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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (14/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 14 de agosto de 2006 326259REPUBLICADELPERU a) Copia simple del certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores emitido porCONSUCODE; b) Declaración Jurada conforme a lo establecido en el artículo 76 del Reglamento de la Ley; c) Declaración Jurada de ser micro o pequeña empresa, de ser el caso; d) Promesa de consorcio, de ser el caso;e) Declaración jurada señalando que el bien ofrecido ha sido o va a ser elaborado en territorio nacional, deacuerdo a la Ley de Promoción del Desarrollo ProductivoNacional y normas complementarias, de ser el caso. La presentación de este documento deberá ser conocida en todo momento por los asistentes durante el actopúblico; f) Copia de aquellos documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Entidadconvocante por tener estricta relación con la habilitación de un postor para cumplir con el objeto de la adquisición; g) En el caso de personas jurídicas, deberá presentar copia de la inscripción en Registros Públicos en dondeconste que su objeto social tiene relación con el bienobjeto de convocatoria. La oferta económica se presentará en sobre cerrado, debiendo indicarse el precio ofertado en función al valorreferencial unitario establecido en las Bases, y deberáexpresarse hasta con dos (2) decimales. La ofertaeconómica deberá incluir todos los conceptos a que serefiere el quinto párrafo del artículo 120º del Reglamento de la Ley. En caso de procesos de selección según relación de ítems, los postores deberán presentar por cada ítem elsobre que contenga la oferta económica. Las propuestas se presentarán en hojas simples y se redactarán por medios mecánicos o electrónicos o por manuscrito, debiendo llevar siempre el sello y la rúbrica del postor. Bajo esta modalidad de selección no es posible que un postor presente propuestas alternativas o más deuna propuesta para un mismo ítem o proceso deselección. Artículo 21º.- Apertura de propuestas Una vez presentadas las propuestas, el Presidente del Comité Especial abrirá los sobres de habilitación decada uno de los postores, para verificar la presentaciónde la totalidad de la documentación exigida en las Bases. En caso se omita la presentación de alguno de ellos se procederá a la descalificación. Acto seguido, el Presidente del Comité Especial abrirá cada uno de los sobres que contienen las propuestaseconómicas de los postores habilitados, anunciando losmontos ofertados y el secretario los anotará en la pantalla, a través de un sistema informático, o directamente en la pizarra, ordenándolos de menor a mayor y garantizandola perfecta visualización y seguimiento por parte de losasistentes. Las propuestas económicas que superen en más del diez por ciento (10%) el valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial, teniéndose por no presentadas. En esta modalidad de selección no se aplican losmárgenes mínimos establecidos en el artículo 33 de laLey. En los procesos de selección según relación de ítems, la apertura de los sobres que contienen las propuestas económicas y el procedimiento previsto en los artículos 22, 23 y 24 del presente Reglamento se realizará ítempor ítem de manera sucesiva. El notario público o Juez de Paz deberá verificar dichas actuaciones y hacer las anotaciones correspondientesen el acta respectiva. Artículo 22º.- Clasificación de propuestas De acuerdo con lo establecido en el artículo 183º del Reglamento de la Ley, solamente pasarán al período depuja el postor que haya ofrecido el menor precio y aquelloscuyas propuestas no lo hayan superado en más del diez por ciento (10%), salvo que, una vez realizado dicho corte, no hubieran pasado al período de puja tres o máspostores, incluido el mejor, en cuyo caso se seleccionará a los que hubieran ofrecido los tres mejores precios,cualesquiera que sean los montos ofrecidos. En elsupuesto que sólo dos postores cuenten con propuestasválidas, el período de puja se efectuará con laparticipación de estos dos postores. En caso que dos o más postores hubieran ofrecido el mismo precio, todos ellos tendrán las mismasposibilidades de pasar al período de puja; sin embargo,deberá realizarse un sorteo entre ellos para establecerel orden requerido en el artículo siguiente. Artículo 23º.- Período de Puja Solamente los postores que hubieran sido clasificados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22º, podránparticipar en el período de puja, ya sea realizando lancesverbales o lances por medios electrónicos, según hayasido establecido por la Entidad en la convocatoria, debiendo contemplar necesariamente, al momento de efectuar los lances, el valor monetario fijado como decremento mínimo, aplicado al monto más bajo ofrecido hasta dicho momento. Durante el período de puja, los postores pueden realizar las coordinaciones internas que considerenpertinentes, ya sea por vía telefónica u otros medios análogos disponibles, con la finalidad de hacer propuestas serias y reales. Sin embargo, considerando que se hallanen plena competencia, cualquier comunicación ocoordinación entre ellos que sea detectada por el Comitéespecial y el notario público o Juez de Paz, seráconsiderada como un acto de concertación prohibido por la Ley, y ocasionará la descalificación inmediata de los postores implicados. La realización de los lances se sujeta a lo siguiente: a) Puja con lances verbales: El Presidente del Comité Especial invitará al postor que haya presentado la propuesta de menor precio adar inicio a la puja realizando lances verbales, y luego alos demás postores en el orden de prelación que hayanocupado en la clasificación de propuestas, siguiendo lasecuencia de menor a mayor precio. Un postor será excluido de la puja cuando, al ser requerido para realizar un lance verbal, manifieste expresamente sudesistimiento. Cuando un postor sea requerido para realizar un lance verbal, contará con no más de tres minutos para dar unarespuesta; de lo contrario, se le tendrá por desistido. El comité especial proveerá de un sistema de control de tiempo que sea visible para todos los participantes. El período de puja mediante lances verbales culmina cuando se ha identificado el precio más bajo, luego deque todos los demás postores que participaron en dichoperíodo hayan desistido de seguir presentando nuevas propuestas. b) Puja con lances por medios electrónicos:Antes de dar inicio al período de puja, el Presidente del Comité Especial entregará a cada uno de los postores clasificados un sobre conteniendo sus respectivas claves de acceso al sistema informático de lances pormedios electrónicos y les asignará un Terminal PC. Elsistema identificará a los postores de bienes de origennacional y registrará el desarrollo de la puja, debiendoemitir un reporte sobre todos los lances realizados durante la misma. Durante el período de puja, los postores clasificados pueden realizar propuestas de precioslas veces que crean conveniente. Para ser aceptada,cada postura tiene que ser igual o menor a ladiferencia, entre la postura líder en ese momento y el decremento mínimo. La Entidad proporcionará todas las facilidades de asistencia a los postores participantes y pondrá adisposición de ellos un aplicativo que permita ejecutarposturas o pujas, siguiendo las directrices contenidasen el Anexo I del presente Reglamento. La Entidad convocante es responsable de la idoneidad o adecuación del programa a las citadas directrices. Directamente o