necesarias para evitarse reciprocamente o a terceros, cualquier clase de perjuicios. En senal de conformidad con el contenido de las Clausulas precedentes, las partes proceden a suscribirlo en dos ejemplares identicos, en la MORDAZA de Ica, el 25 de MORDAZA de 2006. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gobierno Local Provincial de Ica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional Biblioteca Nacional del Peru 00955-1

CONSUCODE
Relacion de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de MORDAZA de 2006
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 322-2006-CONSUCODE/PRE MORDAZA MORDAZA, 7 de agosto de 2006 VISTO: El Memorando Nº 590-2006-GR del Gerente del Registro, referido a la publicacion del Listado de Inhabilitados para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en adelante la Ley, se

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